DECRETO 89 2018
Síntesis:
SE ENCOMIENDA REALIZACIÓN DE TRÁMITE - GUSTAVO ARENGO PIRAGINE - INSCRIPCIÓN - REGISTRO DE IMPORTADORES Y EXPORTADORES - DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANA - DIRECTOR GENERAL DE TESORERÍA - COMPRA DE INSUMOS - EQUIPAMIENTOS - ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL GOBIERNO - IMPORTACIÓN DE PRODUCTOS - IMPORTADOS - LEY 22.415 - SISTEMA REGISTRAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - AFIP - FACULTADES
Publicación:
04/04/2018
Sanción:
28/03/2018
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley Nacional N° 22.415, la Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley 5.666), el
Decreto N° 363/15 y modificatorios, el Decreto N° 128/17, y el Expediente Electrónico
2018-9.095.514-MGEYA-DGTES, y
CONSIDERANDO:
Que a los efectos de alcanzar el óptimo desarrollo de los proyectos y políticas de
estado, es propósito de esta Administración contar con insumos, materiales y equipos
que cumplan con los más altos estándares de calidad y tecnología, privilegiando a la
industria nacional para la adquisición de los mismos;
Que siguiendo tales lineamientos, distintas Áreas de Gobierno se han visto en la
necesidad de comprar en el exterior diversos insumos y/o equipamientos que no
pudieron ser provistos por el mercado local;
Que por razones de eficiencia administrativa y habida cuenta de la importante
reducción que esto trae aparejada en los costos de importación, resulta conveniente
para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, proceder a importar por sí
tales artículos;
Que el artículo 92 de la Ley Nacional N° 22.415 establece que los importadores y los
exportadores para solicitar destinaciones aduaneras deben inscribirse en el Registro
de Importadores y Exportadores;
Que por tal motivo, resulta conveniente proceder a la inscripción del GCBA en los
registros pertinentes;
Que el artículo 94 de la Ley precitada establece los requisitos para la inscripción en el
Registro de Importadores y Exportadores cuando se tratare de personas humanas o
de existencia ideal;
Que el artículo 107 establece que las dependencias de la administración pública
nacional, provincial o municipal, los entes autárquicos o descentralizados, inclusive las
sociedades del Estado y las empresas del Estado, están exentas del cumplimiento de
los requisitos indicados en el artículo 94 y, a los efectos de su inscripción, deberán
constituir domicilio especial y designar el o los despachantes de aduana que actuarán
en su representación ante el servicio aduanero;
Que es requisito para efectuar dicho trámite, acceder al Sistema Registral de la
Administración Federal de Ingresos Públicos a través de la correspondiente Clave
Fiscal;
Que por el Decreto N° 128/17 se procedió a designar al actual Director General de
Tesorería, Contador Gustavo Arengo Piragine, DNI 33.855.180; CUIL 20-33855180-1,
como Administrador de Relaciones de la Clave Fiscal del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo prescripto en el artículo 2° de la
Resolución General 3713/15 de la Administración Federal de Ingresos Públicos;
Que conforme lo expuesto, corresponde el dictado de la norma legal pertinente que
instruya al Director General de Tesorería a realizar las gestiones para llevar a cabo tal
inscripción;
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104, inciso 9),
de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Artículo 1°.- Encomiéndase al Director General de Tesorería, Contador Gustavo
Arengo Piragine, DNI 33.855.180; CUIL 20-33855180-1, la realización del trámite para
la inscripción del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el Registro de
Importadores y Exportadores de la Dirección General de Aduanas, quedando este
facultado para suscribir todos los formularios, notas, solicitudes y demás documentos
que sean necesarios para tal cometido.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y por
el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de
Hacienda y a la Dirección General de Compras y Contrataciones y, para su
cumplimiento, remítase a la Dirección General de Tesorería. Cumplido, archívese.
RODRÍGUEZ LARRETA Mura - Miguel