DECRETO 89 2018

Síntesis:

SE ENCOMIENDA REALIZACIÓN DE TRÁMITE - GUSTAVO ARENGO PIRAGINE - INSCRIPCIÓN - REGISTRO DE IMPORTADORES Y EXPORTADORES - DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANA - DIRECTOR GENERAL DE TESORERÍA - COMPRA DE INSUMOS - EQUIPAMIENTOS - ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL GOBIERNO - IMPORTACIÓN DE PRODUCTOS - IMPORTADOS - LEY 22.415 - SISTEMA REGISTRAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - AFIP - FACULTADES

Publicación:

04/04/2018

Sanción:

28/03/2018

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

La Ley Nacional N° 22.415, la Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley 5.666), el

Decreto N° 363/15 y modificatorios, el Decreto N° 128/17, y el Expediente Electrónico

2018-9.095.514-MGEYA-DGTES, y

CONSIDERANDO:

Que a los efectos de alcanzar el óptimo desarrollo de los proyectos y políticas de

estado, es propósito de esta Administración contar con insumos, materiales y equipos

que cumplan con los más altos estándares de calidad y tecnología, privilegiando a la

industria nacional para la adquisición de los mismos;

Que siguiendo tales lineamientos, distintas Áreas de Gobierno se han visto en la

necesidad de comprar en el exterior diversos insumos y/o equipamientos que no

pudieron ser provistos por el mercado local;

Que por razones de eficiencia administrativa y habida cuenta de la importante

reducción que esto trae aparejada en los costos de importación, resulta conveniente

para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, proceder a importar por sí

tales artículos;

Que el artículo 92 de la Ley Nacional N° 22.415 establece que los importadores y los

exportadores para solicitar destinaciones aduaneras deben inscribirse en el Registro

de Importadores y Exportadores;

Que por tal motivo, resulta conveniente proceder a la inscripción del GCBA en los

registros pertinentes;

Que el artículo 94 de la Ley precitada establece los requisitos para la inscripción en el

Registro de Importadores y Exportadores cuando se tratare de personas humanas o

de existencia ideal;

Que el artículo 107 establece que las dependencias de la administración pública

nacional, provincial o municipal, los entes autárquicos o descentralizados, inclusive las

sociedades del Estado y las empresas del Estado, están exentas del cumplimiento de

los requisitos indicados en el artículo 94 y, a los efectos de su inscripción, deberán

constituir domicilio especial y designar el o los despachantes de aduana que actuarán

en su representación ante el servicio aduanero;

Que es requisito para efectuar dicho trámite, acceder al Sistema Registral de la

Administración Federal de Ingresos Públicos a través de la correspondiente Clave

Fiscal;

Que por el Decreto N° 128/17 se procedió a designar al actual Director General de

Tesorería, Contador Gustavo Arengo Piragine, DNI 33.855.180; CUIL 20-33855180-1,

como Administrador de Relaciones de la Clave Fiscal del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo prescripto en el artículo 2° de la

Resolución General 3713/15 de la Administración Federal de Ingresos Públicos;

Que conforme lo expuesto, corresponde el dictado de la norma legal pertinente que

instruya al Director General de Tesorería a realizar las gestiones para llevar a cabo tal

inscripción;

Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104, inciso 9),

de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Encomiéndase al Director General de Tesorería, Contador Gustavo

Arengo Piragine, DNI 33.855.180; CUIL 20-33855180-1, la realización del trámite para

la inscripción del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el Registro de

Importadores y Exportadores de la Dirección General de Aduanas, quedando este

facultado para suscribir todos los formularios, notas, solicitudes y demás documentos

que sean necesarios para tal cometido.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y por

el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de

Hacienda y a la Dirección General de Compras y Contrataciones y, para su

cumplimiento, remítase a la Dirección General de Tesorería. Cumplido, archívese.

RODRÍGUEZ LARRETA Mura - Miguel

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 del Decreto 89-18 encomienda al Director General de Tesorería, Contador Gustavo Arengo Piragine, quien por Art. 3 del Decreto Nº 128/17 fuera designado Administrador de Relaciones de la Clave Fiscal del GCABA, la realización del trámite para la inscripción del Gobierno en el Registro de Importadores y Exportadores de la Dirección General de Aduanas.</p>