RESOLUCIÓN 230 1998 SUBSECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTE
Síntesis:
MODIFICA LOS TÉRMINOS DEL DECRETO ORDENANZA 10.407 - ARTERIAS CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACION - CALLES - HUMBERTO I - DESDE AV. ING. HUERGO HASTA AV. ALICIA MOREAU DE JUSTO - CALLES - MANO ÚNICA
Publicación:
30/04/1998
Sanción:
06/04/1998
Organismo:
SUBSECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTE
Visto la Nota N° 864-DGGTT-98 por la cual se propicia la asignación de mano única a la continuación de la calle Humberto I, desde la Av. Ing. Huergo hasta la Av. Alicia Moreau de Justo, y
CONSIDERANDO:
Que la Corporación Antiguo Puerto Madero S.A. procedió a la apertura de la calzada de la continuación de la calle Humberto I, entre las Avdas. Ing. Huergo y Alicia Moreau de Justo;
Que se encontraba prevista la instalación de semáforos en la intersección dentro de la Tercera Etapa del Plan 100-97 de Señalización Luminosa;
Que al habilitarse el tránsito la calzada de la nueva arteria, sin asignarle mano única, o asignándosela de Este a Oeste, se crearían movimientos nuevos no previstos en el señalamiento luminoso instalado, como así también nuevos factores de conflicto en la intersección;
Que por el contrario la medida propuesta neutraliza la situación en la intersección, no obstante la apertura de la calzada efectuada;
Que la medida tiene carácter provisorio, hasta tanto se materialice la construcción de una dársena que permita el giro a la izquierda en Av. Ing. Huergo al tránsito proveniente del Sur hacia Carlos Calvo hacia el Oeste;
Por ello,
Artículo 1°- Modifícanse, con carácter experimental, los términos del Decreto Ordenanza N° 10.407 (B.M. N° 8.174), texto ordenado de las arterias con sentido único de circulación, asignándose mano única a la virtual prolongación de Humberto I, desde Av. Ing. Huergo hasta Av. Alicia Moreau de Justo, de Oeste a Este.
Art. 2°- La presente medida entrará en vigencia efectiva una vez instalado el señalamiento ilustrativo correspondiente, juntamente con la habilitación deí señalamiento luminoso en la intersección de Av. Ing. Huergo y Humberto I con un giro a la izquierda desde la primera hacia la segunda de las arterias nombradas en dirección a Av. Paseo Colón.
Art. 3°- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciuadad de Buenos Aires, comuníquese a la Policía Federal Argentina y a la Corporación Antiguo Puerto Madero S.A., y para su conocimiento y demás efectos pase a las Direcciones Generales de Vialidad y de Obras Públicas, y a la Dirección de Señalización Luminosa. Cumplido, archívese.