DECRETO 130 2018
Síntesis:
APRUEBA PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES - ANEXOS - LICITACIÓN PÚBLICA - RÉGIMEN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS - SERVICIO DE PROVISIÓN INTEGRAL DE LOS EQUIPAMIENTOS TEMPORARIOS Y SUS COMPLEMENTOS EN ESPACIOS FÍSICOS - JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018 - DELEGA FACULTADES - ORGANISMO FUERA DE NIVEL UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES - PLIEGOS GRATUITOS - EJERCICIO 2018 - PRESUPUESTO
Publicación:
09/05/2018
Sanción:
08/05/2018
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.666), los Decretos Nros. 326/17,
29/18 y 95/18, las Resoluciones Nros. 9-UPEJOL/18, 18-UPEJOL/18, 21-UPEJOL/18,
26-UPEJOL/18, 43-UPEJOL/18, 50-UPEJOL/18 y 67-UPEJOL/18, el Expediente
Electrónico N° 12.736.202/MGEYA-DGCYC/2018 y los Expedientes Nros.
9.517.385/MGEYA-UPEJOL/2018 y 29.358.390/MGEYA-UPEJOL/2018 asociados al
primero, y
CONSIDERANDO:
Que por los Decretos Nros 29/18 y 95/18 se aprobaron los Pliegos de Bases y
Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas para la contratación del
"Servicio de provisión integral de los equipamientos temporarios y sus complementos
en espacios físicos destinados a los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires
2018";
Que, en dichos Decretos se delegó en el titular de la Unidad de Proyectos Especiales
"Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018" la facultad de efectuar el
llamado, emitir circulares, modificar la fecha fijada para el acto de apertura de ofertas,
designar la Comisión de Evaluación de Ofertas, aprobar el procedimiento, y adjudicar
la licitación, incluyendo la ampliación del total adjudicado, la prórroga del plazo de
duración, sus redeterminaciones, y la rescisión del contrato suscripto, en caso de
corresponder, de conformidad con la normativa aplicable;
Que por Resoluciones Nros. 9-UPEJOL/18 y 50-UPEJOL/18 el titular del Organismo
citado llamó a Licitación Pública Nros. 9982-1837-LPU17 y 9982-0479-LPU18,
respectivamente, al amparo de lo establecido en la Ley N.° 2.095 y el Decreto
Reglamentario N.° 326/17, para la contratación del "Servicio de provisión integral de
los equipamientos temporarios y sus complementos en espacios físicos destinados a
los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018", y fijó las fechas de apertura
de ofertas;
Que dichas Licitaciones Públicas fueron dejadas sin efecto por las Resoluciones Nros.
43-UPEJOL/18 y 67-UPEJOL/18;
Que la Unidad de Proyectos Especiales "Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos
Aires 2018", redefinió nuevamente los Pliegos de Especificaciones Técnicas y el
presupuesto estimado para los renglones licitados, en función del resultado de los
procedimientos de selección;
Que los citados pliegos se encuentran en un todo acorde con los lineamientos
reseñados por el Comité Organizador de los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos
Aires 2018, del cual el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es parte,
para la contratación del "Servicio de provisión integral de los equipamientos
temporarios y sus complementos en espacios físicos destinados a los Juegos
Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018";
Que, en consecuencia, dicha contratación es objeto de la Licitación Pública 157
/SIGAF/2018 que tramita por el Expediente Electrónico N° 12.736.202/MGEYA-
DGCYC/2018;
Que el presupuesto oficial asciende a la suma de PESOS QUINIENTOS NOVENTA
MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 590.500.000.-);
Que el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales ha sido aprobado por
Disposición N.° 1274-DGCYC/17 por la Directora General de Compras y
Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo con las facultades
otorgadas por el Artículo N° 18, Inciso j) y Artículo N° 87 de la Ley N° 2.095;
Que las Direcciones Generales Redeterminación de Precios y Compras y
Contrataciones dependientes del entonces Ministerio de Hacienda, actual Ministerio de
Economía y Finanzas han tomado la intervención de sus competencias en el marco
del primer llamado a Licitación Pública que fuera dejada sin efecto y el área
propiciante ha puesto de relieve que los elementos que imponen la intervención de
aquéllas no han variado en los pliegos que ahora propone, por lo que no resultan
necesarias sus nuevas intervenciones;
Que ha tomado intervención la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires en
el marco de la Ley N.° 1.218.
Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Anexo II del Decreto
Reglamentario N° 326/17,
Artículo 1°.- Apruébanse los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y sus
Anexos (PLIEG-2018-12868637-UCCUPEJOL y PLIEG-2018-12856919-
UCCUPEJOL) y de Especificaciones Técnicas y sus Anexos (PLIEG-2018-12852795-
UCCUPEJOL, PLIEG-2018-12853231-UCCUPEJOL, PLIEG-2018-12853638-
UCCUPEJOL, PLIEG-2018-12854828-UCCUPEJOL, PLIEG-2018-12855859-
UCCUPEJOL, PLIEG-2018-12856000-UCCUPEJOL, PLIEG-2018-12856107-
UCCUPEJOL y PLIEG-2018-12856231-UCCUPEJOL) para la contratación del
"Servicio de provisión integral de los equipamientos temporarios y sus complementos
en espacios físicos destinados a los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires
2018", por un monto estimado de PESOS QUINIENTOS NOVENTA MILLONES
QUINIENTOS MIL ($ 590.500.000-).
Artículo 2°.- Delegase en el titular del Organismo fuera de Nivel Unidad de Proyectos
Especiales "Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018" la facultad de
efectuar el llamado, emitir circulares aclaratorias, modificar la fecha fijada para el acto
de apertura de ofertas, designar la Comisión de Evaluación de Ofertas, aprobar el
procedimiento, y adjudicar la licitación, incluyendo la ampliación del total adjudicado, la
prórroga del plazo de duración, sus redeterminaciones, y la rescisión de los contratos
suscriptos, en caso de corresponder, de conformidad con la normativa aplicable.
Artículo 3°.- Establécese que el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, y los
pliegos de Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y sus Anexos son
gratuitos.
Artículo 4°. - La erogación que demande la presente gestión cuenta con imputación
presupuestaria en la partida correspondiente con cargo sobre el Ejercicio
Presupuestario 2018.
Artículo 5°. - El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de
Ministros.
Artículo 6°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en la
Página de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Remítase a la Unidad de Proyectos
Especiales Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018 para la prosecución
del trámite licitatorio. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Miguel