DECRETO 130 2018

Síntesis:

APRUEBA PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES - ANEXOS - LICITACIÓN PÚBLICA - RÉGIMEN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS - SERVICIO DE PROVISIÓN INTEGRAL DE LOS EQUIPAMIENTOS TEMPORARIOS Y SUS COMPLEMENTOS EN ESPACIOS FÍSICOS - JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018 - DELEGA FACULTADES - ORGANISMO FUERA DE NIVEL UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES - PLIEGOS GRATUITOS - EJERCICIO 2018 - PRESUPUESTO 

Publicación:

09/05/2018

Sanción:

08/05/2018

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

La Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.666), los Decretos Nros. 326/17,

29/18 y 95/18, las Resoluciones Nros. 9-UPEJOL/18, 18-UPEJOL/18, 21-UPEJOL/18,

26-UPEJOL/18, 43-UPEJOL/18, 50-UPEJOL/18 y 67-UPEJOL/18, el Expediente

Electrónico N° 12.736.202/MGEYA-DGCYC/2018 y los Expedientes Nros.

9.517.385/MGEYA-UPEJOL/2018 y 29.358.390/MGEYA-UPEJOL/2018 asociados al

primero, y

CONSIDERANDO:

Que por los Decretos Nros 29/18 y 95/18 se aprobaron los Pliegos de Bases y

Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas para la contratación del

"Servicio de provisión integral de los equipamientos temporarios y sus complementos

en espacios físicos destinados a los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires

2018";

Que, en dichos Decretos se delegó en el titular de la Unidad de Proyectos Especiales

"Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018" la facultad de efectuar el

llamado, emitir circulares, modificar la fecha fijada para el acto de apertura de ofertas,

designar la Comisión de Evaluación de Ofertas, aprobar el procedimiento, y adjudicar

la licitación, incluyendo la ampliación del total adjudicado, la prórroga del plazo de

duración, sus redeterminaciones, y la rescisión del contrato suscripto, en caso de

corresponder, de conformidad con la normativa aplicable;

Que por Resoluciones Nros. 9-UPEJOL/18 y 50-UPEJOL/18 el titular del Organismo

citado llamó a Licitación Pública Nros. 9982-1837-LPU17 y 9982-0479-LPU18,

respectivamente, al amparo de lo establecido en la Ley N.° 2.095 y el Decreto

Reglamentario N.° 326/17, para la contratación del "Servicio de provisión integral de

los equipamientos temporarios y sus complementos en espacios físicos destinados a

los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018", y fijó las fechas de apertura

de ofertas;

Que dichas Licitaciones Públicas fueron dejadas sin efecto por las Resoluciones Nros.

43-UPEJOL/18 y 67-UPEJOL/18;

Que la Unidad de Proyectos Especiales "Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos

Aires 2018", redefinió nuevamente los Pliegos de Especificaciones Técnicas y el

presupuesto estimado para los renglones licitados, en función del resultado de los

procedimientos de selección;

Que los citados pliegos se encuentran en un todo acorde con los lineamientos

reseñados por el Comité Organizador de los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos

Aires 2018, del cual el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es parte,

para la contratación del "Servicio de provisión integral de los equipamientos

temporarios y sus complementos en espacios físicos destinados a los Juegos

Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018";

Que, en consecuencia, dicha contratación es objeto de la Licitación Pública 157

/SIGAF/2018 que tramita por el Expediente Electrónico N° 12.736.202/MGEYA-

DGCYC/2018;

Que el presupuesto oficial asciende a la suma de PESOS QUINIENTOS NOVENTA

MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 590.500.000.-);

Que el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales ha sido aprobado por

Disposición N.° 1274-DGCYC/17 por la Directora General de Compras y

Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo con las facultades

otorgadas por el Artículo N° 18, Inciso j) y Artículo N° 87 de la Ley N° 2.095;

Que las Direcciones Generales Redeterminación de Precios y Compras y

Contrataciones dependientes del entonces Ministerio de Hacienda, actual Ministerio de

Economía y Finanzas han tomado la intervención de sus competencias en el marco

del primer llamado a Licitación Pública que fuera dejada sin efecto y el área

propiciante ha puesto de relieve que los elementos que imponen la intervención de

aquéllas no han variado en los pliegos que ahora propone, por lo que no resultan

necesarias sus nuevas intervenciones;

Que ha tomado intervención la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires en

el marco de la Ley N.° 1.218.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Anexo II del Decreto

Reglamentario N° 326/17,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Apruébanse los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y sus

Anexos (PLIEG-2018-12868637-UCCUPEJOL y PLIEG-2018-12856919-

UCCUPEJOL) y de Especificaciones Técnicas y sus Anexos (PLIEG-2018-12852795-

UCCUPEJOL, PLIEG-2018-12853231-UCCUPEJOL, PLIEG-2018-12853638-

UCCUPEJOL, PLIEG-2018-12854828-UCCUPEJOL, PLIEG-2018-12855859-

UCCUPEJOL, PLIEG-2018-12856000-UCCUPEJOL, PLIEG-2018-12856107-

UCCUPEJOL y PLIEG-2018-12856231-UCCUPEJOL) para la contratación del

"Servicio de provisión integral de los equipamientos temporarios y sus complementos

en espacios físicos destinados a los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires

2018", por un monto estimado de PESOS QUINIENTOS NOVENTA MILLONES

QUINIENTOS MIL ($ 590.500.000-).

Artículo 2°.- Delegase en el titular del Organismo fuera de Nivel Unidad de Proyectos

Especiales "Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018" la facultad de

efectuar el llamado, emitir circulares aclaratorias, modificar la fecha fijada para el acto

de apertura de ofertas, designar la Comisión de Evaluación de Ofertas, aprobar el

procedimiento, y adjudicar la licitación, incluyendo la ampliación del total adjudicado, la

prórroga del plazo de duración, sus redeterminaciones, y la rescisión de los contratos

suscriptos, en caso de corresponder, de conformidad con la normativa aplicable.

Artículo 3°.- Establécese que el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, y los

pliegos de Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y sus Anexos son

gratuitos.

Artículo 4°. - La erogación que demande la presente gestión cuenta con imputación

presupuestaria en la partida correspondiente con cargo sobre el Ejercicio

Presupuestario 2018.

Artículo 5°. - El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de

Ministros.

Artículo 6°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en la

Página de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Remítase a la Unidad de Proyectos

Especiales Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018 para la prosecución

del trámite licitatorio. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5369