RESOLUCIÓN 278 2018 SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE

Síntesis:

SE INCLUYE TRAMO DE ARTERIA - CALLES CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - CARÁCTER EXPERIMENTAL - DECRETO-ORDENANZA 10407-47 - PEDRO MORAN  ENTRE LA CALLE JUAN PABLO LÓPEZ Y LA CALLE BENITO JUÁREZ DE SO A NE - PERMITE ESTACIONAMIENTO GENERAL DE VEHÍCULOS - ACERA IZQUIERDA - SUBSECRETARÍA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE

Publicación:

09/05/2018

Sanción:

23/04/2018

Organismo:

SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE


VISTO:

El expediente N°:EX 2018-11532323-DGTYTRA, la Resolución N°

201/SECTRANS/16,y

CONSIDERANDO:

Que por los presentes actuados, se ha estudiado el comportamiento circulatorio de la

calle Pedro Moran, entre la calle Juan Pablo López y la calle Benito;

Que analizada de la cuadrícula circulatoria, que integra la arteria entre la calle Juan

Pablo López y la calle Benito Juárez, se comprobó la necesidad de asignarle sentido

único de circulación de SO a NE, ya que actualmente funciona con doble sentido de

circulación generándose trastornos en la zona;

Que el estacionamiento en el tramo de arteria mencionado, estará permitido junto al

cordón de la acera derecha y junto al cordón de la acera izquierda durante las 24 hs.,

para cubrir la demanda de estacionamiento en la zona;

Que a través de la Resolución citada en el Visto, se delegó en esta Subsecretaria de

Tránsito y Transporte, el ejercicio de la facultad para entender en cuestiones como la

anteriormente expuesta;

Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias;

EL SUBSECRETARIO DE TRANSITO Y TRANSPORTE

RESUELVE.

Articulo 1°. - Inclúyase, con carácter experimental y por el término de 90 días, en las

disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado referido a

las calles con sentido único de circulación, al siguiente tramo de arteria:

-Pedro Moran, entre la calle Juan Pablo López y la calle Benito Juárez de SO a NE.

Artículo 2°. - Permítase, según el sentido de circulación durante las 24 hs., el

estacionamiento general de vehículos junto al cordón de la acera izquierda, de la calle

Pedro Moran, entre la calle Juan Pablo López y la calle Benito Juárez.

Articulo 3°. - La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el

pertinente señalamiento integral (vertical y horizontal) que proyectará la Gerencia

Operativa de Ordenamiento del Tránsito y el Transporte.

Artículo 4° - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, remítase a

la DirecciónGeneral de Tránsito y Transporte para su notificación y comunicación a la

Policía Federal Argentina, Policía de la Ciudad, a las Dirección General Cuerpo de

Agentes de Control del Tránsito y Seguridad Vial y a las Gerencias Operativas de

Ordenamiento del Tránsito y Transporte y de Señalización Vial. Cumplido, remítase a

la Gerencia Operativa de Ordenamiento del Tránsito y Transporte para los fines

propuestos en el artículo anterior. Galuzzi

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 278-SSTYTRA-18, incluye con carácter experimental y por el término de 90 días tramo de arteria, Pedro Moran, entre la calle Juan Pablo López y la calle Benito Juárez de SO a NE., en las disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407-47.</p>