DECRETO 134 2018

Síntesis:

SE DESIGNAN FUNCIONARIOS -  QUATTROMANO ROBERTO ALFREDO - SUBSECRETARIO - SUBSECRETARÍA DE ARTICULACIÓN Y FORTALECIMIENTO DE GESTIÓN - BARIAZARRA MARIA JULIA - DIRECTORA GENERAL - DIRECCIÓN GENERAL ESTRATEGIAS Y FORTALECIMIENTO TERRITORIAL - MINISTERIO DE GOBIERNO

Publicación:

10/05/2018

Sanción:

08/05/2018

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

Las Leyes Nros. 5.460 (texto consolidado por Ley N° 5.666) y 5.960, los Decretos N°

363/15 y modificatorios, el Expediente Electrónico N° 12.520.988/MGEYA-

MGOBGC/18, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 5.460 y su modificatoria 5.960, se sancionó la Ley de Ministerios del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 2° de la citada Ley establece entre los Ministerios del Poder Ejecutivo,

al Ministerio de Gobierno;

Que por el Decreto N° 363/15 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico

funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

hasta el nivel de Dirección General;

Que por el Decreto N° 119/18 se modificó parcialmente el Decreto N° 363/15 y

modificatorios, contemplándose bajo la órbita del Ministerio de Gobierno, a la

Subsecretaría de Articulación y Fortalecimiento de Gestión y las Direcciones

Generales Estrategias y Fortalecimiento Territorial, y Articulación Territorial;

Que en consecuencia, el Ministro de Gobierno propicia las designaciones de las

personas que se indican en el Anexo I del presente, en los cargos y condiciones que

allí se establecen;

Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar la norma legal pertinente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de

la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Desígnase a las personas que se mencionan en el Anexo I (IF-2018-

12968908-MGOBGC), el que a todos sus efectos forma parte integrante del presente,

como funcionarios del Ministerio de Gobierno, en los cargos y condiciones que se

detallan en el mismo.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Gobierno y por

el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese

a los interesados dejando constancia que deberán dar cumplimiento a lo establecido

en el artículo 15 de la Ley N° 4.895 (texto consolidado según Ley N° 5.666),

comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección

General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio

de Economía y Finanzas, y a las Direcciones Generales Proyectos Tecnológicos y

Gestión Documental, y Escribanía General dependientes de la Secretaría Legal y

Técnica, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Gobierno.

Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Screnci Silva - Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5370