RESOLUCIÓN 304 2018 SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE
Síntesis:
SE INCLUYE TRAMO DE ARTERIA - TEXTO ORDENADO DE CALLES CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - ARIAS - POSTA - CORREA - PICO - DEHEZA - RAMALLO - WASHINGTON - RÓMULO NOAN - ESTOMBA - BARRIO DE SAAVEDRA - SUBSECRETARIA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE - ESTACIONAMIENTO GENERAL DE VEHÍCULOS JUNTO A LA ACERA IZQUIERDA
Publicación:
10/05/2018
Sanción:
27/04/2018
Organismo:
SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE
VISTO:
El expediente N° EX-2018-12209762- -MGEYA-DGTYTRA y la Resolución N°
201/SECTRANS/16, y
CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados, se ha estudiado el comportamiento circulatorio de la
calle Arias, entre la calle Melian y la calle Posta y otras, del Barrio de Saavedra;
Que analizada de la cuadrícula circulatoria, que integran las calles de la zona, se
comprobó la necesidad de asignarles sentido único de circulación, a los siguientes
tramos de arterias, ya que actualmente funciona con doble sentido de circulación
generándose trastornos en la zona integrada por los siguientes tramos: Arias, desde la
calle Melian hasta la calle Posta de NE a SO; Posta, desde la calle Pico hasta la calle
Correa de NO a SE; Correa, desde la calle Plaza hasta la calle Melian de SO a NE;
Pico, desde la calle Plaza hasta la calle Posta de SO a NE; Deheza, desde la calle
Posta hasta la calle Plaza de NE a SO; Ramallo, desde la calle Posta hasta la calle
Plaza de NE a SO; Washington, desde la calle Correa hasta la calle Ruiz Huidobro de
NO a SE; Rómulo Naon, desde la calle Ruiz Huidobro hasta la calle Correa de SE a
NO; y Estomba, desde la calle Correa hasta la calle Ruiz Huidobro de NO a SE;
Que el estacionamiento, estará permitido junto al cordón de la acera derecha y junto al
cordón de la acera izquierda durante las 24 hs. En los siguientes tramos de arterias,
para cubrir la demanda de estacionamiento en las siguientes zonas: Arias, desde la
calle Melian hasta la calle Posta; Posta, desde la calle Arias hasta la calle Correa;
Correa, desde la calle Plaza hasta la calle Melian; Pico, desde la calle Plaza hasta la
calle Posta; Deheza, desde la calle Posta hasta la calle Plaza; Ramallo, desde la calle
Posta hasta la calle Plaza; Washington, desde la calle Correa hasta la calle Ruiz
Huidobro; Rómulo Naon, desde la calle Ruiz Huidobro hasta la calle Correa; Estomba,
desde la calle Correa hasta la calle Ruiz Huidobro;
Que a través de la Resolución citada en el Visto, se delegó a esta Subsecretaria de
Tránsito y Transporte el ejercicio de la facultad para entender en cuestiones relativas
con la anteriormente expuesta;
Por ello, y en virtud de las facultades delegadas por la Resolución N.°
201/SECTRANS/16,
Artículo 1°.- Inclúyese, con carácter experimental y por el término de 90 días, en las
disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado referido a
las calles con sentido único de circulación, al siguiente tramo de arteria:
Arias, desde la calle Melian hasta la calle Posta de NE a SO.
Posta, desde la calle Pico hasta la calle Correa de NO a SE.
Correa, desde la calle Plaza hasta la calle Melian de SO a NE.
Pico, desde la calle Plaza hasta la calle Posta de SO a NE.
Deheza, desde la calle Posta hasta la calle Plaza de NE a SO.
Ramallo, desde la calle Posta hasta la calle Plaza de NE a SO.
Washington, desde la calle Correa hasta la calle Ruiz Huidobro de NO a SE.
Rómulo Naon, desde la calle Ruiz Huidobro hasta la calle Correa de SE a NO.
Estomba, desde la calle Correa hasta la calle Ruiz Huidobro de NO a SE.
Artículo 2°.- Permítase, según el sentido de circulación durante las 24 hs., el
estacionamiento general de vehículos junto al cordón de la acera izquierda, de los
siguientes tramos de arterias:
Arias, desde la calle Melian hasta la calle Posta.
Posta, desde la calle Arias hasta la calle Correa.
Correa, desde la calle Plaza hasta la calle Melian.
Pico, desde la calle Plaza hasta la calle Posta.
Deheza, desde la calle Posta hasta la calle Plaza.
Ramallo, desde la calle Posta hasta la calle Plaza.
Washington, desde la calle Correa hasta la calle Ruiz Huidobro.
Rómulo Naon, desde la calle Ruiz Huidobro hasta la calle Correa.
Estomba, desde la calle Correa hasta la calle Ruiz Huidobro.
Artículo 3°.- La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el
pertinente señalamiento integral (vertical, horizontal y semafórica) que proyectará la
Gerencia Operativa de Ordenamiento del Tránsito y el Transporte.
Artículo 4° - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, remítase a
la Dirección General de Tránsito y Transporte para su notificación y comunicación a la
Policía de la Ciudad, a las Dirección General Cuerpo de Agentes de Control del
Tránsito y Seguridad Vial y a las Gerencias Operativas de Ordenamiento del Tránsito y
Transporte y de Señalamiento Vial. Cumplido, remítase a la Gerencia Operativa de
Ordenamiento del Tránsito y Transporte para los fines propuestos en el artículo
anterior. Galuzzi