RESOLUCIÓN 6 2018 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Síntesis:
SE APRUEBA LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE JEFATURAS - ORGANIGRAMA - DESCRIPCIÓN DE ACCIONES - SUBDIRECCIÓN MÉDICA VETERINARIA - JEFATURA DE DIVISIÓN CUIDADORES ENFERMEROS DE ANIMALES - JEFATURA DE SECCIÓN AMBULATORIOS Y ACCIONES EN TERRENO - LABORATORIOS Y BIOTERIO - SUBSECRETARÍA ATENCIÓN HOSPITALARIA - DIRECCIÓN GENERAL HOSPITALES - INSTITUTO DE ZOONOSIS LUIS PASTEUR - SUBDIRECCIÓN MÉDICA VETERINARIA - MINISTERIO DE SALUD
Publicación:
17/05/2018
Sanción:
14/05/2018
Organismo:
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
VISTO:
Las Leyes Nros. 471, 5.460 (texto consolidado por Ley N° 5.666) y 5.960, los Decretos
Nros. 363/15 y modificatorios y 261/17 y 119/18, las Resoluciones Nros.
723/MMGC/14 y 1464/MHGC/14 y el Expediente Electrónico N° 2018-10641894-
MGEYA-DGAYDRH, y
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley N° 5.460, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que la Ley N° 5.960 sustituye el artículo 2° del Título II de la mencionada Ley N° 5.460
estableciendo que el Jefe de Gabinete de Ministros y nueve (9) Ministros tendrán a su
cargo el despacho de los asuntos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que por Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
estableciéndose las responsabilidades primarias de cada una de las unidades de
organización y se fijaron las remuneraciones de las autoridades superiores del Poder
Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Ley N° 471 establece que el personal de la Administración Pública del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene, entre otros derechos, el de
desarrollar una carrera administrativa, que le posibilite el desarrollo personal y
profesional;
Que por Resolución N° 723/MMGC/14 se aprobó la reglamentación de las Jefaturas
del nuevo Régimen Escalafonario y de Carrera Administrativa, en el marco de las
Actas de Negociación Colectiva N° 17/13 y N° 10/14, instrumentada por Resolución N°
1464/MHGC/14;
Que la citada reglamentación, describe los requisitos de creación y acceso a los
cargos de jefatura destinados al personal de planta permanente del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el decreto N° 261/17 delega en el señor Ministro de Economía y Finanzas en
forma conjunta con el señor Vicejefe de Gobierno o los/as señores/as Ministros/as del
Poder Ejecutivo o la Secretaria Legal y Técnica del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, la facultad de crear y modificar las estructuras organizativas de
jefaturas;
Que, conforme lo expuesto, corresponde aprobar la estructura de jefaturas
dependiente del Instituto de Zoonosis "Luis Pasteur" del Ministerio Salud;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el los artículos 1° y 2° del Decreto
N° 261/17,
Artículo 1°.- Apruébese la estructura organizativa de jefaturas dependiente del Instituto
de Zoonosis "Luis Pasteur" del Ministerio de Salud, de acuerdo con los Anexos I
(Organigrama) (IF-2018-10712259-MSGC) y II (Descripción de Acciones) (IF-2018-
10712229-MSGC), los que a todos sus efectos forman parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 2°.- La Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del
Ministerio de Salud deberá informar, en un plazo de 30 días, a la Subsecretaría de
Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas la asignación
de la dotación de la Jurisdicción a las distintas jefaturas en virtud de lo establecido en
el artículo 1° de la presente Resolución.
Artículo 3°.- El Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar
cumplimiento de la presente Resolución.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones
Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y Desarrollo del Servicio Civil del
Ministerio de Economía y Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos, remítase
al Ministerio Salud. Cumplido archívese. Bou Pérez - Mura