RESOLUCIÓN 74 2018 UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES UPE JUEGOS OLIMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018

Síntesis:

SE APRUEBA - PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO DE GESTIÓN OPERATIVA - MODELO DE NOTAS - AUTORIZACIÓN DE DESPACHO DE MERCADERÍAS - SERVICIO INTEGRAL DE DESPACHO GESTIÓN Y ASESORAMIENTO ADUANERO - INGRESO DE BIENES - DESIGNA AUTORIZADO - UNIDAD ESPECIAL - JUAN MANUEL ARECO - UNIDAD DE CONTROL PATRIMONIAL Y GESTIÓN DE CONTRATOS - JULIO MIGUEL ALVAREZ - UPEJOL - UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES  JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018

Publicación:

17/05/2018

Sanción:

11/05/2018

Organismo:

UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES UPE JUEGOS OLIMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018


"2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"

VISTO:

La Ley N° 5.460 (texto consolidado según Ley N° 5.666), los Decretos N° 66/2014, N°

363/15, 128/AGJ/2017 y N° 94/18, el Decreto PEN 126/2018, la Resolución General

AFIP 3713/15, la Resolución N° 373-E/2017 de la Secretaría General de Presidencia

de la Nación, el Convenio de Colaboración N° 15.447, el Expediente Electrónico N°

24.747.755/UPEJOL/2017, el Expediente Electrónico N° 2018-13401858-

UCPGUPEJOL, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante la suscripción del Contrato de Ciudad Sede, registrado en RL

26125621/AJG /17, el Comité Olímpico Internacional, en adelante el "COI", seleccionó

a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como sede de la tercera edición de verano de

los Juegos Olímpicos de la Juventud, que tendrá lugar entre el 6 y 18 de octubre del

año 2018;

Que, a su vez, el COI asignó la responsabilidad de la planificación, organización,

financiación y celebración del aludido evento al Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y al Comité Olímpico Argentino, en forma conjunta, quienes asumieron el

compromiso de cumplir con la normativa de la Carta Olímpica, el Manual del Evento y

las instrucciones y directivas del Comité Olímpico Internacional;

Que, en función de ello, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires suscribió

con el COA un Convenio de Colaboración, registrado en Escribanía General bajo el N°

15.447, creando al Comité Organizador de los Juegos Olímpicos de la Juventud

Buenos Aires 2018, en adelante el "COJOJ";

Que la celebración de los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018, en

adelante los "JUEGOS", es de interés público en la medida en que se trata de un

evento multideportivo, educativo y cultural internacional de primer nivel para los

jóvenes, dirigido a la promoción de los valores olímpicos amistad, respeto y

excelencia;

Que mediante Resolución N° 373-E/2017 de la Secretaría General de Presidencia de

la Nación, los JUEGOS fueron declarados de Interés Nacional para la República

Argentina;

Que el Decreto N° 66/2014 creó la Unidad de Proyectos Especiales Juegos Olímpicos

de la Juventud Buenos Aires 2018, en adelante "UPEJOL", como organismo fuera de

nivel, que forma parte del COJOJ;

Que, por el Decreto N° 94/18, se modificó la estructura organizativa del Ministerio de

Modernización Innovación y Tecnología y Vicejefatura de Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, en adelante "VJGC", transfiriendo el Organismo Fuera de

Nivel Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos

Aires 2018 a la órbita de la Secretaría de Desarrollo Ciudadano dependiente de la

Vicejefatura de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que entre sus misiones y funciones la UPEJOL tiene la planificación, organización,

financiación y celebración de los JUEGOS, además de aquellas tareas preparatorias y

"2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"

conexas que conlleve, como así también coordinar las relaciones del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires con las entidades públicas y privadas que tengan

intervención en la planificación, organización y celebración de los mismos y con

eventos relacionados;

Que el Poder Ejecutivo Nacional mediante Decreto PEN 126/2018, eximió del pago de

los Derechos de Importación, del Impuesto al Valor Agregado, de los Impuestos

Internos, de Tasas por Servicios de Estadística, por Servicios Portuarios y por

Comprobación de Destino, que gravan la importación para consumo de todos los

artículos de equipamiento deportivo, productos de "merchandising", equipos

tecnológicos, materiales promocionales, mobiliario, credenciales, productos

alimenticios, medicinales y demás elementos destinados a la organización y al

desarrollo de los "Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018" a realizarse en

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, del 6 al 18 de Octubre de 2018, para su

utilización en el mencionado evento;

Que, en el marco del Expediente Electrónico N° 24.747.755/UPEJOL/2017, luego del

respectivo proceso de selección, mediante Disposición DI-2018-UCCUPEJOL, se

adjudicó a la firma SIMEX INTENACIONAL S.A (CUIT: 30-51976446-2) la contratación

del "Servicio de Despacho, Gestión y Asesoramiento Aduanero" con destino a los

Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018;

Que, en esos términos, la empresa seleccionada informó que son dos los

despachantes de aduana a los que se debería autorizar (en el marco del Decreto

128/AGJ/2017, del 11 de abril de 2017 en particular lo dispuesto en su artículo 3° y de

la Resolución General 3713/15 de la AFIP - Administrador de Relaciones), como

usuarios --internos o externos-- para que --en su nombre o en nombre de la persona

jurídica cuya representación legal ejerce-- utilicen y/o interactúen con aquellos

servicios informáticos de esta Administración Federal que específicamente les hayan

sido autorizados."; y así para poder realizar las destinaciones aduaneras y demás

gestiones necesarias para llevar a cabo las operaciones respectivas, a saber: Luis

Chryniewiecki CUIT 20-04129960-7 y Claudio Chryniewiecki CUIT 20-23087032-3;

Que, las autorizaciones y servicios que se deben habilitar respecto a cada uno de los

mencionados, se circunscriben a su autorización como despachantes de

importación/exportación y su autorización a suscribir documentación aduanera;

Que, por razones operativas y de mejor servicio, a los efectos de llevar un adecuado

control sobre la mercadería a ingresar en el marco de las exenciones mencionadas y

sobre el servicio de despachante de aduana contratado, se creó un procedimiento

específico de gestión operativa junto con las notas que serán la certificación que

autorice el despacho de mercaderías en el marco del Decreto PEN 126/2018 y/o el

que en un futuro lo reemplace, modifique o amplíe;

Que, al efecto, se designa al Titular de la Unidad Especial Juegos Olímpicos de la

Juventud Buenos Aires 2018, Sr. Juan Manuel Areco, DNI N° 31.507.878, CUIL N° 20-

31507878-5 y el Titular de la Unidad de Control Patrimonial y Gestión de Contratos de

pendiente de la UPEJOL, Sr. Julio Miguel Álvarez, DNI N° 14.407.403, CUIL N° 20-

14407403 como las personas encargadas de suscribir las notas mencionadas en el

párrafo anterior y para suscribir documentación aduanera;

Que, a través de la Resolución General 3713/15 de la Administración Federal de

Ingresos Públicos, se estableció el procedimiento de registración, autenticación y

autorización de usuarios denominados "Clave Fiscal", aprobando la herramienta

informática denominada "Administrador de Relaciones", que posibilita autorizar a

"2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"

terceros a utilizar y/o interactuar con los servicios informáticos propios del sitio web

institucional;

Que, por Decreto 128/AGJ/2017, se designó a partir del 8 de abril de 2017, al Cdor.

Gustavo Arengo Piragine, DNI 33.855.180; CUIL 20-33855180-1, como Director

General de la Dirección General de Tesorería dependiente de la Subsecretaría de

Gestión y Administración Económica del Ministerio de Hacienda, y en función de dicho

cargo, se lo designó a partir de la misma fecha como Administrador de Relaciones de

la Clave Fiscal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad

con lo prescripto en el artículo 2° de la mencionada Resolución General 3713/15 de la

Administración Federal de Ingresos Públicos;

Que, en ese sentido, resulta necesario solicitar a la Dirección General de Tesorería

dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Administración Económica del Ministerio

de Hacienda, tener a bien gestionar los procedimientos y resoluciones necesarias a

efectos de habilitar los servicios de AFIP del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, CUIT 34-99903208-9, necesarios para la operatoria de comercio

exterior en el marco de los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018 en los

términos señalados en los puntos anteriores de los considerandos y autorizar como

usuarios --internos o externos-- para que en su nombre utilicen y/o interactúen con

aquellos servicios informáticos de esa Administración Federal que específicamente les

hayan sido autorizados, a las personas mencionadas en la presente, para la

correspondiente realización de los despachos de importación/exportación;

Por ello, y en ejercicio de las facultades delegadas por el Artículo 2° del Decreto 95/18,

EL TITULAR DE LA UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES

JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018

RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébese el procedimiento específico de gestión operativa junto con el

modelo de notas para la autorización de despacho de mercaderías en el marco del

Decreto PEN 126/2018 y/o el que en un futuro lo reemplace, modifique o amplíe y/o en

el marco del Servicio Integral de Despacho, Gestión y Asesoramiento Aduanero; para

los bienes que ingresen al país con motivo de la realización de los Juegos Olímpicos

de la Juventud Buenos Aires 2018; que se adjuntan a la presente, como IF-2018-

13489347-UPEJOL Anexo I e IF-2018-13489572-UPEJOL Anexo II, respectivamente.

Artículo 2°.- Desígnese al Titular de la Unidad Especial Juegos Olímpicos de la

Juventud Buenos Aires 2018, Sr. Juan Manuel Areco, DNI N° 31.507.878, CUIL N° 20-

31507878-5 y a al Titular de la Unidad de Control Patrimonial y Gestión de Contratos

dependiente de la UPEJOL, Sr. Julio Miguel Alvarez, DNI N° 14.407.403, CUIL N° 20-

14407403-4, como los únicos autorizados a suscribir las notas señaladas en el artículo

1° y demás documentación aduanera, de forma conjunta o alternativa, indistintamente.

Artículo 3°.- Solicítese a la Dirección General de Tesorería dependiente de la

Subsecretaría de Gestión y Administración Económica del Ministerio de Hacienda,

tener a bien gestionar los procedimientos y resoluciones pertinentes, a efectos de

habilitar los servicios de AFIP del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

CUIT 34-99903208-9, necesarios para la operatoria de comercio exterior en el marco

de los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018 en los términos señalados

en los considerandos, de modo concordante con lo dispuesto en los artículos 1° y 2° y

autorizar como usuarios --internos o externos -- para que en su nombre utilicen y/o

"2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"

interactúen con aquellos servicios informáticos de esa Administración Federal que

específicamente les hayan sido autorizados, con los alcances señalados en los

considerandos, a los señores Luis Chryniewiecki CUIT 20-04129960-7 y Claudio

Chryniewiecki CUIT 20-23087032-3, y conforme a lo estipulado en el artículo 2° del

presente, a Julio Miguel Álvarez, CUIT 20-14407403-4 y Juan Manuel Areco, CUIT 20-

31807878-5, respectivamente.

Artículo 4°.- Notifíquese a la Dirección General de Tesorería dependiente de la

Subsecretaría de Gestión y Administración Económica del Ministerio de Hacienda; a la

Unidad de Control Patrimonial y Gestión de Contratos dependiente de la UPEJOL y a

los señores Luis Chryniewiecki y Claudio Chryniewiecki .Comuníquese. Areco


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5375

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1º de la Resolución 74/UPEJOL/18 aprueba el procedimiento específico de gestión operativa junto con el modelo de notas para la autorización de despacho de mercaderías en el marco del Decreto PEN 126/2018.</p>
INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 74-UPEJOL-18 aprueba el procedimiento específico de gestión operativa junto con el<br />modelo de notas para la autorización de despacho de mercaderías en el marco del Decreto PEN 126-18, para los bienes que ingresen al país con motivo de la realización de los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018, en el marco del Convenio 15447-MJGC-14.</p>