DECRETO 159 2018
Síntesis:
APRUEBA PLIEGOS DE CONDICIONES PARTICULARES Y DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS - LICITACIÓN PÚBLICA - CONTRATACIÓN DE LA OBRA DEMARCACIÓN HORIZONTAL EN CALLES AVENIDAS Y CORDONES DE ACERAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - AUTORIZA LLAMADO A LICITACIÓN - MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO - DELEGA FACULTADES - MODELO DE PLANILLA DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS - CARTA DE PRESENTACIÓN - AUTORIZA ACREDITACIÓN DE PAGOS - JEFATURA DE GOBIERNO
Publicación:
23/05/2018
Sanción:
21/05/2018
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
"2018 AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
VISTO:
La Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, las Leyes Nros. 473 y 5460 (textos
consolidados por Ley N° 5.666), los Decretos Nros. 1254/08, 127/2014 y 203/2016, el
Expediente Electrónico N° 21391151/MGEYA-EMUI /2017; y
CONSIDERANDO:
Que, por la actuación citada en el Visto, tramita la Licitación Pública N°
21/SIGAF/2018, que tiene por objeto la contratación de la obra "DEMARCACIÓN
HORIZONTAL EN CALLES, AVENIDAS Y CORDONES DE ACERAS DE LA CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES", al amparo de lo establecido por la Ley Nacional de
Obras Públicas N° 13.064 y el Decreto N° 1.254 /08;
Que la obra comprende los trabajos de Demarcación Horizontal consistentes en la
provisión y aplicación de material termoplástico de calles, avenidas y cordones de
aceras de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los fines de mejorar la circulación y
seguridad de los conductores y peatones;
Que dicha demarcación incluye señalización de sendas peatonales, líneas de frenado,
doble eje, carriles, cordones, entre otras según Pliego de Especificaciones Técnicas;
Que, a los fines propuestos, corresponde adoptar las acciones pertinentes para la
realización de la contratación de la obra de referencia;
Que el plazo de ejecución de la Obra es de VEINTICUATRO (24) meses, contados a
partir de la suscripción del Acta de Inicio;
Que el presupuesto oficial de la referida obra asciende a la suma total de PESOS
CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS QUINCE MIL
VEINTICINCO CON 50/100 ($ 456.515.025,50.-);
Que obra en las actuaciones la afectación presupuestaria correspondiente;
Que mediante el Decreto N° 1.254 /08, se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones
Generales para Obras Mayores;
Que por el Decreto N° 203/16, se establecieron los niveles de decisión para las
contrataciones de obras públicas;
Que conforme surge del artículo 5° inc. a) de Ley N° 473 el Ente de Mantenimiento
Urbano Integral, ente descentralizado en la órbita de la Subsecretaría de
Mantenimiento del Espacio Público del Ministerio de Ambiente y Espacio Público,
posee entre sus funciones "...Planificar y ejecutar planes de trabajo relacionados con
el mantenimiento correctivo y preventivo de pavimentos, pluviales, alumbrado, aceras
y todo otro servicio que tenga relación con el servicio de Mantenimiento Integral de la
Vía Pública en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires...";
Que en consecuencia, el mencionado Ente procedió a la confección del Pliego de
Condiciones Particulares y el Pliego de Especificaciones Técnicas, la estructura de
ponderación de insumos y la planilla de cómputo y presupuesto;
Que corresponde aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el de
Especificaciones Técnicas.;
"2018 AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
Que, entre las funciones del Ministerio de Ambiente y Espacio Público establecidas en
la Ley de Ministerios N° 5.460, se encuentran las de "Diseñar e implementar políticas
tendientes a mejorar y mantener el espacio público" y "entender en el mantenimiento y
conservación de los bienes afectados al dominio público y privado de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires";
Que, atento a lo expuesto y a fin de lograr una mayor celeridad y eficiencia, resulta
conveniente encomendarle al señor titular del Ministerio de Ambiente y Espacio
Público la facultad de realizar el llamado a licitación pública y delegarle la facultad de
emitir las circulares aclaratorias con y sin consulta que resulten necesarias sobre la
documentación licitatoria, dictar los actos administrativos necesarios para adjudicar la
licitación pública, suscribir las pertinentes contratas y dictar todos los actos
administrativos que fueren necesarios para la materialización, control y ejecución de
las obras desde su inicio hasta su finalización, así como las modificaciones,
ampliaciones de plazo y sus rescisiones, en caso de corresponder, todo ello en el
marco de la normativa aplicable;
Que, han intervenido la Dirección General de Redeterminación de Precios y la
Gerencia Operativa Asuntos Legales de Seguros dependiente de la Dirección General
de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención
de su competencia, en el marco de la Ley N° 1218;
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA
Artículo 1°.- Apruébanse los Pliegos de Condiciones Particulares y de Especificaciones
Técnicas, que como Anexos I (PLIEG-2018-11819560-EMUI) y II (PLIEG-2018-
11819838-EMUI) respectivamente, forman parte integrante del presente Decreto, que
regirán la Licitación Pública que tiene por objeto la contratación de la Obra
"DEMARCACIÓN HORIZONTAL EN CALLES, AVENIDAS Y CORDONES DE
ACERAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES".
Artículo 2°. Autorízase al señor Ministro de Ambiente y Espacio Público a realizar el
pertinente llamado a Licitación Pública, por el régimen de la Ley de Obras Públicas N°
13.064, conforme la documentación que se aprueba por el artículo 1° del presente
Decreto, cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de PESOS CUATROCIENTOS
CINCUENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS QUINCE MIL VEINTICINCO CON
50/100 ($ 456.515.025,50.-).
Artículo 3° .- Delégase en el señor Ministro de Ambiente y Espacio Público la facultad
de emitir las circulares aclaratorias con y sin consulta que resulten necesarias sobre la
documentación aprobada por el artículo 1°, dictar los actos administrativos necesarios
para adjudicar la licitación pública, suscribir las pertinentes contratas y dictar todos los
actos administrativos que fueren necesarios para la materialización, control y ejecución
de las obras desde su inicio hasta su finalización, así como las modificaciones,
ampliaciones de plazo y sus rescisiones, en caso de corresponder.
"2018 AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
Artículo 4°.- El presente gasto se imputará a la partida presupuestaria de los ejercicios
correspondientes subordinado al crédito que para cada ejercicio se consigne en los
respectivos presupuestos.
Artículo 5°- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Ambiente y
Espacio Público y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en el sitio
de Internet de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (www.buenosaires.gob.ar),
comuníquese al Ente de Mantenimiento Urbano Integral y remítase a la Dirección
General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público
para la continuidad de su trámite. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA
Macchiavelli - Miguel