RESOLUCIÓN 37 2003 F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

Síntesis:

NORMA DEROGADA -APRUEBA EL TEXTO ORDENADO DEL REGLAMENTO PARA LA ADQUISICIÓN Y CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DEL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES MODIFICA LA RESOLUCIÓN N° 12/EURSPCABA/01

Publicación:

01/08/2003

Sanción:

26/05/2003

Organismo:

F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

Estado:

No vigente


Visto el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 210, la Resolución del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 12 del 16 de mayo de 2001, el Expediente N° 88/EURSPCABA/03, y

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su Art. 138 creó en el ámbito del Poder Ejecutivo al Ente Unico Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como ente autárquico, con personería jurídica, independencia funcional y legitimación procesal.

Que, la Ley N° 210 en su artículo 11, inciso i) dispone que es función del Directorio, entre otras, realizar todos los actos que sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones y los objetivos de la mencionada Ley.

Que, en función de ello, y sobre la base de lo establecido en el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 436 del 30 de mayo de 2000, el Directorio a través de la Resolución N° 12/01 aprobó el Reglamento de Compras y Contrataciones del organismo.

Que, el Área de Administración y Finanzas, y a los efectos de imprimirle celeridad al trámite de las contrataciones dispuestas por el Directorio, propuso la modificación del Reglamento de Compras y Contrataciones del Ente incorporando al mismo la modalidad del sistema de trámite simplificado, previsto en el artículo 27 del Reglamento para la Adquisición, Enajenación y Contrataciones de Bienes y Servicios del Estado Nacional, aprobado por Decreto N° 436/00.

Que, el Área Auditoría Interna a fs. 6 del Expediente recomienda incluir expresamente en el Reglamento de Compras y Contrataciones del Ente la posibilidad del trámite simplificado para el caso de contrataciones directas menores a pesos diez mil ($ 10.000), de acuerdo con lo propuesto por el Área de Administración y Finanzas.

Que, en función de lo expuesto resulta necesario modificar el Anexo I de la Resolución N° 12/01.

Que, el Área Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que, el presente acto se funda en el uso de las facultades otorgadas al Directorio por el Art. 3° Inc. i) de la Ley N° 210.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL ENTE ÚNICO REGULADOR

DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1° - Modifíquese la Resolución N° 12 de fecha 16 de mayo de 2001 en su Anexo I, punto 6 cuyo texto quedará redactado de la siguiente manera:

6- Una vez aprobado el texto definitivo del Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares se solicitan a la Sindicatura General de la Ciudad o de la Nación (siempre que haya convenio firmado con ésta) la remisión de Precios Testigo del bien o servicio a contratar. Para la elección del procedimiento de selección según el monto estimado del contrato, se considerará el importe total en que se estimen las adjudicaciones, y se aplicará la siguiente escala:

a) Hasta pesos diez mil ($ 10.000), Contratación Directa por Tramite Simplificado.

b) Más de pesos diez mil ($ 10.000) y hasta pesos setenta y cinco mil ($ 75.000), Contratación Directa.

c) Más de pesos setenta y cinco mil ($ 75.000) y hasta pesos trescientos mil ($ 300.000), Licitación o Concurso Privado.

d) Más de pesos trescientos mil ($ 300.000), Licitación o Concurso Público.

Artículo 2° - Incorpórese al texto de la Resolución mencionada en el Art. 1°, Anexo I y a continuación del punto 6 el ítem que se transcribe:

7- Aquellos procedimientos de selección que hubiesen sido encuadrados como Contratación Directa podrán ser tramitados en forma simplificada cuando el monto estimado del contrato fuera inferior a pesos diez mil ($ 10.000).

En este caso, el Sector Compras y Contrataciones procederá a enviar las invitaciones a participar de dichos procedimientos, por cualquier medio, debiendo indicarse en las mismas como datos mínimos:

1. El plazo (día y hora) y lugar de la presentación de las ofertas.

2. La forma de presentar las ofertas.

El titular del Sector Compras y Contrataciones será depositario de las propuestas que se reciban -ya sean abiertas o cerradas. Dicho funcionario tendrá la responsabilidad de que las ofertas permanezcan reservadas hasta el día y hora de vencimiento del plazo fijado para la presentación.

En esta oportunidad todas las ofertas que se hubieren presentado se agregarán al expediente según el orden de su recepción, pudiendo prescindirse del acto formal de apertura de las ofertas. El titular del Sector Compras y Contrataciones suscribirá un acta donde constará lo actuado e indicando los siguientes datos:

a) Número de orden asignado a cada oferta.

b) Nombre de los oferentes.

c) Montos de las ofertas.

d) Montos y formas de las garantías acompañadas, si han sido solicitadas.

e) Las observaciones que se formulen.

Con posterioridad se deberá confeccionar un cuadro comparativo de las ofertas recibidas, en virtud del cual la autoridad competente para adjudicar, sin más trámite y teniendo en cuenta la opinión del Sector Compras y Contrataciones y de la unidad requirente del bien o servicio, se podrá resolver la correspondiente adjudicación.

La intervención de la Comisión Evaluadora es optativa en este tipo de trámite. El acta de agregación de ofertas será suscripto por los interesados presentes que deseen hacerlo.

Artículo 3° - Apruébese el texto ordenado del Reglamento para la Adquisición y Contratación de Bienes y Servicios del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad de Buenos Aires, el que como Anexo forma parte de la presente Resolución.

Artículo 4° - Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a las Áreas Administración y Finanzas, Auditoría Interna y Asuntos Jurídicos. Cumplido, archívese. Vázquez - Martínez Quijano - Di Lorenzo - Wais


ANEXOS

ANEXO

ANEXO

REGLAMENTO PARA LA ADQUISICIÓN Y CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DEL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Basado en el Decreto N° 436/00 de fecha 30/5/00 Reglamento para la adquisición, enajenación y contratación de bienes y servicios del Estado Nacional - Reglamentación de los Arts. 27, 55, 56 y 62, Capítulo VI de la Ley de Contabilidad Pública (Decreto Ley N° 23.354/56), Derogación de los Decretos Nros. 5.720/72 y 826/88.

1 - Pedido provisión emitido por el área solicitante con sus especificaciones técnicas y valorización estimativa. Las especificaciones técnicas se integrarán como Cláusulas Particulares del correspondiente Pliego de Bases y Condiciones Generales.

2 - El Área de Administración y Finanzas -Sector Presupuesto- deberá confeccionar la afectación preventiva emitiendo la correspondiente constancia de afectación la cual se incorpora al expediente. Sin perjuicio de ello, la programación, afectación y autorización correspondientes deberán ajustarse a los créditos asignados por la Ley de Presupuesto.

3 - El Directorio debe autorizar la compra emitiendo al efecto un acto administrativo cuya parte resolutoria deberá aprobar la realización de la compra, la elaboración del Pliego de Bases y Condiciones de Contratación y la posterior publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial y, en su caso, en uno de los diarios de mayor circulación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

4 - El Área de Administración y Finanzas -Sector Compras y Contrataciones- elaborará el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares, estableciendo expresamente la obligación de la presentación de las garantías de mantenimiento de la oferta (por parte de todos los oferentes) y de cumplimiento del contrato (por parte del adjudicatario) y la aplicación de sanciones derivadas de las revocaciones de adjudicaciones, las rescisiones contractuales y los incumplimientos de la obligación de suministrar información.

5 - El Área Jurídica evalúa, dictamina y, en su caso, aprueba o modifica, el Pliego confeccionado.

6 - Una vez aprobado el texto definitivo del Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares se solicitan a la Sindicatura General de la Ciudad o de la Nación (siempre que haya convenio firmado con ésta) la remisión de Precios Testigo del bien o servicio a contratar. Para la elección del procedimiento de selección según el monto estimado del contrato, se considerará el importe total en que se estimen las adjudicaciones, y se aplicará la siguiente escala:

a) Hasta pesos diez mil ($ 10.000), Contratación Directa por Trámite Simplificado.

b) Más de pesos diez mil ($ 10.000) y hasta pesos setenta y cinco mil ($ 75.000), Contratación Directa.

c) Más de pesos setenta y cinco mil ($ 75.000) y hasta pesos trescientos mil ($ 300.000), Licitación o Concurso Privado.

d) Más de pesos trescientos mil ($ 300.000), Licitación o Concurso Público.

7 - Aquellos procedimientos de selección que hubiesen sido encuadrados como Contratación Directa podrán ser tramitados en forma simplificada cuando el monto estimado del contrato fuera inferior a pesos diez mil ($ 10.000).

En este caso, el Sector Compras y Contrataciones procederá a enviar las invitaciones a participar de dichos procedimientos, por cualquier medio, debiendo indicarse en las mismas como datos mínimos:

1) El plazo (día y hora) y lugar de la presentación de las ofertas.

2) La forma de presentar las ofertas.

El titular del Sector Compras y Contrataciones será depositario de las propuestas que se reciban -ya sea abiertas o cerradas. Dicho funcionario tendrá la responsabilidad de que las ofertas permanezcan reservadas hasta el día y hora de vencimiento del plazo fijado para la presentación.

En esta oportunidad todas las ofertas que se hubieren presentado se agregarán al expediente según el orden de su recepción, pudiendo prescindirse del acto formal de apertura de las ofertas. El titular del Sector Compras y Contrataciones suscribirá un acta donde constará lo actuado e indicando los siguientes datos:

a) Número de orden asignado a cada oferta.

b) Nombre de los oferentes.

c) Montos de las ofertas.

d) Montos y formas de las garantías acompañadas, si han sido solicitadas.

e) Las observaciones que se formulen.

Con posterioridad se deberá confeccionar un cuadro comparativo de las ofertas recibidas, en virtud del cual la autoridad competente para adjudicar, sin más trámite y teniendo en cuenta la opinión del Sector Compras y Contrataciones y de la unidad requirente del bien o servicio, se podrá resolver la correspondiente adjudicación.

La intervención de la Comisión Evaluadora es optativa en este tipo de trámite. El acta de agregación de ofertas será suscripto por los interesados presentes que deseen hacerlo.

8 - El Área de Administración y Finanzas -Sector Compras y Contrataciones- invitará a todos los proveedores del Gobierno de la Ciudad procediendo para ello a la publicación de avisos que mencionen:

a) Nombre del organismo contratante;

b) Tipo, objeto y número de la contratación;

c) Número de expediente;

d) Base de la contratación, si la hubiere;

e) Lugar, día y hora donde pueden retirarse o consultarse los pliegos;

f) Costo de la impresión del pliego, si correspondiese;

g) Lugar, día y hora de presentación de las ofertas y del acto de apertura

Las publicaciones deberán cumplir con el siguiente esquema:

 Licitación o Concurso Público, cuando el monto presunto de la contratación exceda de pesos cinco millones ($ 5.000.000), los avisos pertinentes se publicarán en el Boletín Oficial por ocho (8) días y con doce (12) días de anticipación a la fecha de apertura. Asimismo se deberán publicar avisos por un (1) día, coincidente con el término de publicación en el Boletín Oficial, en dos (2) de los diarios de mayor circulación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 Licitación o Concurso Público, cuando el monto presunto de la contratación no exceda de pesos cinco millones ($ 5.000.000), los avisos pertinentes se publicarán en el Boletín Oficial por dos (2) días y con cuatro (4) días de anticipación a la fecha de apertura.

 Licitación o Concurso Privado, los avisos pertinentes se publicarán en el Boletín Oficial por dos (2) días y con cuatro (4) días de anticipación a la fecha de apertura. Se deberá, además, remitir invitaciones por medio fehaciente, con seis (6) días de antelación a la fecha de apertura de las ofertas a, por lo menos, cinco (5) de los principales productores, prestadores, fabricantes o comerciantes del rubro y a proveedores anteriores, si los hubiere.

 Contratación Directa, se deberá, además, remitir invitaciones por medio fehaciente, con cinco (5) días de antelación a la fecha de apertura de las ofertas a, por lo menos, tres (3) de los principales productores, prestadores, fabricantes o comerciantes del rubro y a proveedores anteriores, si los hubiere.

 Contratación Directa por Trámite Simplificado, se deberán remitir invitaciones por cualquier medio fehaciente, con cinco (5) días de antelación a la fecha de apertura de las ofertas a, por lo menos, tres (3) de los principales productores, prestadores, fabricantes o comerciantes del rubro y a proveedores anteriores, si los hubiere.

9 - En la fecha de apertura el Departamento de Compras realizará la apertura de sobres, los que deberán cumplir con todos los requisitos formales, incluyendo indefectiblemente las constancias relativas al retiro del Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares; las constancias de inscripción y pago de las distintas obligaciones fiscales y tributarias del oferente, así como también de inscripción y pago de las obligaciones relativas al Sistema de Seguridad Social -en los casos en los que el personal del oferente realice tareas dentro del ámbito del Ente-; copia certificada ante Escribano Público de los estatutos sociales debidamente inscriptos ante la Inspección General de Justicia - Registro Público de Comercio; copia del último balance certificada por el Consejo Profesional en Ciencias Económicas que corresponda, con su correspondiente constancia de presentación ante la Inspección General de Justicia - Registro Público de Comercio; constancia de inscripción como proveedor del Gobierno de la Ciudad. La mencionada comisión procederá a labrar el Acta de Apertura que deberá contener:

a) Número de orden asignado a cada oferta;

b) Nombre de los oferentes;

c) Montos de las ofertas;

d) Montos y formas de las garantías acompañadas; y

e) Las observaciones que se formulen.

La mencionada acta será firmada por los funcionarios designados al efecto y por los oferentes presentes que desearan hacerlo.

10 - La Comisión Evaluadora de Ofertas -integrada por tres o cuatro jefes de área, designados por el directorio y que rotarán de a dos por año-, única autoridad facultada para preadjudicar, emitirá, dentro del término de diez (10) días contados a partir de la fecha de recepción de las actuaciones, el dictamen de evaluación de las ofertas, considerando el cumplimiento de los aspectos formales, las calidades de los oferentes y evaluando las ofertas. Asimismo, recomendará la resolución a adoptar para concluir el procedimiento. La Comisión podrá solicitar una prórroga a la autoridad competente para adjudicar, cuando la complejidad de las cuestiones a considerar impidiere el cumplimiento de su cometido dentro del plazo fijado. Hay que formar una comisión evaluadora de ofertas o de preadjudicación.

En virtud de lo establecido por el Art. 39 de la Ley N° 25.300 de fomento para la micro, pequeña y mediana empresa (MIPYME), y por el Art. 4° del Decreto N° 909/00 de Aplicación del Régimen del Compre Nacional las micro, pequeñas y medianas empresas y aquellas empresas que hubieren cotizado bienes de origen nacional ofreciendo precios con una diferencia que no supere en más de un cinco por ciento (5%) la mejor oferta, siendo ésta de productos no nacionales, la Comisión Evaluadora de Ofertas deberá invitar a éstas dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de la apertura de las ofertas para que, por única vez, dentro de un plazo de cinco (5) días puedan igualar la mejor oferta y ser, en ese caso, adjudicatarios de las licitaciones o concursos para la provisión de bienes o servicios.

Para el caso de la Contratación Directa por Trámite Simplificado la intervención de la Comisión Evaluadora de Ofertas es optativa y la elección de la oferta más conveniente podrá resolverse sin más trámite por la autoridad competente sobre la base de las constancias del expediente.

11 - El dictamen de la Comisión Evaluadora de Ofertas deberá notificarse en forma fehaciente a todos los oferentes dentro de los tres (3) días de emitido. Los interesados podrán impugnarlo dentro de los cinco (5) días de notificados. Durante ese término el expediente se pondrá a disposición de los oferentes para su vista.

12 - Vencido el plazo establecido en el punto anterior se eleva al Área Asuntos Jurídicos para que tomando la competencia que le corresponde proceda a emitir dictamen y realizar el provisorio de la resolución de adjudicación. Luego este área eleva al Directorio para realizar la adjudicación definitiva; el colegiado podrá, o no, tomar en cuenta el dictamen jurídico, puesto que este último no será vinculante.

13 - La adjudicación será resuelta por el Directorio y será notificada fehacientemente al adjudicatario y al resto de los oferentes dentro de los tres (3) días de dictado el acto respectivo.

14 - El Área de Administración y Finanzas -Sector Presupuesto- deberá confeccionar la afectación definitiva emitiendo la correspondiente constancia de afectación la cual se incorpora al expediente.

15 - Se emite la orden de compra, perfeccionándose el contrato una vez notificada la misma al adjudicatario. Antes de notificar o entregar la Orden de Compra al proveedor adjudicatario, éste deberá presentar la garantía de adjudicación.

16 - En caso de que la contratación exceda el monto de pesos setenta y cinco mil ($ 75.000) se publicarán por un (1) día en el Boletín Oficial, una vez perfeccionado el respectivo contrato, agrupándolo en una publicación mensual, pasa a contabilidad para realizar el contraído.

17 - La recepción de los bienes y los servicios realizados por el oferente tendrá carácter provisorio y los recibos o remitos que se firmen quedarán sujetos a la recepción definitiva.

18 - El Directorio designará al o a los responsables de la recepción definitiva de bienes o la prestación de servicios; designación que no podrá recaer en quienes hayan intervenido en la adjudicación respectiva. Los funcionarios con competencia para otorgar la recepción definitiva podrán requerir directamente al proveedor la entrega de las cantidades o servicios faltantes.

La recepción definitiva se otorgará dentro del plazo que al efecto fije el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares, el que se contará a partir del día siguiente al de la fecha de entrega de los elementos o de prestados los servicios.

19 - Las facturas serán presentadas por el oferente una vez recibida la conformidad definitiva de recepción. La presentación de las facturas en la forma y en el lugar indicado por el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares determinará el comienzo del plazo fijado para el pago.

Tipo de contratación: Licitación o Concurso Público.

Monto de la contratación: Más de $ 5.000.000.

Publicación en Boletín Oficial: Por 8 días y con 12 días de anticipación a la fecha de apertura.

Publicación en diarios de mayor circulación: Por 1 día, coincidente con el término de publicación en el Boletín Oficial, en 2 de los diarios de mayor circulación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Tipo de contratación: Licitación o Concurso Público

Monto de la contratación: De más de $ 300.000 a $ 5.000.000.

Publicación en Boletín Oficial: Por 2 días y con 4 días de anticipación a la fecha de apertura.

Publicación en diarios de mayor circulación: No corresponde.

Tipo de contratación: Licitación o Concurso Privado

Monto de la contratación: De más de $ 75.000 a $ 300.000.

Publicación en Boletín Oficial: Por 2 días y con 4 días de anticipación a la fecha de apertura.

Además se debe remitir invitaciones por medio fehaciente, con 6 días de antelación a la fecha de apertura a, por lo menos, 5 de los principales proveedores del rubro y a proveedores anteriores, si los hubiere.

Publicación en diarios de mayor circulación: No corresponde.

Tipo de contratación: Contratación Directa.

Monto de la contratación: De mas de $ 10.000 a $ 75.000.

Publicación en Boletín Oficial: No corresponde. Remitir invitaciones por medio fehaciente, con 5 días de antelación a la fecha de apertura a, por lo menos, 3 de los principales proveedores del rubro y a proveedores anteriores, si los hubiere.

Publicación en diarios de mayor circulación: No corresponde.

Tipo de contratación: Contratación Directa por Trámite Simplificado

Monto de la contratación: Hasta $ 10.000.

Publicación en Boletín Oficial: No corresponde. Remitir invitaciones por medio fehaciente, con 5 días de antelación a la fecha de apertura a, por lo menos, 3 de los principales proveedores del rubro y a proveedores anteriores, si los hubiere.

Publicación en diarios de mayor circulación: No corresponde.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 3 de la Resolución 104-ERSP-04, deroga la Resolución 37-ERSP-03.</p>
MODIFICA
La Res. 37-EURSP-03 modifica el punto 6 del Anexo I de la Res. 12-EURSP-01, y le incorpora un nuevo texto