RESOLUCIÓN 990 2018 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
ESTABLECEN CARGOS DE INSTRUCTORES DE RESIDENTES - RESIDENCIA MEDICINA GENERAL Y-O MEDICINA DE FAMILIA - CESAC 9 - HOSPITAL ARGERICH - CESAC 12 - HOSPITAL PIROVANO - CESAC 33 - TORNÚ - CESAC N° 36 - HOSPITAL VÉLEZ SARSFIELD - CESAC 43 - HOSPITAL PIÑERO - MINISTERIO DE SALUD - AUTORIZA CONTRATACIÓN
Publicación:
30/05/2018
Sanción:
23/05/2018
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
VISTO:
La Ordenanza N° 40.997 (texto consolidado por Ley N° 5.666) y el Expediente
Electrónico N° 13169626/MGEYA-DGDIYDP/2018, y
CONSIDERANDO:
Que las Residencias del Equipo de Salud constituyen sistemas remunerado de
capacitación de posgrado a tiempo completo, con actividad asistencial programada y
supervisada, tendiente a incorporar a todos los profesionales del área de la salud con
el objetivo de formar en el ámbito intra y extra-hospitalario, un recurso humano
capacitado en beneficio de la comunidad;
Que se han elaborado cada uno de los Programas para las diversas Residencias, en
pos del accionar de los futuros especialistas para intervenir en la complejidad y en la
interdisciplina de acuerdo a las demandas del Sistema de Salud;
Que el programa de formación de la Residencia Medicina General y/o Medicina de
Familia, aprobado por Resolución N° 628/MSGC/2014 rectificada por Resolución N°
1098/MSGC/2014, prevé la rotación de los residentes como parte de su formación;
Que la Dirección General de Docencia, Investigación y Desarrollo Profesional, luego
de evaluar la capacidad formadora, la planta física y las actividades desarrolladas por
los distintos efectores, propicia que a las rotaciones previstas para los residentes de la
Residencia Medicina General y/o Medicina de Familia se incorporen las siguientes
sedes: CeSAC N° 9 dependiente del Hospital General de Agudos "Dr. Cosme
Argerich", CeSAC N° 12 dependiente del Hospital General de Agudos "Dr. Ignacio
Pirovano", CeSAC N° 33 dependiente del Hospital General de Agudos "Dr. Enrique
Tornú", CeSAC N° 36 dependiente del Hospital General de Agudos "D. Vélez
Sarsfield" y CeSAC N° 43 dependiente del Hospital General de Agudos "Parmenio T.
Piñero";
Que el artículo 23 inciso "f" de la Ordenanza N° 40.997 (texto consolidado por Ley N°
5.666) establece que los efectores que no cuenten con sede de residencia pero que
reciben residentes rotantes que cumplen rotaciones obligatorias como parte de su
formación podrán proponer la designación de un instructor como responsable de dicha
formación;
Que, en consecuencia, se propicia la designación de cinco (5) instructores de
residentes que cumplirán sus funciones en las áreas mencionadas, a fin de garantizar
el diseño y puesta en funcionamiento de una rotación de calidad en dicha
especialidad;
Que, por todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que así lo
disponga, en cumplimiento de lo dispuesto en la normativa citada.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Establézcanse cinco (5) cargos de instructores de residentes para la
Residencia Medicina General y/o Medicina de Familia en el CeSAC N° 9 dependiente
del Hospital General de Agudos "Dr. Cosme Argerich", CeSAC N° 12 dependiente del
Hospital General de Agudos "Dr. Ignacio Pirovano", CeSAC N° 33 dependiente del
Hospital General de Agudos "Dr. Enrique Tornú", CeSAC N° 36 dependiente del
Hospital General de Agudos "D. Vélez Sarsfield" y CeSAC N° 43 dependiente del
Hospital General de Agudos "Parmenio T. Piñero", todos pertenecientes a este
Ministerio de Salud.
Artículo 2°.- Autorízase a la Dirección General Docencia, Investigación y Desarrollo
Profesional a tramitar la contratación de los instructores de residentes para la
Residencia Medicina General y/o Medicina de Familia, en las sedes de rotación
mencionadas en el artículo 1°.
Artículo 3°.- Para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Dirección
General Docencia, Investigación y Desarrollo Profesional y a la Dirección General de
Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio de Hacienda. Cumplido,
archívese. Bou Pérez