RESOLUCIÓN 1047 2018 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
SE RECTIFICA EL ANEXO I DE LA RESOLUCIÓN 1003-MSGC-18 - DISTRIBUCIÓN DE CARGOS - RESIDENTES DE PRIMER AÑO - CICLO LECTIVO 2018 - SISTEMAS DE RESIDENCIAS - EQUIPO DE SALUD - ENFERMERÍA Y APOYO AL EQUIPO DE SALUD - MINISTERIO DE SALUD
Publicación:
07/06/2018
Sanción:
31/05/2018
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
VISTO:
El Decreto N° 96/12, las Resoluciones N° 263/MSGC/18 modificada por Resolución N°
474/MSGC/18 y la Resolución N° 1003/MSGC/18, y el Expediente Electrónico N°
14983105/MGEYA-DGDIYDP/2018, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 263/MSGC/18, modificada por Resolución N° 474/MSGC/18,
se llamó a Concurso para la provisión de hasta novecientos diez (910) cargos de
Residentes de Primer Año para el Ciclo Lectivo 2018 de los Sistemas de Residencias
del Equipo de Salud, de Enfermería y de Apoyo al Equipo de Salud, aprobados por
Ordenanzas Nros. 40.997, 41.793 y 45.146 (textos consolidados por Ley N° 5.666),
respectivamente;
Que el Decreto N° 96/12 encomendó al Ministerio de Salud la facultad de distribuir
entre los distintos efectores bajo su dependencia la cantidad de cargos por
especialidad;
Que, en consecuencia, se dictó la Resolución N° 1003/MSGC/18 que estableció la
distribución de los precitados cargos en los efectores dependientes de este Ministerio
de Salud, conforme el detalle aprobado como Anexo I (IF-2018-14094194- DGDIYDP);
Que ha informado la Dirección General de Docencia, Investigación y Desarrollo
Profesional que, por un error involuntario, se consignó en el Anexo I de la Resolución
N° 1003/MSGC/18 a diversos CeSACs como sedes de adjudicación, cuando
correspondía consignar los Hospitales de cuyas áreas programáticas ellos dependen;
Que, en los términos del artículo 124 de la Ley de Procedimientos Administrativos
(aprobada como Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/97 y texto consolidado por
Ley N° 5.666), corresponde proceder a rectificar dichos errores materiales en el Anexo
I (IF-2018-14094194- DGDIYDP) de la Resolución N° 1003/MSGC/18, atento que la
enmienda no altera lo sustancial de la decisión.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 124 del Decreto de
Necesidad y Urgencia N° 1510/97,
Artículo 1°.- Rectificase el Anexo I (IF-2018-14094194- DGDIYDP) de la Resolución N°
1003/MSGC/18, de manera que donde dice: "Fernandez CESAC 47" debe decir
"Fernández", donde dice "Piñero CESAC 19" debe decir "Piñero", donde dice "Piñero
CESAC 24" debe decir "Pïñero", donde dice "Pirovano CESAC 12" debe decir
"Pirovano" y donde dice "Santojanni CESAC 7" debe decir "Santojanni".
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de Docencia,
Investigación y Desarrollo Profesional y a la Dirección General Administración y
Liquidación de Haberes del Ministerio de Economía y Finanzas. Bou Pérez