RESOLUCIÓN 298 1998 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE Y TRÁNSITO

Síntesis:

ASIGNA SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN A TRAMOS DE LAS ARTERIAS  - MADERO -  MELINCUÉ -  NAZARRE Y TINOGASTA - MANO ÚNICA 

Publicación:

20/05/1998

Sanción:

23/04/1998

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE Y TRÁNSITO


Visto el Registro N° 410-DGV-98, por el cual se propicia la asignación de sentidos circulatorios a las calles Nazarre, Madero y Tinogasta; y

CONSIDERANDO:

Que las remodelaciones efectuadas en la Av. Gral. Paz obligan a adoptar medidas de ordenamiento del tránsito;

Que se ha observado la conveniencia de extender los sentidos únicos existentes de las calles Tinogasta, desde General Paz hasta Virgilio, Melincué, desde Cnel. José Olegario Gordillo hasta Víctor Hugo, y Nazarre, desde Víctor Hugo hasta General Paz, como asimismo la de asignar sentido único a la calle Madero desde General Paz hasta Nogoyá;

Que de tal manera se logra que los vehículos que cruzan la Av. Gral. Paz a la altura de Nazarre - Tinogasta (donde el cruce es “a la inglesa”) puedan seguir por Tinogasta, sentido que por otra parte se continúa a partir de la calle Virgilio, y que paralelamente la continuación del sentido único de la calle Melincué y su continuación a partir de la calle Víctor Hugo, Nazarre, favorecerá el camino inverso hacia la Provincia de Buenos Aires;

Que así también se ha visto la conveniencia de asignar sentido a la calle Madero desde General Paz hasta Nogoyá, de manera de posibilitar el circuito Tinogasta, Madero, Nogoyá y que se continúe con la doble mano de Nogoyá entre Madero y Gral. Paz, de manera de posibilitar el actual recorrido de la línea 47 de transporte colectivo, como así también la ida hacia Liniers por la calle Gana;

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE Y TRÁNSITO
RESUELVE:

Artículo 1° - Modifícanse en forma experimental el contenido del Decreto Ordenanza N° 10.407/47, texto ordenado de las arterias con sentido único de circulación, asignándole mano única a los tramos de arterias que a continuación se detallan:

MADERO, desde Av. Gral. Paz hasta Nogoyá, de NO a SE;

MELINCUÉ, desde Cnel. José Olegario Gordillo hasta Víctor Hugo, de NE a SO;

NAZARRE, desde Víctor Hugo hasta Av. Gral. Paz, de NE a SO;

TINOGASTA, desde Av. Gral. Paz hasta Virgilio, de SO a NE.

Artículo 2° - La presente medida entrará en vigencia efectiva una vez instalado el señalamiento ilustrativo correspondiente.

Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Policía Federal Argentina, a la Dirección General de Obras Públicas, y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección de Vialidad. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Res 298-SSTyT-98 modifica Dto. Ord. 10407-47 - Asigna mano único a tramos de las arterias Madero, Melincué, Nazarre y Tinogasta
INTEGRADA POR
Disp. 238-DGV-99 fija fecha y hora para la implementación de las medidas dispuestas por la Res. 298-SSTYT-98