RESOLUCIÓN 582 2017 SUBSECRETARIA DE HABITAT E INCLUSION

Síntesis:

SE TRANSFIERE MONTO A LA CORPORACIÓN BUENOS AIRES SUR SE - FONDOS - SUBSECRETARÍA DE HÁBITAT E INCLUSIÓN - CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN Y ASISTENCIA 69-01 - SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LA CANCHA CRUYFF UBICADA EN AVDA. MARIANO ACOSTA 2400 EQUINA PASAJE I DEL BARRIO CARRILLO

Publicación:

12/06/2018

Sanción:

28/12/2017

Organismo:

SUBSECRETARIA DE HABITAT E INCLUSION


VISTO:

las Leyes N° 470/00 y 5460/15, los Decretos 363/GCBA/15, 386/GCBA/17,

108/GCBA/16, 301/GCBA/17, los Expedientes N° 2017-7977556-DGDTERRI; N°

2017-16823583-SSHI y N° 2017-23368799-SSHI, N° 2017-27754693-SSHI y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 470/00 se creó la Sociedad del Estado denominada

"Corporación Buenos Aires Sur S.E.", con el objeto de favorecer el desarrollo humano,

económico y urbano integral del Área de Desarrollo Sur en la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que, mediante el Convenio Marco N° 69/01, se estableció la cooperación de la

Corporación Buenos Aires Sur S.E., con el objeto de brindar asistencia técnica y de

servicios;

Que, por su parte, mediante Decreto 363/GCBA/15 y sus modificatorios

386/GCABA/17 se estableció en la órbita del Ministerio de Hábitat y Desarrollo

Humano a la Subsecretaría de Hábitat e Inclusión con las misiones y funciones de

planificar, diseñar, coordina y supervisar políticas, estrategias y acciones tendientes a

la inclusión social y a mejorar la calidad del hábitat en villas, núcleos habitacionales

transitorios y complejos habitacionales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

formular, coordinar y supervisar políticas vinculadas a la urbanización y regularización;

y proveer y coordinar la ejecución de políticas de hábitat y de promoción del acceso a

la vivienda, que fomenten la reducción del déficit habitacional y segregación socio

espacial, el mejoramiento del equipamiento comunitario, infraestructura y servicios, en

coordinación con las áreas competentes, entre otras;

Que, asimismo, mediante el citado Convenio, se acordó que los convenios específicos

serían suscriptos por los entonces Secretarios, hoy Ministros, y por el Presidente de la

Corporación Buenos Aires Sur S.E.;

Que, a su vez entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la

Corporación Buenos Aires Sur SE, se suscribió un Convenio "Marco de Cooperación y

Asistencia registrado bajo el N° 69/01, complementado por el CONVENIO N°

21/GCBA/05;

Que, en este marco, con fecha 05 de mayo de 2017 se suscribió el Convenio

Específico el cual fue registrado por la Escribanía General del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires bajo el N° 11246721/RL 2017/DGEGRAL con fecha 16 de

mayo de 2017, entre la Corporación Buenos Aires Sur S.E. y el Ministerio de Hábitat y

Desarrollo Humano;

Que, a través de éste Convenio se requiere la articulación conjunta de acciones junto

a la Corporación, a efectos de materializar la prestación del Servicio de Mantenimiento

Preventivo y Correctivo de la cancha Cruyff ubicada en Avda. Mariano Acosta N° 2400,

equina Pasaje I, del Barrio Carrillo, correspondiente a la UTIU 8 Norte de esta Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, el cual deviene necesario a fin de garantizar las

condiciones de seguridad y salubridad del sector destinado al uso de los vecinos de la

zona;

Que a través de las cláusulas sexta, se acordó el costo de las prestaciones

encomendadas a la Corporación Buenos Aires Sur S.E. y se convino la forma de pago,

respectivamente;

Que en virtud de ello, en cumplimiento de lo acordado procede dictar el acto

administrativo pertinente que instruya el pago de la cuarta cuota correspondiente al

VEINTE POR CIENTO (20%) estipulada en la cláusula sexta, atento la suscripción del

convenio específico precedentemente;

Que, por Nota mencionada en el Visto la Dirección General de Territorio dependiente

de la Subsecretaría de Hábitat e Inclusión, certifica el cumplimiento del Servicio

efectuado de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de la cancha Cruyff del Barrio

Carrillo, correspondiente a la UTIU 8 Norte de esta Ciudad

Por ello, en virtud de las facultades que le son propias;

EL SUBSECRETARIO DE HABITAT E INCLUSION

RESUELVE:

Artículo 1°.- Transfiérase a la Corporación Buenos Aires Sur S.E. la suma de PESOS

TREINTA Y CINCO MIL SETECIENTOS SESENTA ($ 35.760,00), correspondientes a

la CUOTA 4 (cuarta), conforme lo establecido en el

Convenio N°

11246721/RL2017/DGEGRAL. -

Artículo 2°.- Déjase establecido que la transferencia ordenada en el artículo

precedente deberá efectuarse conforme la siguiente apertura programática: Jur 45 -

OG 5.1.7.29 - UE 9700 -Fin/Fun 11 -Comuna 8. -

Artículo 3°.- La presente encuentra respaldo crediticio en la partida correspondiente

del presupuesto vigente.

Artículo 4°.- Déjase establecido que la rendición final de cuenta documentada de los

fondos transferidos, deberá ser efectuada por la Corporación Buenos Aires Sur S.E. y

aprobada por el Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, debiendo compensarse los

montos efectivamente devengados. --

Artículo 5°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

y gírese a la OGESE del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano a efectos de la

prosecución del trámite. Cumplido, archívese. De Marco

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Resolución 582-SSHI-17 transfiere fondos en el marco del Convenio 69-01.</p>