DECRETO 191 2018
Síntesis:
ACEPTA INSTITUCIÓN DE HEREDERO - A FAVOR HOSPITAL DR PEDRO DE ELIZALDE - EX CASA CUNA - EFECTUADA POR MARÍA JOSEFA CASTRO - SUCESIÓN TESTAMENTARIA - MINISTERIO DE SALUD
Publicación:
13/06/2018
Sanción:
11/06/2018
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
El Expediente Electrónico N° 8737498/MGEYA-PG/2015, y
CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados tramita una institución de heredero a favor del
Hospital General de Niños "Dr. Pedro de Elizalde" (Ex Casa Cuna) dependiente del
Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, otorgado
por la causante, cuyo juicio sucesorio tramita en los autos caratulados "CASTRO,
MARÍA JOSEFA S/SUCESIÓN TESTAMENTARIA", expediente judicial N° 82.781/13,
por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 75, Secretaría Única
de esta Ciudad;
Que la causante mediante testamento otorgado por escritura pública de fecha 22 de
febrero del año 2013, instituyó como uno de los seis (6) herederos de sus bienes al
Hospital General de Niños "Dr. Pedro de Elizalde" (Ex Casa Cuna) dependiente del
Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que componen el acervo hereditario de la causante los inmuebles sitos en la Avenida
Directorio N° 3859, Planta Baja B de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la
calle Álvarez Thomas 2836 Planta Baja, Lanús, Provincia de Buenos Aires;
Que habiendo fallecido la señora Castro con fecha 5 de septiembre de 2013, conforme
surge de la partida de defunción agregada en el Expediente Electrónico en trámite,
corresponde dictar el respectivo acto administrativo aceptando la institución de
heredero de acuerdo a los términos del testamento a favor del citado nosocomio;
Que el testamento no dispone de mandas ni cargas que cumplir;
Que la Dirección General de Asuntos Patrimoniales de la Procuración General de la
Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete, considerando
conveniente para los intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
la aceptación de la institución de heredero efectuada por la causante.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 104, inciso 16 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Acéptase la institución de heredero a favor del Hospital General de Niños
"Dr. Pedro de Elizalde" (Ex Casa Cuna) dependiente del Ministerio de Salud del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, efectuada por la Sra. María Josefa
Castro, sobre la sexta ava parte indivisa de los bienes que componen el acervo
hereditario, cuyo juicio sucesorio caratulado "CASTRO MARÍA JOSEFA S/SUCESIÓN
TESTAMENTARIA" (Expte. Judicial N° 82781/13), que tramita por ante el Juzgado
Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 75, Secretaría Única de esta Ciudad.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Salud, por el
señor Ministro de Economía y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a los Ministerios de Salud y de Economía y Finanzas, al Hospital
General de Niños "Dr. Pedro de Elizalde" (Ex Casa Cuna) y, para su conocimiento y
demás efectos, remítase a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Bou Pérez - Mura - Miguel