DECRETO 206 2018

Síntesis:

DESIGNA FUNCIONARIOS - DIRECTOR GENERAL - RODRIGO BRAVO - DIRECCIÓN GENERAL ARTICULACIÓN TERRITORIAL - SUBSECRETARÍA DE ARTICULACIÓN Y FORTALECIMIENTO DE GESTIÓN - MINISTERIO DE GOBIERNO

Publicación:

26/06/2018

Sanción:

22/06/2018

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

Las Leyes Nros. 5.460 (texto consolidado por Ley N° 5.666) y 5.960, los Decretos N°

363/15 y modificatorios, el Expediente Electrónico N° 15.953.133/MGEYA-

MGOBGC/18, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 5.460 y su modificatoria 5.960, se sancionó la Ley de Ministerios del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 2° de la citada Ley establece entre los Ministerios del Poder Ejecutivo,

al Ministerio de Gobierno;

Que por el Decreto N° 363/15 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico

funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

hasta el nivel de Dirección General;

Que por el Decreto N° 119/18 se modificó parcialmente el Decreto N° 363/15 y

modificatorios, contemplándose bajo la órbita del Ministerio de Gobierno, a la Dirección

General Articulación Territorial dependiente de la Subsecretaría de Articulación y

Fortalecimiento de Gestión;

Que en consecuencia, el Ministro de Gobierno propicia la designación a partir del 2 de

junio de 2018, del Lic. Rodrigo Bravo, DNI N° 26.312.829, CUIL N° 20-26312829-0,

como Director General de la Dirección General Articulación Territorial;

Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar la norma legal pertinente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de

la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Desígnase, a partir del 2 junio de 2018, al Lic. Rodrigo Bravo, DNI N°

26.312.829, CUIL N° 20-26312829-0, como Director General de la Dirección General

Articulación Territorial, dependiente de la Subsecretaría de Articulación y

Fortalecimiento de Gestión del Ministerio de Gobierno.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Gobierno y por

el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese

al interesado dejando constancia que deberán dar cumplimiento a lo establecido en el

artículo 15 de la Ley N° 4.895 (texto consolidado según Ley N° 5.666), comuníquese a

la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de

Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio de Economía y

Finanzas, y a las Direcciones Generales Proyectos Tecnológicos y Gestión

Documental, y Escribanía General dependientes de la Secretaría Legal y Técnica, y

para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Gobierno. Cumplido,

archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Screnci Silva - Miguel