DECRETO 206 2018
Síntesis:
DESIGNA FUNCIONARIOS - DIRECTOR GENERAL - RODRIGO BRAVO - DIRECCIÓN GENERAL ARTICULACIÓN TERRITORIAL - SUBSECRETARÍA DE ARTICULACIÓN Y FORTALECIMIENTO DE GESTIÓN - MINISTERIO DE GOBIERNO
Publicación:
26/06/2018
Sanción:
22/06/2018
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
Las Leyes Nros. 5.460 (texto consolidado por Ley N° 5.666) y 5.960, los Decretos N°
363/15 y modificatorios, el Expediente Electrónico N° 15.953.133/MGEYA-
MGOBGC/18, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 5.460 y su modificatoria 5.960, se sancionó la Ley de Ministerios del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2° de la citada Ley establece entre los Ministerios del Poder Ejecutivo,
al Ministerio de Gobierno;
Que por el Decreto N° 363/15 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico
funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
hasta el nivel de Dirección General;
Que por el Decreto N° 119/18 se modificó parcialmente el Decreto N° 363/15 y
modificatorios, contemplándose bajo la órbita del Ministerio de Gobierno, a la Dirección
General Articulación Territorial dependiente de la Subsecretaría de Articulación y
Fortalecimiento de Gestión;
Que en consecuencia, el Ministro de Gobierno propicia la designación a partir del 2 de
junio de 2018, del Lic. Rodrigo Bravo, DNI N° 26.312.829, CUIL N° 20-26312829-0,
como Director General de la Dirección General Articulación Territorial;
Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar la norma legal pertinente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de
la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Desígnase, a partir del 2 junio de 2018, al Lic. Rodrigo Bravo, DNI N°
26.312.829, CUIL N° 20-26312829-0, como Director General de la Dirección General
Articulación Territorial, dependiente de la Subsecretaría de Articulación y
Fortalecimiento de Gestión del Ministerio de Gobierno.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Gobierno y por
el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese
al interesado dejando constancia que deberán dar cumplimiento a lo establecido en el
artículo 15 de la Ley N° 4.895 (texto consolidado según Ley N° 5.666), comuníquese a
la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de
Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio de Economía y
Finanzas, y a las Direcciones Generales Proyectos Tecnológicos y Gestión
Documental, y Escribanía General dependientes de la Secretaría Legal y Técnica, y
para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Gobierno. Cumplido,
archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Screnci Silva - Miguel