DISPOSICIÓN 48 2018 DIRECCION GENERAL DE PROMOCION TURISTICA - ENTUR
Síntesis:
APRUEBA MANUAL DE GESTIÓN DE CALIDAD - LISTADO DE INFORMACIÓN DOCUMENTADA - PROCEDIMIENTO ESTRATÉGICO DE CONTROL DE LA INFORMACIÓN DOCUMENTADA - PROCEDIMIENTO OPERATIVO DE CAPACITACIÓN INTERNA - PROCEDIMIENTO OPERATIVO DEL PROGRAMAS DE CALIDAD - PROCEDIMIENTO OPERATIVO DE PRODUCCIÓN DE EVENTOS - PROCEDIMIENTO OPERATIVO DE ADMINISTRACIÓN DE DEPÓSITOS FOLLETERÍA Y MERCHANDISING - DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN TURÍSTICA - ENTE DE TURISMO - PROCEDIMIENTO INTERNO - ISO 9001:2015 - NORMA IRAM
Publicación:
05/07/2018
Sanción:
29/06/2018
Organismo:
DIRECCION GENERAL DE PROMOCION TURISTICA - ENTUR
VISTO:
Las Leyes Nros. 2.627 y modificatoria, y 5.960, las Resoluciones 165/ENTUR/17 y
2/ENTUR/16 y,
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 2.627 y su modificatoria, se creó el Ente de Turismo de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de
Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Ley N° 5.960, se aprobó la nueva Ley de Ministerios del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose al Ente de Turismo en la órbita
de la Secretaria General y Relaciones Internacionales del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, en virtud de lo dispuesto por el artículo 9° de la citada
norma, modificatorio del artículo 1° de la Ley N° 2.627 de creación del Ente;
Que mediante la Resolución N° 165/ENTUR/17 se aprobó la actual estructura orgánica
funcional del Ente, a través de la cual se fijaron las responsabilidades primarias de las
diferentes Direcciones Generales, entre las cuales se encuentra la Dirección General
Promoción Turística;
Que, en la descripción de las Responsabilidades Primarias a desarrollar por esta
Dirección General, se encuentran entre otras, las de diseñar y supervisar programas
de innovación para el sector turístico, implementar normas con el objetivo de promover
el desarrollo sostenible, sustentable y ecológico, como así también, la ejecución de
programas que capaciten al personal del Ente de Turismo, que tengan como objeto,
visualizar los procedimientos operativos y estratégicos empleados, potenciando los
procesos de trabajo con miras a realizar de forma transparente los métodos y criterios
de gestión aplicados;
Que, para mejorar el cumplimiento de los objetivos propuestos, y en consonancia con
el IF-2018-18048922- -DGPRT, esta Dirección General obtuvo la certificación del
Sistema de Gestión de Calidad conforme a los requisitos de la Norma: IRAM - ISO
9001:2015;
Que, para cumplir con los objetivos propuestos, es necesario establecer un marco
normativo que defina a los mismos a los procedimientos internos tras su etapa de
sistematización y eficientización;
Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,
Artículo 1°.- Apruébase el Manual de Gestión de Calidad "DGPRT_MC_3_Manual
Calidad", que como Anexo I, IF-2018-18331770- -DGPRT, forma parte integrante de la
presente.
Artículo 2°.-
Apruébanse el Listado de Información Documentada
"DGPRT_OD_1_Lista Info Docum", que como Anexo II, IF-2018-18331843- -DGPRT,
forma parte integrante de la presente.
Artículo 3°.- Apruébase el Procedimiento Estratégico de Control de la información
documentada "DGPRT_PE_1_Control Info Doc", que como Anexo III, IF-2018-
18331928- -DGPRT, forma parte integrante de la presente.
Artículo 4°.- Apruébase el Procedimiento Operativo de Capacitación interna
"DGPRT_PO_1_ Capacit interna", que como Anexo IV, IF-2018-18331978- -DGPRT,
forma parte integrante de la presente.
Artículo 5°.- Apruébase el Procedimiento Operativo del Programas de calidad
"DGPRT_PO_1_Progr Calidad", que como Anexo V, IF-2018-18332080- -DGPRT,
forma parte integrante de la presente.
Artículo 6°.- Apruébase el Procedimiento Operativo de Producción de eventos
"DGPRT_PO_2_Produc eventos", que como Anexo VI, IF-2018-18332103- -DGPRT,
forma parte integrante de la presente.
Artículo 7°.- Apruébase el Procedimiento Operativo de Administración de depósitos,
folletería y merchandising "DGPRT_PO_4_Admin Depo Follet Merchan", que como
Anexo VII, IF-2018-18332132--DGPRT, forma parte integrante de la presente.
Artículo 8°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese. Cumplido, archívese. Perticone