RESOLUCIÓN 941 2003 SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

Síntesis:

 ASIGNA SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN A UN TRAMO DE LA CALLE JOSÉ A. TERRY -  ASIGNACIÓN -  SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN  -  PASAJE JOSÉ A. TERRY.AMPLIA  - MODIFICACIÓN  DECRETO ORDENANZA 10.407-47 - CALLES - ARTERIAS - MANO ÚNICA 

Publicación:

14/08/2003

Sanción:

04/08/2003

Organismo:

SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS


Visto el Registro N° 6.106/CGPN°7/03 y agregado Registro N° 5.903/CGPN°7/03, por el cual se propicia asignar sentido único de circulación al Pasaje José A. Terry, y;

CONSIDERANDO:

Que por su escaso ancho de calzada, se hace dificultosa la circulación en doble sentido por el citado pasaje;

Que el giro del tránsito proveniente de la Av. Juan B. Alberdi hacia el tratado pasaje, genera en forma recurrente situaciones de enfrentamiento vehiculares;

Que es por ello y no obstante que quedarían tres arterias consecutivas con el mismo sentido, se considera conveniente asignarle sentido único de circulación de Av. Pedro Goyena a Av. Juan B. Alberdi de Sur a Norte;

Que la implementación de dicha medida brindaría una circulación ordenada y minimizaría las situaciones riesgosas que se observan en la actualidad;

Por ello, y conforme las facultades otorgadas por la Ley N° 217 (B.O.C.B.A. N° 760) y la delegación aprobada por Decreto N° 515/GCBA/00 (B.O.C.B.A. N° 926);

EL SECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1° - Amplíase, con carácter experimental y evaluativo por el término de noventa (90) días corridos, las disposiciones del Decreto-Ordenanza N° 10.407/47 (B.M. N° 8.174), texto ordenado de las arterias con sentido único de circulación, asignando mano única a los siguientes tramos de arterias en la forma que se indica:

José A. Terry: de Av. Pedro Goyena a Av. Juan B. Alberdi de Sur a Norte.

Artículo 2° - La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el señalamiento ilustrativo correspondiente.

Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires dentro de los términos de la Ley N° 217, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos, comuníquese a la Subsecretaría de Tránsito y Transporte y remítase a la Dirección General de Tránsito y Transporte la que comunicará a la Policía Federal Argentina, al Centro de Gestión y Participación N° 7, y a la Dirección General de Seguridad Vial. Cumplido, archívese. Fatala

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Res. 941-SOYSP-03 asigna doble sentido de circulación tramo calle José A. Terry, modifica Dec. ord. 10407-47
INTEGRADA POR
Disp. 440-DGTYT-03 fija fecha y hora para la implementación de las medidas dispuestas por la Res. 941-SOYSP-03