DECRETO 225 2018
Síntesis:
DECLARA HUÉSPED DE HONOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - PADRE PEDRO OPEKA - MISIONERO EN MADAGASCAR
Publicación:
17/07/2018
Sanción:
13/07/2018
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley N° 578 (Texto Consolidado por la Ley N° 5.666) y su modificatoria Ley N°
5.976, el Expediente Electrónico N° 16.595.190/MGEYA-DGCUL/18, y
CONSIDERANDO:
Que por el actuado citado en el visto tramita la Declaración de "Huésped de Honor de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" a favor del Padre Pedro Opeka, sacerdote
católico y misionero en Madagascar, con motivo de su visita a nuestra Ciudad;
Que la personalidad referida se ordenó sacerdote en el año 1975 y desde hace 48
años vive en Madagascar como misionero, pasando sus primeros quince años de
labor en África, a cargo de la Misión de Vagaindrano, en el sur de la isla de
Madagascar, donde construyó escuelas, dispensarios y una iglesia;
Que en el año 1989 creó la Asociación de ayuda humanitaria "Akamasoa", destinada a
ayudar a personas en situación de emergencia social, en Antananarivo, un antiguo
basural que fue transformado en ciudad, que actualmente cuenta con veinticinco mil
habitantes, de los cuales quince mil son niños;
Que a partir de la obra del Padre Pedro Opeka, se lograron construir en Akamasoa
casas, redes de agua, escuelas primarias, colegios secundarios, hospitales,
guarderías, museos, canchas de deportes, espacios verdes y bibliotecas;
Que el Padre Pedro Opeka recibió importantes reconocimientos internacionales, como
haber sido nombrado "Caballero de la Legión de Honor", en la República Francesa
(2008), Misionero del Año Jubilar por el Papa, en Roma, el Vaticano (2000), obtenido
el "Premio a la labor humanitaria", en Estados Unidos de América (2001), premiado
con la Medalla de Servicio Mundial por el Kiwanis International (2005), condecorado
con la Orden de Oro de Servicios, en Eslovenia (2009), reconocido Comendador de la
Orden Nacional, en Madagascar (2010) y fue propuesto en numerosas ocasiones
como candidato al Premio Nobel de la Paz;
Que en reconocimiento a su labor y trayectoria, es pertinente declararlo "Huésped de
honor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" de conformidad a lo establecido por el
artículo 4° de la Ley N° 578.
Por ello y en uso de sus facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA
Artículo 1°.- Declárase "Huésped de Honor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"
al Padre Pedro Opeka, con motivo de su visita a nuestra Ciudad, a quien se le hará
entrega de la distinción correspondiente.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de
Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su
conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General de Cultos y a la
Dirección General de Protocolo y Ceremonial, ambas dependientes de la
Subsecretaría de Relaciones Internacionales e Institucionales, de la Secretaría
General y Relaciones Internacionales. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA -
Miguel