RESOLUCIÓN 1074 2018 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Síntesis:
INSTRUMENTA - ACTAS DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA 14-18 Y 18-18 - COMISIÓN PARITARIA CENTRAL - REPRESENTANTES DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Y EL SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL ESTADO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - SUTECBA - SUPLEMENTOS - PLUS SANITARIO MENSUAL - SUPLEMENTO CDS - NUEVO RÉGIMEN ESCALAFONARIO Y DE CARRERA ADMINISTRATIVA
Publicación:
03/08/2018
Sanción:
31/07/2018
Organismo:
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
VISTO:
La Ley N° 471, el Decreto N° 465/04, las Actas de Negociación Colectiva N° 14/18 y N°
18/18, el Expediente Electrónico 2018-18.715.088-MGEYA-DGTALMEF y,
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 5 de junio de 2018 y 26 de junio de 2018, se celebraron las Actas de
Negociación Colectiva N° 14-18 y N° 18-18 -Comisión Paritaria Central- en el marco
del Título II de la Ley N° 471 de Relaciones Laborales en la Administración Pública de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, suscriptas entre los representantes del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y del Sindicato Único de
Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA);
Que, por Acta N° 14/18 las partes dieron por aprobado el texto completo de la
propuesta de la Comisión Técnica de la Comisión Permanente de Interpretación de la
Carrera Administrativa, relacionada a la adecuación de suplementos "Plus sanitario
mensual" y "Suplemento CDS" al momento de la implementación del Nuevo Régimen
Escalafonario y de Carrera Administrativa, aprobada mediante Acta N° 17/13;
Que, se estableció que las adecuaciones aprobadas, tendrán efecto a partir del 1 de
julio de 2018;
Que, por su parte, mediante Acta N° 18/18 se aprobó el texto completo de la propuesta
de la Comisión Técnica relacionada con el tratamiento e implementación relativo al
Suplemento Fallas de Caja otorgado a aquellos agentes que, por su responsabilidad y
reserva, manejan valores, a partir de la instrumentación del Nuevo Régimen
Escalafonario y de Carrera Administrativa, aprobada mediante Acta N° 17/13;
Que, asimismo, se estableció que las adecuaciones tendrán efecto a partir del 1 de
julio de 2018;
Que, así, corresponde emitir el pertinente acto administrativo por el cual se
instrumenten las Actas de Negociación Colectiva N° 14/18 y N° 18/18;
Por ello, en orden a las facultades delegadas por el Decreto N° 465/04,
Artículo 1°.- Instruméntanse las Actas de Negociación Colectiva N° 14/18 y N° 18/18
de la Comisión Paritaria Central, suscriptas el 5 de junio de 2018 y 26 de junio de 2018
respectivamente, entre los representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y del Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de
Buenos Aires (SUTECBA), las que como Anexo I y II, forman parte integrante de la
presente.
Artículo 2°.- Publíquese. Comuníquese al Sindicato Único de Trabajadores del Estado
de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la
Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y a la Subsecretaria de
Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas. Cumplido,
archívese. Mura