RESOLUCIÓN 1205 2018 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Síntesis:
INSTRUMENTA - ACTA DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA 19-18 - COMISIÓN PARITARIA CENTRAL - SUSCRIPCIÓN - 2 DE JULIO - 2018 - GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL ESTADO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - SUTECBA - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS - REMUNERACIONES - SALARIOS - SUELDOS
Publicación:
14/08/2018
Sanción:
09/08/2018
Organismo:
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
"2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
VISTO
La Ley N° 471, el Decreto N° 465/04, el Acta de Negociación Colectiva N° 19/18, el
Expediente Electrónico 2018- 20.122.230-MGEYA-DGTALMEF y,
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 2 de julio de 2018, se celebró el Acta de Negociación Colectiva N° 19-
18 Comisión Paritaria Central- en el marco del Título II de la Ley N° 471 de
Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, suscripta entre los representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y del Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de
Buenos Aires (SUTECBA);
Que, mediante la misma las partes acordaron aprobar la renovación del acuerdo de
productividad aprobado por Acta Paritaria N° 22/12, por un nuevo período desde el 1
de enero de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2018;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley N° 471 (texto
consolidado por Ley N° 5666), los acuerdos arribados en el ámbito de la Negociación
Colectiva, regulada por el Título II de la misma, deben ser instrumentados mediante el
acto administrativo respectivo;
Que, así, corresponde emitir el pertinente acto administrativo por el cual se
instrumente el Acta de Negociación Colectiva N° 19/18;
Por ello, en orden a las facultades delegadas por el Decreto N° 465/04,
EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS
RESUELVE
Artículo 1°.- Instruméntase el Acta de Negociación Colectiva N° 19/18 de la Comisión
Paritaria Central, suscripta el 2 de julio de 2018 entre los representantes del Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y del Sindicato Único de Trabajadores del
Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), la que como Anexo (IF 2018-
21813744-DGTALMEF) forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Publíquese. Comuníquese al Sindicato Único de Trabajadores del Estado
de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la
Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y a la Subsecretaria de
Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas. Cumplido,
archívese. Mura