DECRETO 266 2018
Síntesis:
SE APRUEBAN PLIEGOS - SE AUTORIZA EL LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA - OBRA ÁREAS EXTERIORES - NUEVO CENTRO DEPORTIVO DE TIRO - DELEGACIÓN DE FACULTADES - MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE - SE DESIGNA A LOS MIEMBROS DE LA COMISIÓN EVALUADORA DE OFERTAS - PRESUPUESTO - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Publicación:
21/08/2018
Sanción:
16/08/2018
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, los Decretos Nros. 1.254/08 y
modificatorio, 363/15 y modificatorios, 203/16, 208/18 y 227/18, la Resolución N° 499-
MDUYTGC/18, el Expediente Electrónico N° 2018-13518058-MGEYA-DGIURB, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente electrónico citado en el visto tramita la Licitación Pública que
tiene por objeto la contratación de la obra denominada "Áreas Exteriores - Nuevo
Centro Deportivo de Tiro", al amparo de lo establecido por la Ley Nacional de Obras
Públicas N° 13.064;
Que de conformidad con el marco jurídico precitado, a través del Decreto N° 1.254/08,
modificado por su similar N° 663/ 09, se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones
Generales para las Obras Mayores;
Que el Decreto N° 203/16 fija los niveles de decisión y cuadro de competencias para
los procedimientos de selección para la contratación de obra pública;
Que mediante los Decretos Nros. 208/18 y 227/18 se aprobaron los Pliegos de Bases
y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y anexos, para el llamado a
la Licitación Pública de la obra mencionada;
Que, en virtud del artículo 2° del Decreto N° 208/18, el señor Ministro de Desarrollo
Urbano y Transporte mediante la Resolución 499-MDUYTGC/18 dispuso el llamado a
Licitación Pública N° 261-SIGAF/2018 para el día 30 de julio de 2018 a las 13:00
horas, de conformidad a lo establecido en la Ley Nacional de Obras Públicas N°
13.064, para la contratación de la mentada obra;
Que con antelación a esa fecha, conforme surge del informe suscripto por los titulares
de las Subsecretarías de Obras y de Proyectos del Ministerio de Desarrollo Urbano y
Transporte, resultó necesario incorporar algunas modificaciones técnicas sobre el
proyecto de referencia, procurando su optimización y en pos de evitar demoras y
dispendios innecesarios en los procesos de licitación, se reformuló la respectiva
documentación licitatoria;
Que la Dirección General Obras de Ingeniería y Arquitectura de la Subsecretaría de
Obras del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte confeccionó los Pliegos de
Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, que como Anexos I
y II respectivamente integran el presente;
Que las modificaciones referidas, a través de la incorporación de ítems y variación de
los existentes, como así también la actualización de precios generaron un impacto en
el presupuesto oficial, conforme surge del informe de la Gerencia Operativa de
Cómputo, Presupuesto y Pliegos Técnicos dependiente de la Subsecretaría de Obras;
Que conforme lo expuesto el presupuesto oficial se ha establecido en la suma de
PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES SETECIENTOS
SETENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO con 31/100 ($
488.775.675,31.-);
Que, en consecuencia, corresponde aprobar los nuevos Pliegos de Bases Condiciones
Particulares y de Especificaciones Técnicas que regirán esta contratación;
Que se ha procedido a efectuar la correspondiente previsión presupuestaria para
hacer frente a la erogación que demande la presente gestión;
Que han tomado la debida intervención la Dirección General de Redeterminación de
Precios y la Gerencia Operativa de Asuntos Legales de Seguros de la Dirección
General de Compras y Contrataciones, ambas dependientes del Ministerio de
Economía y Finanzas;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención
de su competencia en virtud de lo establecido por la Ley N° 1.218.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA
Artículo 1°.- Apruébanse los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de
Especificaciones Técnicas para la Licitación Pública correspondiente a la obra "Áreas
Exteriores - Nuevo Centro Deportivo de Tiro", los que como Anexos I (PLIEG-2018-
22516071-DGOIYA) y II (IF-2018-20984175-DGOIYA, IF-2018-14743010-DGOIYA, IF-
2018-14743088-DGOIYA, IF-2018-14743168-DGOIYA, IF-2018- 14743267-DGOIYA,
IF-2018-14743395-DGOIYA, IF-2018-14743495-DGOIYA, IF-2018-
14743600-
DGOIYA, IF-2018-14743666-DGOIYA, IF-2018-14743734-DGOIYA, IF-2018-
14743796-DGOIYA., IF-2018-14743848-DGOIYA, IF-2018-14743897-DGOIYA, IF-
2018- 20984180-DGOIYA, IF-2018-20984188-DGOIYA, IF-2018-21488410-DGIURB,
PLANO-2018-20461233-DGIURB, PLANO-2018-20461246-DGIURB, PLANO-2018-
20461270-DGIURB, PLANO-2018-20461287-DGIURB, PLANO-2018-20461303-
DGIURB, PLANO-2018-20461215-DGIURB, PLANO-2018-20461336-DGIURB, IF-
2018-20461322-DGIURB y PLANO-2018-21487899-DGIURB), respectivamente,
forman parte integrante del presente.
Artículo 2°.- Autorízase al señor Ministro de Desarrollo Urbano y Transporte a realizar
el pertinente llamado a Licitación Pública, por el régimen de la Ley Nacional de Obras
Públicas N° 13.064, conforme la documentación que se aprueba por el artículo 1° del
presente Decreto, cuyo presupuesto oficial asciende a la suma total de PESOS
CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y
CINCO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO con 31/100 ($ 488.775.675,31.-).
Artículo 3°.- Delégase en el señor Ministro de Desarrollo Urbano y Transporte la
facultad de emitir circulares aclaratorias, con y sin consulta sobre la documentación
aprobada por el artículo 1° del presente Decreto, designar a los miembros de la
Comisión Evaluadora de Ofertas, dictar los actos administrativos necesarios para
adjudicar la licitación pública y suscribir el pertinente contrato y dictar todos los actos
administrativos que fueren necesarios para la materialización, control y ejecución de la
obra desde su inicio hasta su finalización y recepción definitiva, así como las
modificaciones de obra y ampliaciones de plazo, y su rescisión, en caso de
corresponder.
Artículo 4°.- El presente gasto se imputará a la partida presupuestaria de los ejercicios
correspondientes, subordinado al crédito que para cada ejercicio se consigne en los
respectivos presupuestos.
Artículo 5°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo
Urbano y Transporte y, por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio
de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y para su
conocimiento y demás fines, remítase a la Unidad Operativa de Adquisiciones de la
Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Urbano
y Transporte para la prosecución de su trámite. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ
LARRETA - Moccia - Miguel