RESOLUCIÓN 4691 2018 MINISTERIO DE CULTURA
Síntesis:
PRORROGA PLAZO - PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE SUBSIDIOS - 4 DE SEPTIEMBRE - AÑO 2018 - RÉGIMEN CONCERTACIÓN PARA LA ACTIVIDAD MILONGAS NO OFICIAL - MINISTERIO DE CULTURA
Publicación:
23/08/2018
Sanción:
15/08/2018
Organismo:
MINISTERIO DE CULTURA
"2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
VISTO:
la Ley N° 5.735, el Decreto N° 429/GCABA/17, la Resolución N° 3799-MCGC-18 y su
rectificatoria Resolución N° 3863- MCGC-2018 y el Expediente Electrónico N° -
19205122-DGTALMC-MGEYA-2018, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5.735 crea el Régimen de Concertación para la Actividad Milongas no
Oficial, con el objeto de diseñar e implementar mecanismos de protección,
fortalecimiento, fomento y promoción de la actividad milonga en la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires;
Que la precitada Ley establece al Ministerio de Cultura como autoridad de aplicación
del Régimen creado, y lo autoriza a dictar las normas complementarias, a fin de
regular los aspectos contemplados en la misma;
Que el Decreto N°429/GCABA/17 reglamenta la referida Ley, y denomina
"BAMILONGA" al indicado Régimen de Concertación, quedando pendiente de
tratamiento aquellas cuestiones específicas de competencia de este Ministerio;
Que por la Resolución N° 3799-2018-MCGC y su rectificatoria Resolución N° 3863-
2018-MCGC, este Ministerio aprobó la reglamentación atinente a la presentación de
las solicitudes en el marco del indicado Régimen, conforme el Anexo I de "Bases y
Condiciones", identificado bajo N° IF 2018-18743045-DGTALMC; y los formularios
requeridos a los solicitantes, como "Formulario de datos de la persona destinataria del
subsidio", "Formulario de datos del Proyecto", "Declaración jurada solicitud de
subsidio", "Nota solicitud de subsidio", "Modelo de presentación de cronograma de
ejecución presupuestaria", "Modelo de planilla de rendición de gastos" y "Modelo de
nota por compensación de servicios", bajo número de Anexos II (IF 2018-17633665-
DGTALMC), III (IF 2018-17634071-DGTALMC), IV (IF 2018-17634529-DGTALMC), V
(IF 2018-17635021-DGTALMC), VI (IF 2018-17635978-DGTALMC), VII (IF 2018-
17636771-DGTALMC) y VIII (IF 2018-17637193-DGTALMC), respectivamente;
Que en este contexto y en su carácter de autoridad de aplicación, mediante
Resolución N° 3963-MCGC-2018 este Ministerio convocó a los sujetos comprendidos
en el marco del indicado Régimen para la presentación de solicitudes de subsidios,
desde las 10 horas del 19 de julio de 2018 hasta las 17 horas del 21 de agosto de
2018;
Que se advierte que el plazo estipulado en la Resolución N° 3963-MCGC-2018 para la
presentación de solicitudes resultó exiguo, por lo cual se considera necesario disponer
su prórroga;
Que la Dirección General, Técnica, Administrativa y Legal ha tomado la intervención
de su competencia;
Por ello, y en uso de las atribuciones establecidas en la Ley N° 5.735,
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE
"2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
Artículo 1°.- Prorróguese el plazo estipulado por la Resolución N° 3963-MCGC-2018
para la presentación de solicitudes de subsidios, el cual se extenderá hasta las 17
horas del día 4 de septiembre de 2018.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa de
Regímenes de Promoción Cultural dependiente de la Dirección General, Técnica,
Administrativa y Legal de este Ministerio. Cumplido, Archívese. Avogadro