RESOLUCIÓN 4691 2018 MINISTERIO DE CULTURA

Síntesis:

PRORROGA PLAZO - PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE SUBSIDIOS - 4 DE SEPTIEMBRE - AÑO 2018 - RÉGIMEN CONCERTACIÓN PARA LA ACTIVIDAD MILONGAS NO OFICIAL - MINISTERIO DE CULTURA

Publicación:

23/08/2018

Sanción:

15/08/2018

Organismo:

MINISTERIO DE CULTURA


"2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"

VISTO:

la Ley N° 5.735, el Decreto N° 429/GCABA/17, la Resolución N° 3799-MCGC-18 y su

rectificatoria Resolución N° 3863- MCGC-2018 y el Expediente Electrónico N° -

19205122-DGTALMC-MGEYA-2018, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 5.735 crea el Régimen de Concertación para la Actividad Milongas no

Oficial, con el objeto de diseñar e implementar mecanismos de protección,

fortalecimiento, fomento y promoción de la actividad milonga en la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires;

Que la precitada Ley establece al Ministerio de Cultura como autoridad de aplicación

del Régimen creado, y lo autoriza a dictar las normas complementarias, a fin de

regular los aspectos contemplados en la misma;

Que el Decreto N°429/GCABA/17 reglamenta la referida Ley, y denomina

"BAMILONGA" al indicado Régimen de Concertación, quedando pendiente de

tratamiento aquellas cuestiones específicas de competencia de este Ministerio;

Que por la Resolución N° 3799-2018-MCGC y su rectificatoria Resolución N° 3863-

2018-MCGC, este Ministerio aprobó la reglamentación atinente a la presentación de

las solicitudes en el marco del indicado Régimen, conforme el Anexo I de "Bases y

Condiciones", identificado bajo N° IF 2018-18743045-DGTALMC; y los formularios

requeridos a los solicitantes, como "Formulario de datos de la persona destinataria del

subsidio", "Formulario de datos del Proyecto", "Declaración jurada solicitud de

subsidio", "Nota solicitud de subsidio", "Modelo de presentación de cronograma de

ejecución presupuestaria", "Modelo de planilla de rendición de gastos" y "Modelo de

nota por compensación de servicios", bajo número de Anexos II (IF 2018-17633665-

DGTALMC), III (IF 2018-17634071-DGTALMC), IV (IF 2018-17634529-DGTALMC), V

(IF 2018-17635021-DGTALMC), VI (IF 2018-17635978-DGTALMC), VII (IF 2018-

17636771-DGTALMC) y VIII (IF 2018-17637193-DGTALMC), respectivamente;

Que en este contexto y en su carácter de autoridad de aplicación, mediante

Resolución N° 3963-MCGC-2018 este Ministerio convocó a los sujetos comprendidos

en el marco del indicado Régimen para la presentación de solicitudes de subsidios,

desde las 10 horas del 19 de julio de 2018 hasta las 17 horas del 21 de agosto de

2018;

Que se advierte que el plazo estipulado en la Resolución N° 3963-MCGC-2018 para la

presentación de solicitudes resultó exiguo, por lo cual se considera necesario disponer

su prórroga;

Que la Dirección General, Técnica, Administrativa y Legal ha tomado la intervención

de su competencia;

Por ello, y en uso de las atribuciones establecidas en la Ley N° 5.735,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE

"2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"

Artículo 1°.- Prorróguese el plazo estipulado por la Resolución N° 3963-MCGC-2018

para la presentación de solicitudes de subsidios, el cual se extenderá hasta las 17

horas del día 4 de septiembre de 2018.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa de

Regímenes de Promoción Cultural dependiente de la Dirección General, Técnica,

Administrativa y Legal de este Ministerio. Cumplido, Archívese. Avogadro

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 4691-MCGC-18 prorroga el plazo para la presentación de solicitudes de subsidios estipulado por la Resolución 3963-MCGC-2018.</p>