RESOLUCIÓN 1 2018 MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PUBLICO
Síntesis:
SE CONVALIDAN BASES Y CONDICIONES - CONCURSO - SUMÁ VERDE - MINISTERIO DE EDUCACIÓN E INNOVACIÓN - MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO - BASES Y CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN - EDUCACIÓN AMBIENTAL
Publicación:
31/08/2018
Sanción:
28/08/2018
Organismo:
MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PUBLICO
VISTO:
La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes Nros. 1.687,
1.854, 2.544 y 5.460 (texto consolidado por Ley N° 5.666) y su modificatoria Ley N°
5.960, el Decreto N° 328/16, la Resolución N° 3117- MEGC/10, el Expediente
Electrónico N° 12910569/MGEYA-MEIGC/18, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece que la Ciudad
debe desarrollar, en forma indelegable, una política de planeamiento y gestión del
ambiente urbano, promoviendo, entre otros aspectos, la Educación Ambiental en todas
las modalidades y niveles, y el uso racional de materiales y energía;
Que la Ley N° 1.687 incorpora la Educación Ambiental en el sistema educativo formal,
no formal y mediante modos alternativos de comunicación y educación, garantizando
la promoción de la Educación Ambiental en todas las modalidades y niveles;
Que la Ley N° 1.854 tiene por objeto establecer el conjunto de pautas, principios,
obligaciones y responsabilidades para la gestión integral de los residuos sólidos
urbanos que se generen en el ámbito territorial de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, en forma sanitaria y ambientalmente adecuadas, a fin de proteger el ambiente,
seres vivos y bienes;
Que la Ley N° 2.544 de Separación de Residuos en Instituciones Educativas dispone
que en todas las instituciones educativas públicas de gestión estatal y privada de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires se colocarán cestos de residuos, de a pares,
destinados a la separación en origen;
Que la Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 5.666), y su modificatoria Ley N°
5.960, establece, en su artículo 20, que entre las facultades del Ministerio de
Educación e Innovación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se encuentra la de
"(...) diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos
que conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo
individual y social (...)";
Que el artículo 25 de la referida norma dispone que corresponde al Ministerio de
Ambiente y Espacio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires "(...) diseñar e
implementar políticas tendientes a mejorar y mantener el espacio público (...)", "(...)
regular y controlar los servicios de higiene urbana y el tratamiento, recuperación y
disposición de los residuos (...)", y asimismo "(...) actuar como autoridad de aplicación
de las leyes relacionadas con la materia ambiental (...)";
Que por Decreto N° 328/16 se creó la Unidad de Proyectos Especiales (UPE)
"Educación para la Sustentabilidad", como Organismo Fuera de Nivel bajo la órbita del
entonces Ministerio de Educación, encontrándose entre sus responsabilidades la de
desarrollar y coordinar programas, proyectos y actividades necesarios para la ciencia,
la innovación tecnológica y su irradiación al sistema productivo, y el de desarrollar
medidas dirigidas a la reducción, la reutilización y la separación de residuos en los
establecimientos educativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en
concordancia con los objetivos previsto en las Leyes Nros. 1.854 y 2.544;
Que mediante Resolución N° 3117-MEGC/10 se creó el Programa "Escuelas Verdes",
en el ámbito del entonces Ministerio de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, con el objeto de fomentar el desarrollo sustentable a través de la educación y la
gestión ambiental en las escuelas;
Que el Programa "Escuelas Verdes" lleva adelante el Plan de Gestión Integral de
Residuos que involucra a toda la comunidad educativa en todas las escuelas de
gestión estatal, promoviendo el consumo responsable y la reducción, reutilización y
reciclaje de residuos mediante el establecimiento de un sistema de separación en
origen y recolección diferenciada;
Que la experiencia ha evidenciado que los concursos son una herramienta que
incentiva la participación de la comunidad educativa y la comunidad toda;
Que es objetivo primordial de los Ministerios de Educación e Innovación y de Ambiente
y Espacio Público concientizar sobre aspectos clave del consumo responsable, la
importancia de reducir la cantidad de residuos que se generan y revalorizar el
concepto de los mismos con el propósito de darles una nueva utilidad;
Que, por estos motivos, se considera pertinente que se convalide el concurso "Sumá
Verde", que desde el 7 de mayo del 2018 se está implementando y su finalización se
encuentra pautada para el 17 de septiembre del mismo año, por lo cual resulta
necesaria la convalidación de las Bases y Condiciones que rigen el mismo;
Que tomó correspondiente intervención la Dirección General Técnica, Administrativa y
Legal del, Ministerio de Ambiente y Espacio Público;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional del Ministerio de
Educación e Innovación ha tomado la intervención que le compete.
Por ello, y en uso de las facultades que les son propias,
Artículo 1.- Convalídanse las Bases y Condiciones del concurso "Sumá Verde", que
como Anexo (IF-2018-18192855-MEIGC) forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 2.- Establézcase que el Ministerio de Educación e Innovación y el Ministerio
de Ambiente y Espacio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires propiciarán
las acciones necesarias para llevar a cabo las diferentes etapas del Concurso cuyas
Bases y Condiciones aprueba el artículo precedente.
Artículo 3.- Determínase que el gasto que demande la presente Resolución tendrá
impacto en la cartera del Ministerio de Educación e Innovación y del Ministerio de
Ambiente y Espacio Público.
Artículo 4.- Impútase el gasto que demande al Ministerio de Educación e Innovación y
al Ministerio de Ambiente y Espacio Público a las partidas presupuestarias
correspondientes a cada Ministerio.
Artículo 5.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y
comuníquese al Ministerio de Educación e Innovación y al Ministerio de Ambiente y
Espacio Público. Cumplido, archívese. Acuña - Macchiavelli