DISPOSICIÓN 143 2018 DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - PG
Síntesis:
ORDENA - USO DE LA PLATAFORMA TRAMITACIÓN A DISTANCIA -TAD - SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS - SADE - ÚNICO MEDIO VÁLIDO - INSCRIPCIÓN - CONCURSO DE ANTECEDENTES Y OPOSICIÓN - INSCRIPCIÓN ONLINE - CLAVE CIUDAD - ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS - SEPTIEMBRE 2018 - DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - PROCURACIÓN GENERAL - PLANTEL DE ABOGADOS
Publicación:
07/09/2018
Sanción:
06/09/2018
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - PG
VISTO:
La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes N° 471 (texto
consolidado por Ley N° 5.666), N° 1.218 (texto consolidado por Ley N° 5.666) y N°
3.304 (texto consolidado por Ley 5.666), los Decretos N° 589/GCABA/2009, N°
196/GCABA/2011, N° 429/GCABA/2013 y N° 400/GCABA/2017, las Resoluciones
Conjuntas N° 1.960/SHyF/PG/2005 y N° 975/MEFGC/2018, las Resoluciones N°
521/SECLYT/2015 y N° 539/PG/2018, la Disposición N° 115/DGTALPG/2018, y los EE
N° 29745718/PG/2017 y N° 20611999/DGTALPG/2018, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece en el artículo
43 un régimen de empleo público al que se ingresa por concurso público abierto, y en
su artículo 134 dispone que el plantel de abogados de la Procuración General se
selecciona por riguroso concurso público de antecedentes y oposición;
Que, en ese sentido, el artículo 2 de la Ley N° 471 de "Relaciones Laborales en la
Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" (texto consolidado
por Ley N° 5.666) instaura como uno de los principios generales en las relaciones de
empleo público el "Ingreso por Concurso Público Abierto";
Que la Ley N° 1.218 (texto consolidado por Ley N° 5.666) fija las obligaciones,
deberes, atribuciones y competencia de la Procuración General de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que en su artículo 22 dispone que para ser miembro del plantel de abogados de la
Procuración General se requiere, entre otros requisitos, aprobar el concurso público de
oposición y antecedentes;
Que por Resolución N° 1.960/SHyF/PG/2005 se aprueba el texto ordenado del
"Escalafón del Personal de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires",
estipulándose en el artículo 21 de su Anexo que las vacantes de dicho escalafón serán
cubiertas por concursos públicos abiertos o generales;
Que, en ese marco normativo, por EE N° 29745718/PG/2017 se encauza el trámite
correspondiente al concurso público de oposición y antecedentes de ingreso de hasta
treinta (30) abogados al plantel de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que, en tal contexto, mediante la Resolución Conjunta N° 975/MEFGC/2018 se
reglamenta el procedimiento de selección para la cobertura de tales vacantes, a la vez
que se aprueba el anuncio y condiciones de su llamado;
Que en el Anexo I de la mentada Resolución Conjunta se determina que esta
repartición deberá establecer, por Disposición Complementaria de aquella, la forma de
inscripción a dicho concurso;
Que a través de la Resolución N° 539/PG/2018 se concreta el llamado a concurso y se
designan los miembros titulares y suplentes de su tribunal;
Que, por otra parte, el Decreto N° 400/GCABA/2017 establece la estructura orgánica y
funcional de la Procuración General;
Que entre las responsabilidades primarias de esta Dirección General, plasmadas en el
Decreto mencionado, se encuentra la de "Implementar acciones coordinadas de apoyo
para lograr efectividad en la gestión administrativa de registros y sistematización de
datos a través de la aplicación de nuevas tecnologías";
Que la Ley N° 3.304 (texto consolidado por Ley 5.666) prevé el Plan de Modernización
de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a
fin de abordar el nombrado proceso de modernización e informatización administrativa;
Que el Capítulo III, Título II del Anexo único de dicha norma, refiere al "...Gobierno
Electrónico y nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación", y de su punto
6.3, denominado "Digitalización de procesos administrativos", surge como objetivo
"desarrollar sistemas informáticos y proponer y/o adecuar
la normativa
correspondiente para la digitalización de los procesos administrativos a los fines de
facilitar la gestión, el acceso y la perdurabilidad de la información y la reducción de los
plazos en las tramitaciones";
Que, con dicho propósito, por Decreto N° 589/GCABA/2009 se aprueba la
implementación del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE)
como sistema de caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos
de todas las actuaciones y expedientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que, asimismo, mediante Decreto N° 196/GCABA/2011 se ordena la implementación
del Expediente Electrónico en los términos de la Ley N° 3.304 (texto consolidado por
Ley 5.666);
Que, en concordancia con ello, por Decreto N° 429/GCABA/2013 se crea la Plataforma
de Tramitación a Distancia como medio de interacción del ciudadano con la
administración y se ordenó la implementación del módulo "Tramitación a Distancia" -
TAD- del SADE, parte integrante de aquella, a efectos de que opere como un medio
de recepción y remisión de presentaciones, solicitudes, escritos, notificaciones y
comunicaciones, entre otros;
Que a través de la Resolución N° 521/SECLYT/2015 se aprueban los términos y
condiciones de uso de la Plataforma TAD;
Que, en sintonía con las previsiones contenidas en las normas apuntadas, por
Disposición N° 115/DGTALPG/2018, obrante en el EE N° 20611999/DGTALPG/2018,
habiéndose advertido la necesidad de incorporar paulatinamente ciertas tramitaciones
a la gestión remota consagrada en la Plataforma de Tramitación a Distancia, se
ordena gestionar la incorporación del trámite concerniente al próximo concurso de
antecedentes y oposición de ingreso al Plantel de Abogados de la Procuración
General al módulo TAD del SADE;
Que, conforme lo expuesto, resulta oportuno el dictado del acto administrativo por
cuyo conducto se determine la aplicación del TAD a fin de la inscripción al concurso de
antecedentes y oposición para el ingreso al Plantel de Abogados de la Procuración
General en trámite por EE N° 29745718/PG/2017 y, a su vez, de acuerdo a lo
ordenado por Resolución Conjunta N° 975/MEFGC/2018 y en armonía con la
Plataforma de Tramitación a Distancia, se complemente lo allí reglamentado;
Por ello, en uso de las facultades propias,
Artículo 1°.-Ordénase la aplicación de la plataforma "Tramitación a Distancia" -TAD-
del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE- como único medio
válido a efectos de la inscripción al próximo concurso de antecedentes y oposición de
ingreso al Plantel de Abogados de la Procuración General, cuyo llamado fuera
dispuesto por Resolución N° 539/PG/2018, conforme los términos y condiciones de
uso aprobados por Resolución N° 521/SECLYT/2015, y de acuerdo al reglamento y
formularios que como Anexos forman parte de la Resolución Conjunta N°
975/MEFGC/2018 y, establécense las especificaciones complementarias que siguen.
Artículo 2°.- A los efectos indicados en el artículo primero, los interesados deberán
ingresar, a partir del 10 de septiembre y hasta el 28 de septiembre del corriente año,
inclusive, con su Clave Ciudad al sitio https://lbapw.agip.gob.ar/claveciudad/ y
seleccionar el trámite Concurso Procuración General. A los fines de la obtención de
dicha clave, se deberán considerar las instrucciones previstas en la página de la
Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, mediante el ingreso al link
https://lbapw.agip.gob.ar/claveciudad/ayuda/niveles/.
Artículo 3°.- Los aspirantes deberán completar todos los campos indicados en el
formulario de inscripción y acompañar la documentación obligatoria y adicional
requerida por el sistema, de acuerdo con los términos del Título II del Anexo II y Anexo
III de la Resolución Conjunta N° 975/MEFGC/2018.
Artículo 4°.- Los trámites de inscripción iniciados, que ingresarán al buzón grupal
SADE de la Repartición DGTALPG, sector CONCURSOSPG01, serán verificados por
el personal de la Dirección Recursos Humanos dependiente de esta Dirección
General, de lunes a viernes - días hábiles - en el horario de 09:00 a 18:00 hs.
Artículo 5°.-Dispónese que, una vez verificado cada trámite de inscripción, deberá
asignarse a cada aspirante un código personal, mediante Informe Reservado, que
servirá como identificación a lo largo de todo el proceso de selección, conforme los
términos del artículo 18 del Anexo II de la Resolución Conjunta N° 975/MEFGC/2018.
Artículo 6°.- Los trámites verificados deberán ser derivados por el personal de la
Dirección Recursos Humanos al buzón grupal de la Repartición DGTALPG, sector
CONCURSOSPG02, agregando el Informe Reservado con el código personal
asignado al aspirante.
Artículo 7°.- La Dirección Recursos Humanos deberá notificar al aspirante su código
personal mediante
correo electrónico a enviar desde
concursospg@buenosaires.gob.ar a la casilla informada al momento de la inscripción y
remitirá al/la Secretario/a del Tribunal del Concurso la información correspondiente a
cada aspirante, incluyendo un listado diario en el cual se identifiquen: fecha de
inscripción, apellido, nombre, CUIT/CUIL, dirección de correo electrónico, domicilio
constituido en CABA y código personal asignado a cada aspirante. Ello, a fin de que
dicho Órgano evalúe el cumplimiento de las condiciones de admisibilidad y los
requisitos.
Artículo 8°.- A los fines indicados en el artículo 7° se requerirá la colaboración de la
Dirección Escuela de Formación en Abogacía Pública, conforme las facultades
asignadas a dicha dependencia mediante Decreto N° 400/GCABA/2017.
Artículo 9°.-Dispónese que cualquier pedido de aclaración, ratificación o rectificación
de la información o documentación ingresadas en esta etapa, y de conformidad con el
artículo 17 del Anexo II de la Resolución Conjunta N° 975/MEFGC/2018, deberá ser
canalizado a través de la aplicación TAD y mediante correo electrónico a la casilla
informada por el aspirante al momento de la inscripción.
Artículo 10°.- A los efectos indicados en el artículo 9°, y sólo en los casos en que se
requiera la comparecencia personal de los aspirantes, éstos deberán presentarse, en
la fecha y horario indicado en la correspondiente notificación, en la oficina de la
Dirección Recursos Humanos sita en Uruguay 466, segundo piso, oficina 1, de esta
Ciudad.
Artículo 11°.- La documentación agregada en la etapa de inscripción será la
oportunamente valorada en la instancia de Evaluación de Antecedentes, conforme lo
establecido en el Título VI del Anexo II de la Resolución Conjunta N°
975/MEFGC/2018.
Artículo 12°.- Las actas que fueran labradas por el Tribunal deberán ser incorporadas
al Expediente Electrónico por el cual tramita el presente concurso mediante acrónimo
SADE "ACTA"
Artículo 13°.- Establécese que toda solicitud de recusación de los miembros del
Tribunal prevista en el artículo 9° del Anexo II de la Resolución Conjunta N°
975/MEFGC/2018, deberá presentarse ante la Mesa de Entradas de la Procuración
General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sita en Uruguay 440, Planta Baja, de
esta Ciudad, en el horario de 10.00 a 14.00 hs.
Artículo 14°.-Dispónese que toda notificación referente al concurso, incluida la nómina
de postulantes admitidos y la de quienes aprueben la evaluación escrita, deberá
realizarse a través del sitio web www.buenosaires.gob.ar/procuración, carteleras de
ingreso al edificio de la Procuración General sita en Uruguay 440/466 de esta Ciudad y
correo electrónico a la casilla informada por el aspirante al momento de la inscripción.
Artículo 15°.- Las publicaciones que deban sustanciarse en el sitio web de la
Procuración General, serán requeridas por la Dirección Recursos Humanos
dependiente de esta Dirección General a la Dirección Escuela de Formación de
Abogacía Pública mediante Comunicación Oficial, acompañando texto de publicación y
fecha.
Artículo 16°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, exhíbase
en cartelera oficial de Procuración General, y difúndase en el portal web de la
Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese al Sr.
Procurador General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al Ministerio de
Economía y Finanzas, a la Jefatura de Gabinete de Ministros y a la Secretaría Legal y
Técnica. Remítase a la Dirección Recursos Humanos dependiente de esta Dirección
General a efectos de informar a la Dirección Escuela de Formación de Abogacía
Pública lo normado por los artículos 8 y 12 de la presente y dar cumplimiento a lo que
aquí se dispone. Notifíquese a los miembros titulares y suplentes del tribunal del
concurso en cuestión. Cumplido, archívese. Rodríguez