DECRETO 302 2018
Síntesis:
SE DECLARA ADQUIRIDO - DOMINIO DE INMUEBLE - AVENIDA COSTANERA RAFAEL OBLIGADO SIN NÚMERO ESQUINA LA PAMPA SIN NÚMERO - CALLE INTENDENTE GUIRALDES SIN NÚMERO - SE AUTORÍZA - DIRECCIÓN GENERAL ESCRIBANÍA GENERAL - SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA - DECLARATORIA DE DOMINIO A FAVOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Publicación:
19/09/2018
Sanción:
14/09/2018
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Nacional N° 17.801 y
sus modificatorias, la Ley N° 5460 (Texto consolidado por Ley N° 5.666) y su
modificatoria Ley N° 5960, el Decreto N° 230/18, el Expediente Electrónico N° 2018-
12.804.003-MGEYA-DGABC, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, tramita la solicitud de primera inscripción
dominial del predio ubicado en la Avenida Costanera Rafael Obligado Sin Número,
esquina Calle La Pampa Sin Número y Calle Intendente Guiraldes Sin Número,
identificado catastralmente bajo la Circunscripción 16; Sección 25; Manzana 131,
Parcela 1, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme ilustra el Plano de
Mensura para Primera Inscripción N° 16-C-2018;
Que la Ley de Ministerios N° 5.460 y su modificatoria, contempla entre los Ministerios
del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al Ministerio de
Economía y Finanzas con sus respectivas funciones;
Que la mencionada norma en su artículo 3° inciso 18 atribuye al Ministerio de
Economía y Finanzas la competencia para entender en todos los aspectos vinculados
a la posesión, tenencia, administración, dominio, disposición y enajenación de los
bienes inmuebles de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el Decreto N° 230/18 estableció entre las responsabilidades primarias de la
Dirección General de Administración de Bienes y Concesiones dependiente del
Ministerio de Economía y Finanzas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, la de propiciar, entender y supervisar en el proceso de regulación dominial y
catastral de los bienes inmuebles del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, en coordinación con las áreas competentes;
Que la Dirección General Registro de Obras y Catastro del Ministerio de Desarrollo
Urbano y Transporte aprobó el Plano de Mensura número 16-C-2018 dando origen a
la Parcela 1 de la Manzana 131, Sección 25, Circunscripción 16, contando la Parcela 1
con una superficie de 35.307,58 m2;
Que la Dirección General Escribanía General de la Secretaría Legal y Técnica en el
ámbito de sus competencias informó que el predio ubicado en la Avenida Costanera
Rafael Obligado N° 6710, esquina Calle La Pampa Sin Número y Calle Intendente
Guiraldes Sin Número, identificado catastralmente como la Parcela 1, Manzana 131,
Sección 25, Circunscripción 16, fue históricamente concesionado por la entonces
Municipalidad de Buenos Aires, hoy Ciudad Autónoma de Buenos Aires como
continuadora, careciendo de título formal;
Que es pertinente autorizar a la Dirección General Escribanía General a instrumentar
la declaratoria de dominio del mencionado predio para su inscripción por ante el
Registro de la Propiedad Inmueble de Capital Federal de conformidad a lo establecido
en el artículo 3 inciso a) de la Ley Nacional N° 17.801, y sus modificatorias;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado debida
intervención conforme Ley N° 1218, (texto consolidado por Ley N° 5.666).
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA
Artículo 1°.- Declárase adquirido por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el dominio
del inmueble sito en la Avenida Costanera Rafael Obligado Sin Número, esquina calle
La Pampa Sin Número y calle Intendente Guiraldes Sin Número, identificado
catastralmente bajo la Circunscripción 16, Sección 25, Manzana 131, Parcela 1,
conforme Plano de Mensura para Primera Inscripción N° 16-C-2018, aprobado por la
Dirección General Registro de Obras y Catastro del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires.
Artículo 2°.- Autorízase a la Dirección General Escribanía General de la Secretaría
Legal y Técnica a instrumentar la declaratoria de dominio a favor de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires del inmueble mencionado en el artículo 1° y a inscribirlo
mediante escritura pública y/o documento administrativo en el Registro de la
Propiedad Inmueble de Capital Federal.
Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Economía y
Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 4°: Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Dirección General Registro de Obras y Catastro del Ministerio de
Desarrollo Urbano y Transporte, a la Dirección General Administración de Bienes y
Concesiones del Ministerio de Economía y Finanzas, y para su conocimiento y demás
efectos pase a la Dirección General Escribanía General de la Secretaría Legal y
Técnica. Cumplido, archívese. SANTILLI p/p - Mura - Miguel