DECRETO 311 2018
Síntesis:
SE APRUEBAN PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS - LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA - OBRA CENTRO PENITENCIARIO FEDERAL V DE MARCOS PAZ - ETAPA 3 - CPF V - COMPLEJO DEVOTO - CONSTRUCCIÓN DE DOS DE INSTITUTOS DE ALOJAMIENTO Y DE LOS PUESTOS ELEVADOS DE SEGURIDAD - SUBSECRETARÍA DE OBRAS - MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DE LA NACIÓN
Publicación:
24/09/2018
Sanción:
20/09/2018
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, los Decretos Nros. 1.254/08 y
modificatorio, 363/15 y modificatorios, el Expediente Electrónico N° EX-2018-
20835624-MGEYA-DGOINFU, y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 12 de marzo de 2018 se suscribió un Convenio Marco entre el
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, el Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y la Agencia de Administración de Bienes del Estado,
ratificado el 7 de junio de 2018 por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires mediante Resolución N° 100/2018, cuyo objeto consiste en establecer acciones
conjuntas y coordinadas en vistas al interés público de este Gobierno en el traslado del
denominado "COMPLEJO DEVOTO", a fin de favorecer al desarrollo urbano integral
de su actual emplazamiento, mediante un plan conjunto con el Estado Nacional;
Que, entre las acciones conjuntas previstas en el citado Convenio Marco, se previó la
construcción de un nuevo complejo penitenciario por parte del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que como derivación de dicho Convenio Marco se suscribió el Acta Complementaria
N° 1, IF-2018-23610188-DGEGRAL, entre el Ministerio de Justicia y Derechos
Humanos de la Nación, la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) y
el Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que del mismo se desprende que el nuevo complejo penitenciario se construirá en el
predio denominado catastralmente como Circunscripción III, Parcela 191d, Sección
Rural, con una superficie de ciento veinte (120) hectáreas en el partido de Marcos Paz,
Provincia de Buenos Aires;
Que por el Expediente Electrónico citado en el Visto tramita la Licitación Pública que
tiene por objeto la contratación de la obra correspondiente a la tercera etapa de
construcción del Centro Penitenciario Federal en Marcos Paz V (CPF V) )", y
comprende la ejecución de las obras relativas a la construcción de dos de los cuatro
institutos de alojamiento y de los puestos elevados de seguridad;
Que, una vez concluidas las tres etapas, el CPF V contará con una capacidad total de
alojamiento de DOS MIL DOSCIENTAS CUARENTA (2240) plazas funcionales, en un
todo de acuerdo con los lineamientos y características que se desprenden del
articulado de la Ley Nacional de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad N°
24.660 y su ley modificatoria N° 26.813;
Que de conformidad con el marco jurídico establecido por la Ley Nacional de Obras
Públicas N° 13.064, a través del Decreto N° 1.254/ 08, modificado por su similar N°
663/09, se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales para las Obras
Mayores;
Que la Dirección General Obras de Infraestructura Urbana dependiente de la
Subsecretaría de Obras del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte en conjunto
con el equipo técnico de la Subsecretaría de Asuntos Penitenciarios y Relaciones con
el Poder Judicial y la Comunidad Académica del Ministerio de Justicia y Derechos
Humanos de la Nación confeccionaron los Pliegos de Bases y Condiciones
Particulares y de Especificaciones Técnicas, que como Anexos I y II respectivamente
integran el presente;
Que lo mencionado en el párrafo anterior se desprende de lo informado por el titular de
la Unidad de Obras de Reparación y Mantenimiento de Establecimientos
Penitenciarios de la Subsecretaría de Asuntos Penitenciarios y Relaciones con el
Poder Judicial y la Comunidad Académica del Ministerio de Justicia y Derechos
Humanos de la Nación (U.D.O.R.), IF-2018-25714430-DGTALMDUYT, habiendo
asimismo prestado conformidad a la documentación licitatoria obrante en el
Expediente Electrónico citado en el visto, en uso de las facultades que le fueran
conferidas a la referida Unidad por la Resolución 2018-653-APN-MJ y a la mentada
Subsecretaría por el Decreto N° 174/PEN/18, la que en su Anexo II establece como
objetivos: Inciso "9. Asistir al Secretario en la elaboración de contenidos a incluir en los
Pliegos de Bases y Condiciones Generales, Cláusulas Especiales y Especificaciones
Técnicas, como así también en la elaboración de los Cómputos y Presupuesto para la
contratación de obras y equipamiento de los establecimientos carcelarios y unidades
dependientes del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL";
Que el presupuesto oficial se ha establecido en la suma de PESOS MIL
TRESCIENTOS NOVENTA MILLONES SEISCIENTOS ONCE MIL SEISCIENTOS
SIETE CON 17/100 ($ 1.390.611.607,17.-);
Que el plazo de ejecución es de VEINTE (20) meses contados a partir de la fecha de
comienzo de los trabajos fijada en el Acta de Inicio;
Que, en consecuencia, corresponde aprobar los Pliegos de Bases y Condiciones
Particulares y de Especificaciones Técnicas que regirán la presente contratación;
Que se ha procedido a efectuar la correspondiente previsión presupuestaria para
hacer frente a la erogación que demande la presente gestión;
Que han tomado la debida intervención la Dirección General de Redeterminación de
Precios y la Gerencia Operativa de Asuntos Legales de Seguros de la Dirección
General de Compras y Contrataciones, ambas dependientes del Ministerio de
Economía y Finanzas;
Que se ha presentado ante la Municipalidad de Marcos Paz el correspondiente Estudio
de Impacto Ambiental, conforme surge de la constancia obrante en el expediente
citado en el visto, IF-2018-25659622-DGOINFU;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención
de su competencia en virtud de lo establecido por la Ley N° 1.218.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Apruébanse los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de
Especificaciones Técnicas para la Licitación Pública correspondiente a la obra "Centro
Penitenciario Federal V de Marcos Paz - ETAPA 3", los que como Anexos I (PLIEG-
2018- 25857367-DGOINFU) y II (IF-2018-23605698-SSOBRAS, IF-2018-23605966-
"2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
SSOBRAS, IF-2018-23606085-SSOBRAS, IF-2018-23606190-SSOBRAS, IF-2018-
23606548-SSOBRAS, IF-2018- 23607053-SSOBRAS, IF-2018-23607563-SSOBRAS,
IF-2018-23607653-SSOBRAS, IF-2018-23607733- SSOBRAS, IF-2018-23607834-
SSOBRAS, IF-2018-23607953-SSOBRAS, IF-2018-23608030- SSOBRAS, IF-2018-
23608097-SSOBRAS, IF-2018-23608175-SSOBRAS, IF-2018-23608237- SSOBRAS,
y los planos de la presente contratación, que se identifican en el Pliego de
Especificaciones Técnicas, los que deberán ser requeridos por los posibles oferentes
de conformidad con lo que se estipule por las circulares que se emitan),
respectivamente, forman parte integrante del presente.
Artículo 2°.- Autorízase al señor Ministro de Desarrollo Urbano y Transporte a realizar
el pertinente llamado a Licitación Pública Nacional, por el régimen de la Ley Nacional
de Obras Públicas N° 13.064, conforme la documentación que se aprueba por el
artículo 1° del presente Decreto, cuyo presupuesto oficial asciende a la suma total de
PESOS MIL TRESCIENTOS NOVENTA MILLONES SEISCIENTO ONCE MIL
SEISCIENTOS SIETE CON 17/100 ($ 1.390.611.607,17.-).
Artículo 3°.- Delégase en el señor Ministro de Desarrollo Urbano y Transporte la
facultad de emitir circulares aclaratorias, con y sin consulta sobre la documentación
aprobada por el artículo 1° del presente Decreto, designar a los miembros de la
Comisión Evaluadora de Ofertas, dictar los actos administrativos necesarios para
adjudicar la licitación pública y suscribir el pertinente contrato y dictar todos los actos
administrativos que fueren necesarios para la materialización, control y ejecución de la
obra desde su inicio hasta su finalización y recepción definitiva, así como las
modificaciones de obra y ampliaciones de plazo, y su rescisión, en caso de
corresponder.
Artículo 4°.- El presente gasto se imputará a la partida presupuestaria de los ejercicios
correspondientes, subordinado al crédito que para cada ejercicio se consigne en los
respectivos presupuestos.
Artículo 5°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo
Urbano y Transporte y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio
de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, para su
conocimiento y demás fines, remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y
Legal del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte para la prosecución de su
trámite. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Moccia - Mura p/p