RESOLUCIÓN 508 1998 SECRETARIA DE PRODUCCION Y SERVICIOS

Síntesis:

INVIERTE SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - PASAJE BUSCHIAZZO  DESDE AV. DEL LIBERTADOR A J. F. SEGUÍ  - CALLES - ARTERIAS - MANO ÚNICA 

Publicación:

22/07/1998

Sanción:

07/07/1998

Organismo:

SECRETARIA DE PRODUCCION Y SERVICIOS


Visto el Registro N° 337-DGV-98, relacionado con la inversión del sentido circulatorio del Pasaje Buschiazzo, y

CONSIDERANDO:

Que la inversión del sentido circulatorio del Pasaje Buschiazzo impedirá el paso del tránsito que circulando por Godoy Cruz toma dicho pasaje para sortear el semáforo existente en la últimáde las arterias nombradas y Av. del Libertador;

Que la adopción de tal temperamento no altera la circulación de la cuadrícula, favoreciendo y mejorando la calidad de vida de los vecinos frentistas de dicho pasaje;

Que dicha medida se implementará en forma experimental, y que de acuerdo a posteriores evaluaciones y de considerarse correcto el funcionamiento del sentido propuesto, se dará oportuna intervención a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para su aprobación definitiva;

Por ello, y de acuerdo con lo aconsejado por la Dirección General de Vialidad,

EL SECRETARIO DE PRODUCCION Y SERVICIOS

RESUELVE:

Artículo 1° - Modifícase provisoriamente y a título experimental, el contenido del Decreto Ordenanza N° 10.407/47 “Texto ordenado de las arterias con sentido único de circulación” invirtiéndose el sentido circulatorio del Pasaje Buschiazzo de Av. del Libertador a J. F. Seguí de NE a SO.

Art. 2° - La presente medida entrará en vigencia efectiva una vez instalado el señalamiento ilustrativo correspondiente.

Art. 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Policía Federal Argentina, a la Dirección General de Obras Publicas y para su conocimiento y demás fines pase a la Dirección General de vialidad. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

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Res. 508.SPYP-98 invierte sentido de circulación Pasaje Buschiazo, modifica Dec.Ord. 10407