RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO 293 2018 LOTERIA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES S.E. LOTBA S.E. LEY 5785
Síntesis:
SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO 36-LOTBA-17 - COMISIÓN DE RECEPCIÓN DEFINITIVA DE BIENES Y SERVICIOS - FUNCIONAMIENTO - SECRETARÍA GENERAL - JUEGOS DE AZAR - DESTREZA - APUESTAS MUTUAS - LOTBA SE - COMPRAS Y CONTRATACIONES - LOTERÍA DE BUENOS AIRES SOCIEDAD DEL ESTADO
Publicación:
25/10/2018
Sanción:
22/10/2018
Organismo:
LOTERIA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES S.E. LOTBA S.E. LEY 5785
VISTO:
la Ley N° 2.095 (texto consolidado ley N° 5.666), el Decreto N° 88-GCABA/17, las
Resoluciones de Directorio N° 36-LOTBA/17, N° 47-LOTBA/17 y N° 130-LOTBA/18, el
Expediente Electrónico N° EX-2017-21285857-MGEYA-LOTBA y,
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución de Directorio N° 36-LOTBA/17 se constituyó la Comisión de
Recepción Definitiva de Bienes y Servicios, de conformidad con lo establecido en el
Artículo 118 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado ley N° 5.666), la cual funciona en la
órbita de Secretaría General;
Que mediante la citada Resolución fueron designados los integrantes de la
mencionada Comisión y posteriormente mediante Resolución de Directorio N° 130-
LOTBA/18 fue modificada la conformación de la misma;
Que resulta conveniente modificar la conformación de la citada Comisión integrándola
con un representante de cada una de las Gerencias de esta Sociedad a fin de
promover la eficacia y eficiencia del funcionamiento de la misma, fomentando la
interacción de las diversas áreas;
Que las distintas Gerencias han indicado sus representantes titulares y suplentes para
integrar dicha Comisión (cfr. Documentos Oficiales N ° NO-2018-26227664-LOTBA, N°
NO-2018-27135573-LOTBA, N° NO-2018-26207848-LOTBA, N° NO-2018- 27497727-
LOTBA e IF-2018-27851581-LOTBA);
Que como consecuencia de ello se han generado los Documentos Oficiales IF-2018-
27536121-LOTBA e IF-2018-27541509-LOTBA en el que obran el listado de los
miembros titulares y suplentes, respectivamente;
Que, tanto el Artículo 118 de la ley N° 2.095 (texto consolidado ley N° 5.666) como el
Artículo 63 del Reglamento de Adquisiciones y Contrataciones de esta Sociedad,
aprobado por Resolución de Directorio N° 47-LOTBA/17, requieren que los miembros
de la Comisión de Recepción Definitiva de Bienes y Servicios no integren la Comisión
de Evaluación de Ofertas;
Que la Subgerencia de Capital Humano ha indicado que ninguno de los miembros a
ser designados forman parte de la Comisión citada en último término;
Que la Subgerencia de Coordinación Documental, las Gerencias Administrativa y
Técnica, Control de Juegos y Apuestas, Modernización y Tecnologías de la
Información, Ordenamiento del Juego y la Subgerencia de Capital Humano y Asuntos
Legales han tomado intervención de su competencia;
Por ello y en uso de las facultades emergentes del Artículo 15 del Estatuto de LOTBA
S.E. aprobado por Decreto N° 88-GCABA/17,
Artículo 1°.- Modifícase el Artículo 1° de la Resolución de Directorio N° 36-LOTBA/17,
el que quedará redactado de la siguiente manera: "Creáse una Comisión de
Recepción Definitiva de Bienes y Servicios, la que actuará en el ámbito de LOTBA
S.E., de acuerdo con el procedimiento establecido en el Artículo 118 de la Ley N°
2.095".
Artículo 2°.- Déjase sin efecto el Artículo 2° de la Resolución de Directorio N° 36-
LOTBA/17 y la Resolución de Directorio N° 130-LOTBA/18.
Artículo 3°.- Desígnase a los agentes indicados en el Documento Oficial N° IF-2018-
27536121-LOTBA como miembros titulares y a los indicados en el Documento Oficial
N° IF-2018-27541509-LOTBA como miembros suplentes de la Comisión de Recepción
Definitiva de Bienes y Servicios creada conforme Resolución de Directorio N° 36-
LOTBA/17.
Artículo 4°.- Por Secretaría General publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de
Buenos Aires. Por la Subgerencia de Capital Humano notifíquese a los agentes
designados. Cumplido, Archívese. Pando - Pujol - Navarro - Díaz Alberdi - García
Santillán