DISPOSICIÓN 5653 2018 DIRECCION GENERAL DE DEFENSA Y PROTECCION AL CONSUMIDOR

Síntesis:

PRORROGA PLAZO -  31 DE DICIEMBRE DE 2018 - PRESENTACIÓN  DECLARACIÓN JURADA 2017 A ADMINISTRADORES - INCUMPLIMIENTO - INFRACCIÓN - REGISTRO PÚBLICO DE ADMINISTRADORES DE CONSORCIOS DE PROPIEDAD HORIZONTAL - DIRECCIÓN GENERAL DEFENSA Y PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR

Publicación:

01/11/2018

Sanción:

31/10/2018

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE DEFENSA Y PROTECCION AL CONSUMIDOR


VISTO:

La Ley N° 941 y sus modificatorias N° 3254, 3291 y 5983, el Decreto Reglamentario N°

551/2010, la Disposición N° DI-2017-5144-DGDYPC, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Disposición N° DI-2017-5144-DGDYPC esta Dirección General de

Defensa y Protección al Consumidor, como Autoridad de Aplicación de la Ley 941 -

texto consolidado y modificado-, dispuso en su Artículo 3°, que los administradores

que hayan ejercido la actividad en el período 2017 debían presentar la Declaración

Jurada de los Consorcios administrados (conforme consta en el Manual de

Procedimientos) desde el 1 de marzo de 2018 hasta el 31 de octubre de 2018

inclusive;

Que encontrándose próximo a vencer dicho plazo, el Registro Público de

Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal ha constatado que en los

últimos días se han recepcionado una gran cantidad de presentaciones mediante el

Sistema de Trámites a Distancia; como así también, se detectaron diversas consultas -

presenciales, telefónicas y correos electrónicos-, tendientes a evacuar dudas en pos

de cumplimentar mentada obligación;

Que por ser intención de este Organismo que todos los matriculados logren dar

cumplimiento a las presentaciones de Declaraciones Juradas en tiempo y forma, y de

esta manera poder contar con una base de datos actualizada; se entiende razonable

extender el plazo para efectuar la presentación antedicha hasta el 31 de diciembre de

2018.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA DIRECTORA GENERAL DE DEFENSA Y PROTECCION AL CONSUMIDOR

DISPONE

Artículo 1.- Prorróguese hasta el 31 de diciembre de 2018, el plazo para que los

administradores que hayan ejercido la actividad en el periodo 2017 presenten su

Declaración Jurada.

Artículo 2.- Finalizado el término estipulado en el Artículo 1, sin que los

administradores hayan dado cumplimiento a la obligación establecida en el Artículo 12

de la Ley 941 y 12 del Decreto Reglamentario N° 551/2010, serán considerados

incursos en infracción al artículo 15 inciso f) de la Ley 941.

Artículo 3.- Publíquese por tres días en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires. Para conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa

Asuntos Jurídicos, Judiciales e Institucionales y al Registro Público de Administradores

de Consorcio de Propiedad Horizontal. Cumplido, archívese. Bouza

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 Disposción 5653-DGDYPC-18 prorroga el plazo para que administradores que hayan ejercido la actividad en el periodo 2017 presenten su Declaración Jurada, hasta el 31 de  diciembre de 2018.</p>