DECRETO 352 2018

Síntesis:

CONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICA - MODIFICACIÓN DE TARIFA - SERVICIO DE VERIFICACIÓN TÉCNICA VEHICULAR OBLIGATORIA - VTV - CENTRO CULTURAL ADÁN BUENOS AYRES - 6 DE DICIEMBRE DE 2018 - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN COMUNAL - SECRETARÍA DE ATENCIÓN Y GESTIÓN CIUDADANA - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Publicación:

02/11/2018

Sanción:

01/11/2018

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


"2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"

VISTO:

Las Leyes Nros. 6, 4.111 y 2.265 (textos consolidados por Ley N° 6.017), el Decreto

N° 363/15 y

sus modificatorios, y el Expediente Electrónico N°

29209197/MGEYA/DGHCT /2018 y;

CONSIDERANDO:

Que, por el expediente electrónico citado en el Visto, tramita la solicitud de las

empresas concesionarias del servicio de Verificación Técnica Vehicular Obligatoria en

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, establecida por la Ley N° 2.265, para que se

adecue el valor de la tarifa;

Que el artículo N° 66 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado por Ley

N° 4.111, establece que para salvaguardar la ecuación económica financiera y

considerar su eventual adecuación, la fórmula que se considerará para analizar la

evolución de los costos y su impacto sobre la tarifa estará integrada en un sesenta por

ciento (60%) por el índice promedio de la variación salarial de los trabajadores de

SMATA (Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor de la República

Argentina) para la jurisdicción del área de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y un

cuarenta por ciento (40%) por el índice de variación de Precios Mayoristas Nivel

General elaborado por el INDEC, indicando que toda variación de costos superior al

cinco por ciento (5%) generará el derecho de solicitud de reconsideración de tarifas;

Que la Dirección General Habilitación de Conductores y Transporte dependiente de la

Subsecretaría de Movilidad Sustentable y Segura de la Secretaría de Transporte

dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, realizó un estudio sobre

la rentabilidad del sector, analizando detalladamente la evolución de los costos

involucrados que inciden en la prestación de dicho servicio;

Que, en tal sentido, en el informe N° IF-2018-29408620-DGHCT efectuado por la

citada Dirección General se observa una desactualización de más del cinco por ciento

(5 %) en la variación de los costos de la tarifa, por lo que resulta pertinente la revisión

de dicho importe con la finalidad de restablecer la rentabilidad en la prestación del

servicio;

Que el análisis realizado estimó que un aumento del veintitrés por ciento (23%) en el

valor de la tarifa del Servicio de Verificación Técnica Vehicular Obligatoria

restablecería razonablemente dicha ecuación económica;

Que en virtud de la Ley N° 6, la Secretaría de Transporte propicia la realización de una

Audiencia Pública Temática;

Que es de interés permanente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

que todos los actos de la Administración sean el resultado de tramitaciones en las

cuales se garantice la transparencia de los procedimientos administrativos;

Que la garantía de oír al administrado, en la medida en que pueda verse afectado en

sus derechos o intereses, es un principio clásico del derecho constitucional y

administrativo, al cual se adhiere;

"2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"

Que el procedimiento de consulta, esencialmente escrito y el procedimiento de

Audiencia Pública, preponderantemente oral, coadyuvan a la búsqueda de

transparencia y amplitud de participación y debate ciudadano;

Que el artículo 8° de la Ley N° 6, establece que el Poder Ejecutivo convoca a

Audiencia Pública mediante el dictado de un Decreto;

Que por Decreto N° 363/15 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico

funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, disponiéndose

dentro de las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Gestión Comunal,

dependiente de la Secretaría de Atención y Gestión Ciudadana de la Jefatura de

Gabinete de Ministros, la organización de las Audiencias Públicas que convoque el

Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en cumplimiento de la Ley

N° 6;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención

de su competencia en virtud de lo establecido por la Ley N° 1.218;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como de las atribuidas por

la Ley N° 6,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1° Convócase a Audiencia Pública para el día 6 de diciembre de 2018 a las 12

hs en el Centro Cultural "Adán Buenos Ayres", sito en la avenida Asamblea N° 1200

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para el tratamiento de la modificación de la

tarifa para el Servicio de Verificación Técnica Vehicular Obligatoria, propuesta en el

Anexo I (IF-2018-29631920 -DGHCT), que forma parte integrante a todos sus efectos

del presente Decreto.

Artículo 2°.- La presente convocatoria se dirige a toda persona humana o jurídica que

pueda invocar un derecho subjetivo, interés legítimo, simple, difuso o de incidencia

colectiva, relacionado con la temática objeto de la audiencia y al público en general.

Podrán asistir en carácter de participantes quienes posean domicilio en la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires y se inscriban previamente en el registro habilitado a tal

efecto.

Artículo 3°.- Establécese que el Organismo de Implementación encargado de

organizar la Audiencia Pública es la Subsecretaría de Gestión Comunal, dependiente

de la Secretaría de Atención y Gestión Ciudadana de Jefatura de Gabinete de

Ministros sita en Avenida de Mayo N° 591, Piso 4° (Tel. 4348-8900 int. 1215), la que

debe disponer la apertura del Registro de Participantes.

Artículo 4°.- La inscripción de participantes y vista del expediente comienza el día

miércoles 7 de noviembre hasta el jueves 29 de noviembre de 2018. Los interesados

podrán registrarse en la Subsecretaría de Gestión Comunal, dependiente de la

Secretaría de Atención y Gestión Ciudadana de la Jefatura de Gabinete de Ministros

sita en Av. De Mayo N° 591, Piso 4 de la Ciudad de Buenos Aires, de lunes a viernes

en el horario de 11.00 a 16.00 hs, o a través de Internet a la dirección de correo

electrónico audienciaspublicas@buenosaires.gob.ar de conformidad a lo dispuesto por

el artículo 49 de la Ley N° 6.

"2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"

Artículo 5°.- La difusión de la Audiencia Pública será realizada de conformidad a lo

establecido en los artículo 44 a 46 de la ley N° 6.

Artículo 6°.- Desígnase como Presidente de la Audiencia Pública al Señor Ministro de

Desarrollo Urbano y Transporte o a quien el mismo designe en su reemplazo.

Artículo 7°.- La Coordinación de la Audiencia Pública estará a cargo de funcionarios de

la Subsecretaría de Gestión Comunal, dependiente de la Secretaría de Atención y

Gestión Ciudadana de la Jefatura de Gabinete de Ministros debiendo concurrir a la

misma funcionarios de la Secretaría de Transporte, dependiente del Ministerio de

Desarrollo Urbano y Transporte, quienes aportarán la información técnica que fuere

requerida.

Artículo 8°.- Los gastos que insuma la realización de la Audiencia Pública que tramita

por el presente, serán afrontados con fondos provenientes de la partida presupuestaria

correspondiente.

Artículo 9°.- El presente Decreto es refrendado por el Señor Ministro de Desarrollo

Urbano y Transporte y el Señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 10.- Publíquese por DOS (2) días en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos

Aires y, para su conocimiento y demás efectos, gírese a la Secretaría de Atención y

Gestión Ciudadana de la Jefatura de Gabinete de Ministros quien comunicará a la

Subsecretaría de Gestión Comunal a fin de dar cumplimiento a los artículos 3, 4 y 5

del presente decreto y comuníquese a la Secretaría de Transporte y a la Dirección

General de Habilitaciones de Conductores y Transporte, ambas dependientes del

Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte para que proceda a notificar a las

concesionarias del Servicio de Verificación Técnica Vehicular en la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Moccia - Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5491

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>El Art. 1º de la Resolucion 995/MDUYTGC/18  designa al Sr. Rodolfo Federico Nilles en virtud del Art. 6º del Decreto 352/18.</p>