RESOLUCIÓN 1043 2018 SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE
Síntesis:
EXCLUYEN TRAMOS DE ARTERIAS - CALLES CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - TRANSITORIO - TRÁNSITO Y TRANSPORTE - DECRETO-ORDENANZA 1040747 - MANO ÚNICA - DOBLE MANO - RESTITUYE DOBLE SENTIDO DE CIRCULACIÓN VEHICULAR - BRIG GRAL JUAN FACUNDO QUIROGA - EDUARDO J COUTURE - AV LIBRES DEL SUR - INCLUYE - JUAN A BIBILONI - PROHIBICIÓN DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR JUNTO AL CORDÓN DE AMBAS ACERAS LAS 24 HS EN JULIO VÍCTOR GONZÁLEZ - VEHÍCULOS
Publicación:
02/11/2018
Sanción:
29/10/2018
Organismo:
SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE
VISTO:
el Expediente N.° EX-2018-29656721- -MGEYA-DGTYTRA y la Resolución N°
201/SECTRANS/16, y
CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados, se ha estudiado el comportamiento circulatorio de
varias arterias en la zona de la Facultad de Derecho y alrededores del Barrio de
Recoleta;
Que analizada la cuadrícula circulatoria, que integran las calles de la zona, se
comprobó la necesidad de asignarles doble sentido de circulación, a los siguientes
tramos de arterias, teniendo en cuenta las modificaciones en el sector debido al nuevo
trazado de la Autopista Illia, por lo que se generan trastornos en la zona de los tramos:
Brig. Gral. Juan Facundo Quiroga, desde el acceso a la Playa de Acarreo hasta la Av.
Presidente Figueroa Alcorta; Eduardo J. Couture, desde la calle Julio Víctor González
hasta la calle Juan A. Bibiloni; y Av. Libres del Sur, desde la calle Eduardo J. Couture
hasta la calle Brig. Gral. Juan Facundo Quiroga;
Que se le asignara sentido único de circulación a la calle Juan A. Bibiloni, desde la
calle Eduardo J. Couture hasta la Av. Figueroa Alcorta de NE a SO;
Que el estacionamiento estará prohibido junto al cordón de ambas aceras de la calle
Julio Víctor González entre la Av. Figueroa Alcorta y la calle Eduardo J. Couture
durante las 24 hs.;
Que a través de la Resolución citada en el Visto, se delegó a esta Subsecretaria de
Tránsito y Transporte el ejercicio de la facultad para entender en cuestiones relativas
con la anteriormente expuesta.
Por ello, y en virtud de las facultades delegadas mediante la Resolución N.°
201/SECTRANS/16,
Artículo 1°.- Exclúyase, con carácter transitorio y por el término que dure la obra, en
las disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado
referido a las calles con sentido único de circulación, y restitúyase el doble sentido de
circulación vehicular a los siguientes tramos de arterias:
ÃÂ÷ Brig. Gral. Juan Facundo Quiroga, desde el acceso a la Playa de Acarreo hasta la
Av. Presidente Figueroa Alcorta.
ÃÂ÷ Eduardo J. Couture, desde la calle Julio Víctor González hasta la calle Juan A.
Bibiloni.
ÃÂ÷ Av. Libres del Sur, desde la calle Eduardo J. Couture hasta la calle Brig. Gral. Juan
Facundo Quiroga.
Artículo 2°.- Inclúyese, con carácter experimental y por el término de 90 días, en las
disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado referido a
las calles con sentido único de circulación, al siguiente tramo de arteria Juan A.
Bibiloni, desde la calle Eduardo J. Couture hasta la Av. Figueroa Alcorta de NE a SO.
Artículo 3°.- Prohíbase el estacionamiento vehicular junto al cordón de ambas aceras
durante las 24 hs, en la calle Julio Víctor González, entre la Av. Figueroa Alcorta y la
calle Eduardo J. Couture Viamonte.
Artículo 4°.- La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el
pertinente señalamiento integral (vertical, horizontal y semafórico) que proyectará la
Gerencia Operativa de Ordenamiento del Tránsito y el Transporte.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, remítase a
la Dirección General de Tránsito y Transporte para su notificación y comunicación a la
Policía Federal Argentina, Policía de la Ciudad, a las Dirección General Cuerpo de
Agentes de Control del Tránsito y Seguridad Vial y a las Gerencias Operativas de
Ordenamiento del Tránsito y Transporte y de Señalización Vial. Cumplido, remítase a
la Gerencia Operativa de Ordenamiento del Tránsito y Transporte para los fines
propuestos en el artículo anterior. Galuzzi