RESOLUCIÓN 6500 2018 MINISTERIO DE CULTURA

Síntesis:

SE OTORGA EL AUSPICIO INSTITUCIONAL PARA LA 19A EDICIóN DEL FESTIVAL DE CINE DE TERROR, BIZARRO Y FANTáSTICO BUENOS AIRES ROJO SANGRE

Publicación:

08/11/2018

Sanción:

25/10/2018

Organismo:

MINISTERIO DE CULTURA


"2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"

VISTO:

la Ley N° 5460 (texto consolidado por Ley N° 5666) modificada por la Ley N° 5960, la

Resolución N° 3913/MCGC/18 y su rectificatoria la Resolución N°4862/MCGC/18 y el

EX-2018- 14690686--MGEYA-DGTALMC y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 5.666) y su modificatoria,

la Ley N° 5960, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, contemplándose, entre los Ministerios del Poder Ejecutivo, al

Ministerio de Cultura;

Que por Decreto N° 290/18 se aprobó la estructura organizativa del citado Ministerio;

Que, por medio de la Resolución N° 3913-MCGC-2018 y rectificatoria se establecieron

las condiciones que debían reunir las solicitudes de auspicios institucionales a

determinados proyectos culturales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, la 19a edición del "Festival de cine de terror, bizarro y fantástico Buenos Aires

Rojo Sangre" cumple con lo requerido de acuerdo a los artículos 2°, 3° y 4° de la

Resolución N° 3913-MCGC-2018, lo que se refleja en el Expediente citado en el Visto;

Por ello y en uso de las facultades que le son propias;

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE

Artículo 1°.- Otórgase el auspicio institucional para la 19a edición del "Festival de cine

de terror, bizarro y fantástico Buenos Aires Rojo Sangre", conforme a las condiciones

establecidas en la RESOL-2018-3913-MCGC.

Artículo 2°.- El otorgamiento del auspicio institucional no ocasionará erogación

económica alguna a este Ministerio y habilitará al beneficiario a la utilización del

isologo o marca del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los

términos establecidos por el artículo 2° de RESOL-2018-3913-MCGC.

Artículo 3°.- El auspicio institucional caducará ante los supuestos establecidos

mediante el artículo 4° de RESOL-2018-3913-MCGC.

Artículo 4°.- Regístrese; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

y remítase a la Subgerencia Operativa Mesa de Entradas, Salida y Archivo a efectos

de que se proceda a notificar al interesado. Cumplido, archívese. Avogadro