RESOLUCIÓN 1078 2018 SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE
Síntesis:
SE RESTITUYE EL DOBLE SENTIDO CIRCULATORIO - DOBLE MANO - TRÁNSITO Y TRANSPORTE - CIRCULACIÓN - TRAMOS DE ARTERIA- CALLE COMODORO MARTÍN RIVADAVIA ENTRE CALLES VUELTA DE OBLIGADO Y AVENIDA CABILDO
Publicación:
13/11/2018
Sanción:
06/11/2018
Organismo:
SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE
VISTO:
el Expediente N:° EX-2018-19555895- -MGEYA-DGPMOV, y
CONSIDERANDO:
Que debido a estudios realizado por la Dirección General de Tránsito y Transporte se
detectó la necesidad de restituir el doble sentido circulatorio a los tramos de la arteria
Comodoro Martín Rivadavia, entre las calles Vuelta de Obligado y Avenida Cabildo,
conforme lo dispuesto por el Articulo 6.1.5 del Código de Tránsito y Transporte de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, al respecto cabe señalar que analizada la cuadricula circulatoria del sector, se
pudo establecer que dicha medida resultaría viable con fundamento en la seguridad
vial, dándole más fluidez al tránsito del sector.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Exclúyase, de las disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M.
8174), el sentido de circulación de la arteria Rivadavia, Comodoro Martín entre las
calles Vuelta de Obligado y avenida Cabildo, restituyéndose el doble sentido
circulatorio conforme lo dispuesto por el Articulo 6.1.5 del Código de Tránsito y
Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Ley 2148.
Artículo 2°.- La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el
pertinente señalamiento integral (vertical, horizontal y semafórica) que proyectará y
ejecutará la Dirección General de Tránsito y Transporte.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Secretaría de Transporte y remítase a la Dirección General de
Tránsito y Transporte para su notificación y comunicación a la Policía de la Ciudad, al
Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Seguridad Vial y a las Gerencias
Operativas de Ordenamiento del Tránsito y Transporte y de Señalamiento Vial.
Cumplido, remítase a la Gerencia Operativa de Ordenamiento del Tránsito y
Transporte para los fines propuestos en el artículo anterior. Galuzzi