DECRETO 364 2018
Síntesis:
SE CONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICA TEMÁTICA - MODIFICACIÓN DE TARIFA - SERVICIO PÚBLICO - ESTACIONAMIENTO MEDIDO EN LA VÍA PÚBLICA - INSCRIPCIÓN DE PARTICIPANTES - VISTA DEL EXPEDIENTE - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN COMUNAL - SECRETARÍA DE ATENCIÓN Y GESTIÓN CIUDADANA - PARQUÍMETROS
Publicación:
15/11/2018
Sanción:
13/11/2018
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
Las Leyes Nros. 6, 210 y 2.148 (Textos consolidados por Ley N° 6.017), los Decretos
Nros. 363/15 y sus modificatorios, 74/18, el Expediente Electrónico N° 2018-
29651017-MGEYA-DGTYTRA, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente electrónico citado en el Visto, el Ente Único Regulador de los
Servicios Públicos requirió la celebración de una Audiencia Pública Temática para el
tratamiento de la recomposición de la tarifa de estacionamiento medido en la vía
pública de conformidad con el informe técnico elaborado por la Dirección General de
Tránsito y Transporte, dependiente de la Subsecretaría de Tránsito y Transporte de la
Secretaría de Transporte del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte;
Que, en torno al estacionamiento tarifado, la mencionada Dirección General expresó
que es una herramienta de Ingeniería de Tránsito cuyo principal objetivo es optimizar
la utilización del espacio público destinado al estacionamiento, buscando un aumento
de la rotación de los vehículos estacionados y, de esta manera, hacer más equitativo
el uso del espacio público y mejorar la movilidad de las ciudades;
Que el valor horario del estacionamiento en la vía pública resulta fundamental como
mecanismo de uso racional de la vía pública, estando demostrado que el
comportamiento del público usuario es muy sensible a esta variable;
Que, a la fecha, la tarifa que resulta aplicable a dicho Servicio Público, se encuentra
fijada por el Decreto N° 74/18, en el valor de diez pesos ($ 10.00) la hora;
Que la creciente demanda de estacionamiento, sumado al atraso tarifario acumulado
en los últimos años, han repercutido desfavorablemente en el sistema, por lo que se
requiere una actualización de la tarifa de estacionamiento medido;
Que la Dirección General de Tránsito y Transporte recomienda incrementar la tarifa
correspondiente al estacionamiento medido en la vía pública al valor de pesos quince
($ 15.00) la hora;
Que en virtud de ello, corresponde convocar a una Audiencia Pública para recomponer
la tarifa de estacionamiento medido en la vía pública;
Que el inciso d) del artículo 2° de la Ley N° 210 incluye como Servicio Público a los
efectos de la aplicación de la mencionada Ley al "Control de Estacionamiento por
Concesión";
Que el artículo 13 de la Ley N° 210 prevé la convocatoria y realización de una
Audiencia Pública obligatoria y no vinculante en caso de solicitud de modificación de la
tarifa, siendo facultad del Poder Ejecutivo convocarla;
Que el último párrafo del citado artículo establece que la convocatoria y el
procedimiento de la audiencia se llevarán a cabo según el trámite dispuesto por la Ley
N° 6, salvo a lo referido a la presidencia de la misma que quedará a cargo del
Presidente del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos o de quien legalmente
lo reemplace;
Que es labor permanente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que
todos los actos de la Administración sean el resultado de tramitaciones en las cuales
se garantice la transparencia de los procedimientos administrativos;
Que la garantía de oír al administrado, en la medida que pueda verse afectado en sus
derechos o intereses, es un principio clásico del derecho constitucional y
administrativo, al cual adhiere el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el procedimiento de consulta, esencialmente escrito y el procedimiento de
Audiencia Pública, preponderantemente oral, coadyuvan a la búsqueda de
transparencia y amplitud de participación y debate;
Que por Decreto N° 363/15, y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánica
funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
contemplándose a la Subsecretaría de Gestión Comunal dependiente de la Secretaría
de Atención y Gestión Ciudadana de la Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que entre las responsabilidades primarias de dicha Subsecretaría se encuentra la
organización de las Audiencias Públicas que convoque la Administración, a fin de dar
cumplimiento con lo establecido en la Ley N° 6;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires tomó la intervención que le
compete en los términos de la Ley N° 1.218.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como las atribuidas por los
artículos 9° y 13 de las Leyes Nros. 6 y 210 respectivamente,
Artículo 1°.- Convócase a Audiencia Pública Temática para el día martes 18 de
diciembre de 2018 a las 12:00 hs. en el Espacio Cultural del Sur, sito en la Av.
Caseros N° 1750 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para el tratamiento de la
modificación de la tarifa del Servicio Público de Estacionamiento Medido en la vía
pública propuesto en el Anexo I (IF-2018- 31047785-SECTRANS) que a todos sus
efectos forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2°.- La presente convocatoria se dirige a toda persona humana o jurídica que
pueda invocar un derecho subjetivo, interés legítimo, simple, difuso o de incidencia
colectiva, relacionado con la temática objeto de la audiencia y al público en general.
Podrán asistir en carácter de participantes quienes posean domicilio en la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y se inscriban previamente en el registro habilitado al
efecto.
Artículo 3°.- Establécese que el Organismo de implementación encargado de organizar
la Audiencia Pública es la Subsecretaría de Gestión Comunal de la Secretaría de
Atención y Gestión Ciudadana, dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros,
sita en la calle Av. de Mayo 591, piso 4° (Tel. 4348-8900 int 1215) de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, la que debe disponer la apertura del Registro de
Participantes.
Artículo 4°.- La inscripción de participantes y vista del expediente comienza el día 21
de noviembre de 2018 y finaliza el día 12 de diciembre de 2018 inclusive. Los
interesados podrán registrarse en la Subsecretaría de Gestión Comunal de la
Secretaría de Atención y Gestión Ciudadana, en el horario de 11.00 a 16.00 horas, o a
través de Internet en audienciapublicas@buenosaires.gob.ar, de conformidad a lo
dispuesto por el artículo 49 de la Ley N° 6.
Artículo 5°.- La difusión de la Audiencia Pública será realizada de conformidad con los
artículos 44 a 46 de la Ley N° 6.
Artículo 6°.- Desígnase como Presidente de la Audiencia Pública al Presidente del
Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, o quien legalmente lo reemplace.
Artículo 7°.- La coordinación de la Audiencia Pública estará a cargo de funcionarios de
la Subsecretaria de Gestión Comunal, debiendo concurrir a la misma funcionarios de
la Secretaría de Transporte del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, quienes
aportarán la información técnica que fuere requerida.
Artículo 8°.- Los gastos que insuma la realización de la Audiencia Pública que tramita
por el presente, serán afrontados con fondos provenientes de la partida presupuestaria
correspondiente.
Artículo 9°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo
Urbano y Transporte y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 10.- Publíquese por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires y, comuníquese a la Dirección General de Tránsito y Transporte, a la Secretaría
de Transporte del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, y remítase a la
Subsecretaría de Gestión Comunal a fin de dar cumplimiento a los artículos 3°, 4° y 5°
del presente y comuníquese al Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA -
Moccia - Miguel