RESOLUCIÓN 17 2018 MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Síntesis:

SE SUSTITUYE ANEXO - RESOLUCIÓN CONJUNTA N° 12-MJGGC-18 - UNIDADES RETRIBUTIVAS EXTRAORDINARIAS - DISTINTAS JURISDICCIONES - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - JEFATURA DE GOBIERNO - VICEJEFATURA DE GOBIERNO - SUBBSECRETARÍA DE CONTENIDOS - JEFATURA DE GABINETE - ECONOMÍA Y FINANZAS - DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE - HÁBITAT Y DESARROLLO HUMANO - AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO - MINISTERIO DE GOBIERNO - AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - RÉGIMEN MODULAR EXTRAORDINARIO DE PLANTAS DE GABINETE - UR - SUPLEMENTO DE GABINETE

Publicación:

26/11/2018

Sanción:

16/11/2018

Organismo:

MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


"2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"

VISTO:

La Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 5.666) y su modificatoria N° 5.960, los

Decretos N° 363/15 y modificatorios, y N° 468/17, la Resolución Conjunta N°

12/MJGGC/18, y el Expediente Electrónico N° 30970570/DGDSCIV/2018, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 5.460 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto N° 363/15 y modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional

del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto N° 675/16 se modificó la referida estructura;

Que por el artículo 15 del precitado Decreto se creó el Régimen Modular

Extraordinario de Plantas de Gabinete, por el período comprendido entre el 1° de

enero y el 31 de diciembre de 2017;

Que a través del Decreto N° 468/17, se prorrogó por un (1) año el citado régimen

modular, por el período comprendido entre el 1° de enero de 2018 y 31 de diciembre

de 2018;

Que, en tal sentido, por la Resolución Conjunta N° 12/MJGGC/18 el Ministro de

Economía y Finanzas y el señor Jefe de Gabinete de Ministros, en forma conjunta,

asignaron Unidades Retributivas Extraordinarias a las distintas jurisdicciones;

Que atento la necesidad de fortalecer el desarrollo de proyectos de las jurisdicciones,

sin que ello implique modificación de estructuras, resulta necesario sustituir el Anexo

(IF-2018-13967376-DGDSCIV) de la Resolución Conjunta N° 12/MJGGC/18, por el IF-

2018- 30983844-DGDSCIV.

Por ello y en uso de las facultades conferidas por el artículo 17 del Decreto N° 675/16,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Y EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Sustitúyase el Anexo (IF-2018-13967376-DGDSCIV) de la Resolución

Conjunta N° 12/MJGGC/18 por el Anexo (IF-2018-30983844-DGDSCIV), a partir del

01 de noviembre de 2018.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a los Ministerios, Secretarías y

Subsecretarías del Poder Ejecutivo, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos

Aires, a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y a la

Dirección General Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio de

Economía y Finanzas. Cumplido, archívese. Mura - Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5506

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución Nº 17-MJGGC-MEFGC-18 sustituye el Anexo de la Resolución Conjunta N° 12/MJGGC/18, a partir del 1 de noviembre de 2018.</p>