DECRETO 2250 1993
Síntesis:
CREA LA SECCIÓN ODONTOLOGÍA DE INFECCIOSAS EN EL HOSPITAL DE INFECCIOSAS "FRANCISCO J. MUÑIZ"
Publicación:
09/03/1994
Sanción:
30/12/1993
Organismo:
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Estado:
No vigente
Visto el Expediente N° 11.055-88 y agregados (Carpeta N° 10.699), iniciado por el Hospital de Infecciosas �Francisco J. Muñiz�, área de la Secretaría de Salud, el que está relacionado con atención odontológica de pacientes infecciosos, y
CONSIDERANDO:
Que la atención odontológica de patologías infecciosas tales como hepatitis, lepra, sífilis, TBC, gangrenas no específicas, SIDA, etc., se lleva a cabo en el área de odontología del Hospital de Infecciosas �Francisco J. Muñiz�;
Que dada la particularidad que revisten las patologías infecciosas en general y el SIDA en particular, es imprescindible la formalización del área específica que opere como centro de referencia, derivación e investigación y favorezca el desarrollo del conocimiento y su aplicación en las complicaciones de tipo odontológico que deriven de las enfermedades infecciosas;
Por ello, y de acuerdo con las facultades otorgadas por el artículo 31, inciso d) de la Ley Orgánica Municipal N° 19.987;
El Intendente Municipal
Artículo 1° - Créase en el Hospital de Infecciosas "Francisco J. Muñiz", la sección Odontología de Infeccio�sas (Carrera Municipal de Profesionales de Salud), con dependencia de la Subdirección Médica del citado noso�comio, de la Dirección General Establecimientos Asisten�ciales, área de la Secretaría de Salud.
Art. 2° - Apruébanse las tareas correspondientes al cargo que se crea por el presente artículo de acuerdo anexo I, el que a todos sus efectos forma parte integrante del presente ordenamiento.
Art. 3° - Modifícase el Decreto N° 5.164-83 y sus modificatorias, de acuerdo con lo dispuesto en los artícu�los 1° y 2° de la presente norma.
Art. 4° - El gasto correspondiente que demande el presente fur previsto mediante Decreto N° 1.351-93.
Art. 5° - El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Salud y de Hacienda y Finanzas.
Art. 6° - Dése al Registro Municipal, publíquese en el Boletín Municipal y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Secretaría de Salud y a la Dirección General de Recursos Humanos.
ANEXOS
CREACIÓN SECCIÓN ODONTOLOGÍA DE INFECCIOSAS
HOSPITAL DE INFECCIOSAS "FRANCISCO J. MUÑIZ"
SECCIÓN ODONTOLOGÍA DE INFECCIOSAS
Tareas
Supervisar:
1- La atención de los pacientes con patologías de infecciosas en general y SIDA en particular, que requie�ren de su especialidad y que concurren a la consulta ambulatoria y consultas solicitadas por otros sectores del establecimiento asesorando en todos los aspectos vincu�lados con su especialidad.
2- El cumplimiento de técnicas y procedimientos quirúrgicos que hacen a la atención médica del área a su cargo.
3- El control y seguimiento ambulatorio de los pacientes de su especialidad que hubieran estado hospi�talizados y solicitar su reinternación en aquellos casos en los que, por las características del tratamiento a seguir así lo requieran.
4- La repartición de los profesionales del sector en las reuniones anátomo-clínicas de los temas de su especialidad.