DECRETO 2571 1981

Síntesis:

DETERMINA EL COSTO DE LOS MEDICAMENTOS PROPORCIONADOS POR LOS SECTORES DE INTERNACIÓN DE LOS ESTABLECIMIENTOS HOSPITALARIOS MUNICIPALES - PRESTACIONES FARMACÉUTICAS - ARANCELAMIENTO HOSPITALARIO

Publicación:

04/06/1981

Sanción:

20/05/1981

Organismo:

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES


Visto el Decreto N° 2.569/81, mediante el cual se incorporan, a partir del 1° de julio de 1981 al sistema arancelario vigente, la provisión de medicamentos en los sectores de internación de los distintos establecimientos hospitalarios dependientesde la Secretaría de Salud Pública, y

CONSIDERANDO:

Que a los fines de otorgar una mecánica adecuada al arancelamiento de productos medicinales provistos en internación, resulta conveniente la adopción de un sistema simplificado concordante con el métido utilizado para la elaboración del Nomenclador de Aranceles para prestaciones médicas, bioquímicas y odontológicas, aprobado por Decreto N° 3.937/77 (B.M. 15.604);

Que en orden a lo expresado y en base a las evaluaciones practicadas en terreno por los organismos técnicos respectivos, se estima procedente fijar un porcentaje para la determinación del valor de los medicamentos entregados en los aludidos sectores, con el objeto de agilizar los trámites inherentes a la facturación de los servicios que se realizan.

Por ello y de acuerdo con lo aconsejado por la Secretaría de Salud Pública,

El Intendente Municipal

DECRETA:

Artículo 1° - Determínase que los medicamentos proporcionados en los sectores de internación de los establecimientos hospitalarios municipales tengan un valor equivalente al 15 % del costo total de la prestación médica efectuada.

Art. 2° - El importe resultante de la aplicación del porcentaje estipulado por el precedente artículo, se sumará a los fines de su facturación, al valor establecido en el Nomenclador de Prestaciones Médicas, Bioquími­cas y Odontológicas que correspondan por la atención brindada.

Art. 3° - El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Salud Pública y de Economía.

Art. 4° - Dése al Registro Municipal, publíquese en el Boletín Municipal y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Secretaría de Salud Pública.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REGLAMENTA
Dto. 2571-81 reglamenta el Dto. 2569-81 - Determinación de los aranceles de los medicamentos provistos en internaciones - Prestaciones Farmacéuticas