DECRETO 4402 1978
Síntesis:
CREA EL BANCO DE CÓRNEAS EN EL HOSPITAL CARLOS DURAND CON NIVEL DE SECCIÓN DEPENDIENTE DE LA DIRECCIÓN DEL ESTABLECIMIENTO - DESIGNA A GUSTAVO RAÚL PIANTONI COMO JEFE DE SECCIÓN
Publicación:
25/07/1978
Sanción:
18/07/1978
Organismo:
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Estado:
No vigente
Visto los términos de la ley 21.541 y su decreto reglamentario N° 3.011/77 (BB.OO. Nros. 23.621 y 23.765), y
CONSIDERANDO:
Que el Hospital "Carlos G. Durand" ha solicitado conforme las normas legales vigentes en la materia, la habilitación de un Banco de Córneas;
Que dicha petición ha sido considerada favorablemente por la Subsecretaría de Medicina Física y Rehabilitación dependiente de la Secretaría de Estado de Salud Pública, la que ha otorgado la correspondiente autorización para funcionar conforme las disposiciones del artículo 17 del decreto reglamentario N° 3.011/77 (B.O. 23.765), que asimismo y de acuerdo con lo estipulado en el apartado I, inc. b) del artículo citado, ha sido propuesto y aceptado como Jefe del Banco de Córneas el Dr. Gustavo Raúl Piantoni;
Que el funcionamiento de un sector especializado para la obtención de córneas donadas brindará a la población en general un servicio asistencial de inestimable valor;
Por ello y teniendo en cuenta la autorización conferida por la Subsecretaría de Medicina Física y Rehabilitación, dependiente de la Secretaría de Estado de Salud Pública, lo aconsejado por la Secretaría de Asuntos Jurídicos en memorándum N° 1.050-SSP-77,
El Intendente Municipal
Artículo 1° - Créase el Banco de Córneas, que funcio�nará en el Hospital "Carlos G. Durand".
Art. 2° - Modifícase la Estructura Médico-Asistencial del Hospital "Carlos G. Durand", aprobada por Decreto N° 2.595/77 (B.M. 15.557), asignándole al Banco de Cór�neas nivel de Sección dependiente de la Dirección del Establecimiento.
Art. 3° - El Jefe de la Sección creada por el artículo anterior será cubierto de conformidad con las normas legales vigentes en la materia y su remuneración será la correspondiente a igual nivel de Carrera Profesional Hospitalaria.
Art. 4° - Desígnase como Jefe de la Sección Banco de Córneas al Dr. Gustavo Raúl Piantoni, F.M. 193.447.
Art. 5° - La Dirección de Finanzas tomará los recaudos presupuestarios pertinentes a fin de silventar el gasto que demande la creación del Banco de Córneas.
Art. 6° - El presente Decreto será refrendado por los señores Seretarios de Salud Pública, de Gobierno, de Economía y General de la Intendencia.
Art. 7° - Dése al Registro Municipal y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Secretaría de Salud Pública, a las Direcciones de Finanzas, del Personal, Hospital "Carlos G. Durand", y de Planeamiento; cumplido, archívese con carácter permanente.
