DECRETO 841 1982
Síntesis:
IMPLEMENTA EL NOMENCLADOR MUNICIPAL SIMPLIFICADO DE PRESTACIONES MÉDICAS BIOQUÍMICAS Y ODONTOLÓGICAS PARA LA ATENCIÓN AMBULATORIA DE PACIENTES EN EL HOSPITAL MUNICIPAL DE REHABILITACIÓN "MANUEL ROCCA"
Publicación:
26/02/1982
Sanción:
19/02/1982
Organismo:
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Visto el Expediente N° 77.805/81, y
CONSIDERANDO:
Que el Hospital de Rehabilitación Manuel Rocca solicita la modificación del sistema de arancelamiento para la atención ambulatoria, que se encuentra aprobado por Decreto N° 6691/80 (B.M. N° 16.403);
Que lo peticionado se encuentra fundamentado por la experiencia recogida en la vigencia del sistema arancelario para ese establecimiento, quien manifiesta que en el área ambulatoria se presentan a diario problemas administrativos en el trámite de requerimiento de órdenes de atención a las Obras Sociales y la posterior comprensión por ellas de las facturas emitidas por esta Comuna;
Que se ha considerado conveniente implantar en la atención ambulatoria del establecimiento asistencial citado precedentemente, el Nomenclador Municipal Simplificado de Prestaciones Médicas, Bioquímica y Odontológicas, vigente;
Por ello y de acuerdo con lo aconsejado por la Dirección de Planificación y Control y la Secretaría de Salud Pública,
El Intendente Municipal
Artículo 1° - Implántase a partir del 1° de marzo de 1982 en el Hospital Municipal de Rehabilitación "Manuel Rocca" el Nomenclador Municipal Simplificado de Prestaciones Médicas Bioquímicas y Odontológicas vigente, para la atención ambulatoria de pacientes.
Art. 2° - Derógase el Decreto N° 6691/80 (B.M. N° 16.403) desde la fecha dispuesta en el art. 1° del presente.
Art. 3° - El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Salud Pública y Medio Ambiente, Economía y General de la Intendencia.
Art. 4° - Dése al Registro Municipal, publíquese en el Boletín Municipal y para su conocimiento y demás efectos pase a la Secretaría de Salud Pública y Medio Ambiente.