RESOLUCIÓN 1180 2018 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Síntesis:
MODIFICA - ANEXO - RESOLUCIÓN 1153-MJYSGC-18 - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS -SUPERINTENDENCIA OPERACIONES Y ORDEN URBANO - SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD COMUNAL - DIRECCIÓN AUTÓNOMA DE TECNOLOGÍAS APLICADAS A LA SEGURIDAD - POLICIA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - PCBA - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Publicación:
04/12/2018
Sanción:
27/11/2018
Organismo:
MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
VISTO:
El Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/1997 (texto consolidado por Ley N°
6.017), la Resolución N° 1153/MGYSGC/18, el Expediente N° 29514748/SECS/2018,
y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto tramita el proyecto de resolución que
establece la modificación del Anexo I (Responsabilidades Primarias) aprobado por la
Resolución N° 312/MAYEPGC/18, y dispone la transferencia a la Superintendencia de
Violencia Familiar y de Género, del personal con estado policial que actualmente
cumple tareas en la Dirección Autónoma de Tecnologías Aplicadas a la Seguridad, y a
la Dirección General Estudios y Tecnologías de la Información del personal sin estado
policial que actualmente cumple tareas en la Dirección Autónoma de Tecnologías
Aplicadas a la Seguridad y en la Secretaria de Administración de Seguridad, plasmado
con el dictado de la Resolución N° 1153/MGYSGC/18;
Que corresponde proceder a la modificación del Anexo I aprobado por el Artículo 1° de
la citada resolución, en virtud de resultar necesaria la modificación de las
responsabilidades primarias atribuidas a la Superintendencia Operaciones y Orden
Urbano, a la Superintendencia de Seguridad Comunal y a la Dirección Autónoma de
Tecnologías Aplicadas a la Seguridad.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
RESUELVE
Artículo 1°.- Modifícase el Anexo I (Responsabilidades Primarias) aprobado por la
Resolución N° 1153-MJYSGC-2018, el que es sustituido por el Anexo que consta en el
Informe IF-2018-32523803-DGALS, el que a todos sus efectos forma parte integrante
de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la Secretaría de Seguridad, a la Policía de la Ciudad, a la Secretaría
Administración de Seguridad, a la Subsecretaria de Tecnologías e Informática, a la
Dirección General Administrativa y Legal de Seguridad, y a la Dirección General de
Administración de Recursos Humanos de Seguridad del Ministerio de Justicia y
Seguridad. Cumplido, archívese. Ocampo