RESOLUCIÓN 854 1974 SECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
Síntesis:
ESTABLECE QUE SE DARÁ PRIORIDAD A LOS EGRESADOS DE LAS ESCUELAS MUNICIPALES DE INSTRUMENTACIÓN QUIRÚRGICA PARA CUBRIR LAS VACANTES DE INSTRUMENTADORES EN EL ÁMBITO DE LA SECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Publicación:
20/09/1974
Sanción:
12/09/1974
Organismo:
SECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
Visto la Ordenanza N° 27.619/73 (B.M. número 14.534), por la que se aprobó la creación, estructura y funcionamiento de las Escuelas Instrumentadoras Quirúrgicas, y la resolución N° 264/74, que puso en vigencia la Reglamentación que rige su desenvolvimiento; y,
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza y Resolución citadas anteriormente, las distintas áreas Quirúrgicas de los Policlínicos, sedes de las Escuelas, son los lugares donde se desarrollará la actividad práctica del alumnado;
Que es conveniente a los efectos de aprovechar el elemento humano capacitado, posibilitar su incorporación a los planteles permanentes, mediante una instancia administrativa que la regule;
Que, en el mismo sentido corresponde disponer en cuanto a los traslados de los agentes que desempeñan tan especial función de auxiliares de la medicina;
Por ello,
El Secretario de Salud Pública
Artículo 1° - Se establece que para cubrir las vacantes de Instrumentadoras en el ámbito de esta Secretaría, se dará prioridad a las egresadas de las Escuelas Municipales de Instrumentación Quirúrgicas; para lo que se dará intervención previa a la Dirección del Programa N° 4 Decreto 3254/74 (B.M. N° 14.816), a los efectos de la correspondiente evaluación.
Art. 2° - Determínase que los traslados de las agentes de Instrumentación Quirúrgicas deberán ser previamente considerados por la Dirección del Programa mencionado en el punto que antecede, a efectos de regular los trámites de ese carácter.
Art. 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Municipal y comuníquese a los Directores de las Escuelas de Instrumentación Quirúrgicas y al Director del Programa N° 4 Decreto N° 3254/74 (B.M. 14.816).