RESOLUCIÓN 142 1984 SECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA Y MEDIO AMBIENTE
Síntesis:
SE DESTINA UN SECTOR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ATENCIÓN MÉDICA PARA EL ASESORAMIENTO Y ATENCIÓN DE LAS SITUACIONES DE ÍNDOLE MÉDICA, SOCIAL, ECONÓMICA Y CULTURAL PLANTEADAS POR EX COMBATIENTES DE MALVINAS
Publicación:
13/07/1984
Sanción:
02/07/1984
Organismo:
SECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA Y MEDIO AMBIENTE
Visto la necesidad de implantar en el ámbito de esta Secretaría de Salud Pública y Medio Ambiente un sector de asesoramiento destinado a ex soldados combatientes en el conflicto de las Islas Malvinas e Islas del Atlántico Sur, y
CONSIDERANDO:
Que es inquietud de esta jurisdicción comunal colaborar en la recuperación del ex combatiente, aportando a tales efectos orientación a los problemas de índole médica, social, económica y cultural que dicho grupo comunitario pudiera evidenciar;
Que en orden a dicho propósito han sido adoptadas las previsiones del caso en cuanto a estructuración, recursos y funcionamiento para asegurar con ello el eficiente servicio del sector;
Que las actividades del sector a implementar serán coordinadas con las propias de otras áreas del ámbito comunal y extrajurisdiccional, sobre la base de las necesidades planteadas por los recurrentes y la capacidad de resolución para cada situación en particular;
Por ello,
El Secretario de Salud Pública y Medio Ambiente
Artículo 1° - Dispónese el funcionamiento en el área de la Dirección General de Atención Médica de un sector destinado al asesoramiento y atención de las situaciones de índole médica, social, económica y cultural planteadas por ex combatientes de las Islas Malvinas e Islas del Atlántico Sur.
Art. 2° - A los fines de asistir a los recurrentes en sus requerimientos, el sector implementado establecerá contacto con las áreas específicas de las Secretarías de Gobierno, General de la Intendencia, Cultura y Educación, como así también con todos los organismos y asociaciones privadas, cuya intervención proceda en cada caso.
Art. 3° - Encomiéndase a las agentes Silvia del Mazo, F.M. N° 228.704, Jefa de la Sección Servicio Social de la Dirección General de Atención Médica, la responsabilidad de atender las formulaciones de los ex combatientes, y a la agente Rosa María Page de Moreno, F.M. N° 219.038, del Departamento Materno Infantil, la función de actuar como Asistente Social de Planta en el sector habilitado, contando para ello con la colaboración de los recursos humanos indispensables de acuerdo a la demanda.
Art. 4° - El referido sector funcionará transitoriamente en sede de la Dirección General de Atención Médica, Carlos Pellegrini 313, de 12 a 14.
Art. 5° - Regístrese, comuníquese a las Secretarías de Gobierno, General de la Intendencia, Cultura y Educación, publíquese en el Boletín Municipal y para su conocimiento y demás fines, remítase a la Dirección General de Atención Médica.