DECRETO 439 2018
Síntesis:
CREA - INSTITUTO DE FORMACIÓN TÉCNICA SUPERIOR 33 - PLANTA ORGÁNICA FUNCIONAL - POF - SUBSECRETARÍA DE CARRERA DOCENTE Y FORMACIÓN TÉCNICA PROFESIONAL - MINISTERIO DE EDUCACIÓN E INNOVACIÓN - FACULTADES - LIQUIDACIONES - CARGOS DOCENTES - FUNDACIÓN UOCRA PARA LA EDUCACIÓN DE LOS TRABAJADORES CONSTRUCTORES
Publicación:
26/12/2018
Sanción:
19/12/2018
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado por Ley N° 6.017), las Leyes N° 5.460
(texto consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria Ley N° 5.960, el Decreto
252/18, el Expediente Electrónico N° 20.690.440/MGEYA-SSCDFTP/2018, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ordenanza N° 40.593 se aprobó el Estatuto del Docente Municipal de la
entonces Ciudad de Buenos Aires, que en su Título I, Capítulo IV, artículo 8, Apartado
VII, Punto c), contempla a los Institutos de Formación Técnica Superior;
Que resulta un objetivo primordial de la política educativa del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires avanzar hacia la plena inclusión educativa;
Que por la Ley N° 5.460 y su modificatoria Ley N° 5.960, se establece que el Ministerio
de Educación e Innovación tiene entre sus objetivos el de diseñar, promover,
implementar y evaluar las políticas y programas educativos que conformen un sistema
educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y social,
administrar y fiscalizar el sistema de educación, asegurando la educación pública
estatal laica y gratuita en todos los niveles y modalidades;
Que por el Decreto N° 252/18 se aprobó la estructura orgánico funcional del Ministerio
de Educación e Innovación, fijando entre las responsabilidades primarias de la
Subsecretaría de Carrera Docente y Formación Técnica Profesional la de diseñar las
políticas de formación técnica profesional orientadas a la inserción en el ámbito
laboral, y articular las funciones de los organismos a su cargo, como es la Dirección de
Formación Técnica Superior;
Que el Ministerio de Educación e Innovación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y la Fundación UOCRA para la Educación de los Trabajadores
Constructores han suscripto un Convenio de Cooperación para el desarrollo de
acciones conjuntas de Formación Técnica Superior;
Que para el desarrollo de tales acciones educativas resulta necesario la creación de
un Instituto de Formación Técnica Superior en el cual se implementarán las acciones
educativas de nivel superior no universitario;
Que dicho Instituto, tendrá su sede en el edificio provisto por UOCRA sito en la calle
Humberto Primo N° 102 de esta Ciudad de Buenos Aires;
Que a tal fin, resulta necesaria y oportuna la aprobación de la Planta Orgánico
Funcional, con la cual funcionará el Instituto;
Que el gasto que demanda la creación del Instituto de Formación Técnica Superior
cuenta con el correspondiente reflejo presupuestario.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Crease, dentro de la órbita de la Dirección de Formación Técnica Superior
dependiente de la Subsecretaría de Carrera Docente y Formación Técnica Profesional
del Ministerio de Educación e Innovación, el Instituto de Formación Técnica Superior
N° 33 con sede en la calle Humberto Primo N° 102 de esta Ciudad Autónoma de
Buenos Aires.
Artículo 2°.- Apruébase la Planta Orgánica Funcional del referido establecimiento
educativo, conforme se detalla en el Anexo I (IF-2018- 30331572-SSCDFTP) que a
todos sus efectos forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 3°.- Facúltese a la Sra. Ministra de Educación e Innovación para designar,
cesar o autorizar las liquidaciones correspondientes a los cargos creados por el
Artículo 2.
Artículo 4°.- El gasto que demande la presente gestión será imputado a la partida
presupuestaria correspondiente.
Artículo 5°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Educación
e Innovación, de Economía y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y pase para
su conocimiento y demás efectos a la a la Subsecretaria de Gestión de Recursos
Humanos y a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Economía y
Finanzas y a la Subsecretaría de Carrera Docente y Formación Técnica Profesional y
a la Dirección de Formación Técnica Superior dependientes del Ministerio de
Educación e Innovación. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Acuña -
Mura - Miguel