RESOLUCIÓN 1964 2018 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Síntesis:

SE SUSTITUYEN ANEXOS DE LA RESOLUCIÓN 1756-MEFGC-18 - MODIFICACIÓN - PLANTA TRANSITORIA DOCENTE Y DE ASISTENTES - PROGRAMAS - MINISTERIO DE EDUCACIÓN E INNOVACIÓN - AÑO 2018 - PERSONAL - PLAN INTEGRAL DE EDUCACIÓN DIGITAL -  DIRECCIÓN GENERAL DE TECNOLOGÍA EDUCATIVA - SUBSECRETARÍA DE CARRERA DOCENTE Y FORMACIÓN TÉCNICA PROFESIONAL

Publicación:

02/01/2019

Sanción:

19/12/2018

Organismo:

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS


VISTO:

Las Leyes N° 4.613, N° 4.399 y N° 5.460 (Texto consolidado por Ley N° 6.017) y su

modificatoria Ley N° 5960, la Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado Ley N° 6.017),

el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios y N° 613/16, las Resoluciones de Firma

conjunta Nro. 3046/MHGC/2017, 3/MEFGC/2018,

1232/MEFGC/2018,

1424/MEFGC/2018 y 1756/MEFGC/2018 y el Expediente Electrónico N°

29915974/MGEYA- /MEGC/2017,

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 3046/MHGC/2017 se creó la Planta Transitoria Docente y de

Asistentes para atender los programas a cargo del entonces Ministerio de Educación

para el año 2018;

Que por las Resoluciones N° 3/MEFGC/2018, 1232/MEFGC/2018, 1424/MEFGC/2018

y 1756/MEFGC se rectificó la referida Planta Transitoria Docente y de Asistentes para

atender los programas a cargo de este Ministerio de Educación e Innovación para el

año 2018;

Que dicha planta se creó a fin de dar continuidad a las políticas de expansión de las

acciones educativas y de formación docente, con recursos de planta transitoria

docente y de asistentes, dependientes del Ministerio de Educación e Innovación, a

efectos de llevar a cabo los distintos Programas y Proyectos Educativos;

Que habida cuenta de lo estipulado en las Leyes N° 4.613 y N° 4.399, de acuerdo con

la necesidad de formalizar la situación docente del personal transitorio que revista en

los Programas contenidos en las citadas normas (de Educación Superior Artística y de

Educación No Formal), se hará efectivo de manera gradual el pase a la Planta

Orgánico Funcional de los mismos;

Que por razones de readecuación en la implementación de nuevos programas y

políticas de este Ministerio, resulta necesaria la ampliación de montos de los cargos de

la Planta Transitoria docente;

Que por Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria Ley N°

5960 se aprueba la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, contemplándose al Ministerio de Educación e Innovación;

Que por Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprueba la estructura organizativa

del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el Decreto N° 613/16, a fin de agilizar el circuito administrativo que conlleva la

aprobación, modificación y convalidación de las Plantas Transitorias de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, encomienda dicha tarea en forma conjunta a los entonces

señores Ministros de Educación y de Economía y Finanzas;

Que la Dirección General Planificación y Control Operativo dependiente de la

Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y

Finanzas y la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional del Ministerio de

Educación e Innovación han tomado la intervención de su competencia.

Por ello, y en uso de las facultades delegadas por la Ley 5460 (texto consolidado por

Ley 6.017) y su modificatoria Ley 5960, y Decreto N° 613/16, a los entonces Ministros

de Educación y Hacienda,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN E INNOVACIÓN

Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

RESUELVEN

Artículo 1.- Sustitúyanse los Anexos VI (IF-2018-30293209-DGPDYND), VIII (IF- 2018-

30293215-DGPDYND) y IX (IF-2018-30293199-DGPDYND) de la Resolución N°

1756/MEFGC/2018 por los VI (IF-2018-33461952- DGPDYND), VIII (IF-2018-

33461919-DGPDYND) y IX (IF-2018-33463042-DGPDYND) respectivamente.

Artículo 2- Determínese que el gasto que demande el cumplimiento de lo aquí

dispuesto será afectado a la Jurisdicción 55, inciso 1, Fuente de Financiamiento 11

Partida Principal 2 y a los programas, subprogramas y actividades que se detallan en

los Anexos indicados en el artículo 1 de la presente Resolución.

Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, a la

Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes y a la Subsecretaría

Gestión de Recursos Humanos dependientes del Ministerio de Economía y Finanzas,

y para su conocimiento y demás fines remítase las Subsecretarías de Coordinación

Pedagógica y Equidad Educativa, de Gestión Económico Financiera y Administración

de Recursos, de Planeamiento e Innovación Educativa, y de Carrera Docente y

Formación Técnico Profesional, del Ministerio de Educación e Innovación. Cumplido,

archívese. Acuña - Mura


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5528

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 1964-MEF-MHF-18 sustituye los Anexos VI, VIII y IX de la Resolución 1756-MEFGC-18.</p>