RESOLUCIÓN 1 2019 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Síntesis:
SE ESTABLECE EL VALOR DEL MÓDULO RETRIBUTIVO POLICIAL - MOPOL - POLICÍA DE LA CIUDAD - AGENTES DE POLICÍA - MÓDULO RETRIBUTIVO PARA EL PERSONAL NO POLICIAL - MONOPOL - SUPLEMENTOS - PAGO DE UNA ASIGNACIÓN ECONÓMICA EXTRAORDINARIA NO REMUNERATIVA Y NO BONIFICABLE - PERSONAL
Publicación:
04/01/2019
Sanción:
02/01/2019
Organismo:
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
VISTO:
Las Leyes Nros. 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria 5.960 y
5.688 (conforme texto consolidado por Ley N° 6.017), los Decretos Nros. 47/17 y sus
modificatorios y 391/18, el Convenio N° 1/16 aprobado mediante Resolución N°
298/LCBA/15, las Resoluciones de Firma Conjunta Nros. 788/MHGC/18,
518/MEFGC/18, 1229/ MEFGC/18 y 1682/ MEFGC/18, la Resolución N° 6/ISSP/17 y
el Expediente N° 2018-34930255-DGALS, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 5.460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que la Ley N° 5.960 modificó la citada Ley con el objeto de reorganizar
responsabilidades, competencias y funciones de distintas áreas de gobierno;
Que por la Ley N° 5.460 y su modificatoria Ley 5.960, se sanciono la Ley de
Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, reorganizando
responsabilidades, competencias y funciones de distintas áreas de gobierno;
Que oportunamente entre el Estado Nacional y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires se suscribió el "Convenio de transferencia progresiva a la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires de facultades y funciones de seguridad en todas las
materias no federales ejercidas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", mediante el
cual se dispuso el traspaso a la Ciudad de parte del personal de la Policía Federal
Argentina, el que fue registrado bajo el N° 1/16 y aprobado por la Legislatura de la
Ciudad de Buenos Aires mediante Resolución N° 298-LCBA/15;
Que la Ley N° 5.688 dispuso la creación de la Policía de la Ciudad y estableció que el
personal transferido a la Ciudad de Buenos Aires y el personal de la Policía
Metropolitana integran aquélla a partir del 1°de enero de 2017;
Que el Jefe de Gobierno estableció la estructura salarial de la Policía de la Ciudad en
el Decreto N° 47/17 y sus modificatorios, disponiendo que el sueldo básico
correspondiente a cada grado del escalafón policial se determine como un porcentaje
del sueldo básico del Jefe de la Policía, y que este último se fije en Módulos
Retributivos Policiales (MOPOL);
Que en la misma norma se decretó que el sueldo básico correspondiente a los
distintos niveles del agrupamiento de personal sin estado policial integrante de la
Policía de la Ciudad se determine como un porcentaje del sueldo básico del nivel A, y
que este último se fije en Módulos Retributivos para el Personal No Policial
(MONOPOL);
Que en el artículo 3° del citado Decreto se facultó a los titulares de los Ministerios de
Justicia y Seguridad y del entonces Ministerio de Hacienda, en forma conjunta, a fijar
el valor de los Módulos Retributivos referidos;
Que mediante Resolución Conjunta N° 788/MHGC /18 se estableció la pauta de
incremento salarial correspondiente al año 2018 para el personal de la Policía de la
Ciudad, fijándose los valores del Módulo Retributivo Policial (MOPOL) y del Módulo
Retributivo para el Personal No Policial (MONOPOL), ambos creados por el artículo 2°
del Decreto N° 47/17;
Que la pauta de incremento salarial correspondiente a 2018 se distribuyó en tres
tramos, fijándose el incremento del MOPOL y el MONOPOL a partir del 1 de abril, 1 de
agosto y 1 de octubre del año en curso;
Que mediante la Resolución Conjunta N° 518/MEFGC/18se estableció el adelanto al 1
de julio de 2018 del segundo incremento anual;
Que en la Resolución Conjunta N° 1229/MEFGC/18 se dispuso adelantar al 1 de
septiembre el incremento previsto a partir del 1 de octubre, y agregar a la pauta de
incremento dos tramos adicionales con vigencia a partir del 1 de octubre y 1 de
diciembre de 2018 respectivamente;
Que mediante Resolución Conjunta N° 1682/MEFGC/18 se decidió adelantar al 1 de
noviembre el incremento previsto a partir del 1 de diciembre, y agregar un nuevo tramo
a la pauta de ajuste salarial incorporando un incremento adicional con vigencia a partir
del 1 de diciembre de 2018;
Que resulta oportuno incorporar un nuevo tramo a la pauta de ajuste salarial de 2018
incorporando un incremento adicional a partir del 1 de enero de 2019;
Que en el mismo sentido, se resuelve otorgar por única vez una asignación económica
extraordinaria, no remunerativa y no bonificable a todo el personal con y sin estado
policial de la Policía de la Ciudad, al personal del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad y
al personal del Escalafón General del Instituto Superior de Seguridad Pública a
percibirse durante el mes de enero de 2019;
Que, conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto
administrativo pertinente.
Que por Decreto N° 391/18 se encomendó con carácter ad honorem, al Vicejefe de
Gobierno, señor Diego César Santilli, las atribuciones necesarias para conducir y
coordinar el Ministerio de Justicia y Seguridad, en el cumplimiento de los objetivos
asignados al mismo;
Por ello, y de acuerdo con las facultades conferidas por la Ley N° 5.460 (texto
consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria 5.960, por el Decreto N° 47/17 y sus
modificatorios y por el Decreto N° 391/18,
Artículo 1°.- Establecer, a partir del 1° de enero de 2019, el valor del Módulo
Retributivo Policial (MOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N° 47/17 en la suma
de DIECISIETE PESOS CON 0821/10000 ($ 17,0821).
Artículo 2°.- Establecer a partir del 1° de enero de 2019, el valor del Módulo Retributivo
para el Personal No Policial (MONOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N°
47/17 en la suma de VEINTIUN PESOS CON 3781/10000 ($ 21,3781).
Artículo 3°.- Los suplementos establecidos en los artículos 12, 13, 14, 15, 27, 28, 33
inciso b), 34, 35 inciso a), 36 y 40 del Decreto N° 47/2017 y sus modificatorios se
ajustan en la misma proporción que el salario básico en las fechas indicadas en los
artículos 1 y 2 de la presente.
Artículo 4°.- Aprobar el pago de una asignación económica extraordinaria no
remunerativa y no bonificable de pesos siete mil ($ 7.000), por única vez, a:
a. El personal con estado policial de la Policía de la Ciudad que revista en servicio
efectivo al 1 de enero de 2019;
b. El personal sin estado policial de la Policía de la Ciudad, que no se encuentre con
suspensión preventiva conforme los términos del Decreto N° 53/17;
c. El personal del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad que revista en servicio efectivo al
1 de enero de 2019;
d. El personal del Instituto Superior de Seguridad Pública que revista en el Escalafón
General aprobado por el artículo 2 de la Resolución N° 6/ISSP/2017.
El pago se efectuará en el mes de enero de 2019 mediante liquidación
complementaria.
Artículo 5°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente será
imputado a las partidas presupuestarias correspondientes.
Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en la
Orden del Día de la Policía de la Ciudad. Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión
de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y
Presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, a la Secretaría de Seguridad, a la
Secretaría Administración de Seguridad, a la Subsecretaría de Gestión Administrativa
y de Recursos Humanos de Seguridad, a la Dirección General Administración de
Recursos Humanos de Seguridad del Ministerio de Justicia y Seguridad y al Instituto
Superior de Seguridad Pública, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la
Secretaría de Seguridad. Cumplido, archívese. Mura - Santilli p/p