RESOLUCIÓN 1 2019 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Síntesis:

SE ESTABLECE EL VALOR DEL MÓDULO RETRIBUTIVO POLICIAL - MOPOL - POLICÍA DE LA CIUDAD - AGENTES DE POLICÍA - MÓDULO RETRIBUTIVO PARA EL PERSONAL NO POLICIAL - MONOPOL - SUPLEMENTOS - PAGO DE UNA ASIGNACIÓN ECONÓMICA EXTRAORDINARIA NO REMUNERATIVA Y NO BONIFICABLE  - PERSONAL

Publicación:

04/01/2019

Sanción:

02/01/2019

Organismo:

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS


VISTO:

Las Leyes Nros. 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria 5.960 y

5.688 (conforme texto consolidado por Ley N° 6.017), los Decretos Nros. 47/17 y sus

modificatorios y 391/18, el Convenio N° 1/16 aprobado mediante Resolución N°

298/LCBA/15, las Resoluciones de Firma Conjunta Nros. 788/MHGC/18,

518/MEFGC/18, 1229/ MEFGC/18 y 1682/ MEFGC/18, la Resolución N° 6/ISSP/17 y

el Expediente N° 2018-34930255-DGALS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 5.460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que la Ley N° 5.960 modificó la citada Ley con el objeto de reorganizar

responsabilidades, competencias y funciones de distintas áreas de gobierno;

Que por la Ley N° 5.460 y su modificatoria Ley 5.960, se sanciono la Ley de

Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, reorganizando

responsabilidades, competencias y funciones de distintas áreas de gobierno;

Que oportunamente entre el Estado Nacional y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires se suscribió el "Convenio de transferencia progresiva a la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires de facultades y funciones de seguridad en todas las

materias no federales ejercidas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", mediante el

cual se dispuso el traspaso a la Ciudad de parte del personal de la Policía Federal

Argentina, el que fue registrado bajo el N° 1/16 y aprobado por la Legislatura de la

Ciudad de Buenos Aires mediante Resolución N° 298-LCBA/15;

Que la Ley N° 5.688 dispuso la creación de la Policía de la Ciudad y estableció que el

personal transferido a la Ciudad de Buenos Aires y el personal de la Policía

Metropolitana integran aquélla a partir del 1°de enero de 2017;

Que el Jefe de Gobierno estableció la estructura salarial de la Policía de la Ciudad en

el Decreto N° 47/17 y sus modificatorios, disponiendo que el sueldo básico

correspondiente a cada grado del escalafón policial se determine como un porcentaje

del sueldo básico del Jefe de la Policía, y que este último se fije en Módulos

Retributivos Policiales (MOPOL);

Que en la misma norma se decretó que el sueldo básico correspondiente a los

distintos niveles del agrupamiento de personal sin estado policial integrante de la

Policía de la Ciudad se determine como un porcentaje del sueldo básico del nivel A, y

que este último se fije en Módulos Retributivos para el Personal No Policial

(MONOPOL);

Que en el artículo 3° del citado Decreto se facultó a los titulares de los Ministerios de

Justicia y Seguridad y del entonces Ministerio de Hacienda, en forma conjunta, a fijar

el valor de los Módulos Retributivos referidos;

Que mediante Resolución Conjunta N° 788/MHGC /18 se estableció la pauta de

incremento salarial correspondiente al año 2018 para el personal de la Policía de la

Ciudad, fijándose los valores del Módulo Retributivo Policial (MOPOL) y del Módulo

Retributivo para el Personal No Policial (MONOPOL), ambos creados por el artículo 2°

del Decreto N° 47/17;

Que la pauta de incremento salarial correspondiente a 2018 se distribuyó en tres

tramos, fijándose el incremento del MOPOL y el MONOPOL a partir del 1 de abril, 1 de

agosto y 1 de octubre del año en curso;

Que mediante la Resolución Conjunta N° 518/MEFGC/18se estableció el adelanto al 1

de julio de 2018 del segundo incremento anual;

Que en la Resolución Conjunta N° 1229/MEFGC/18 se dispuso adelantar al 1 de

septiembre el incremento previsto a partir del 1 de octubre, y agregar a la pauta de

incremento dos tramos adicionales con vigencia a partir del 1 de octubre y 1 de

diciembre de 2018 respectivamente;

Que mediante Resolución Conjunta N° 1682/MEFGC/18 se decidió adelantar al 1 de

noviembre el incremento previsto a partir del 1 de diciembre, y agregar un nuevo tramo

a la pauta de ajuste salarial incorporando un incremento adicional con vigencia a partir

del 1 de diciembre de 2018;

Que resulta oportuno incorporar un nuevo tramo a la pauta de ajuste salarial de 2018

incorporando un incremento adicional a partir del 1 de enero de 2019;

Que en el mismo sentido, se resuelve otorgar por única vez una asignación económica

extraordinaria, no remunerativa y no bonificable a todo el personal con y sin estado

policial de la Policía de la Ciudad, al personal del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad y

al personal del Escalafón General del Instituto Superior de Seguridad Pública a

percibirse durante el mes de enero de 2019;

Que, conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto

administrativo pertinente.

Que por Decreto N° 391/18 se encomendó con carácter ad honorem, al Vicejefe de

Gobierno, señor Diego César Santilli, las atribuciones necesarias para conducir y

coordinar el Ministerio de Justicia y Seguridad, en el cumplimiento de los objetivos

asignados al mismo;

Por ello, y de acuerdo con las facultades conferidas por la Ley N° 5.460 (texto

consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria 5.960, por el Decreto N° 47/17 y sus

modificatorios y por el Decreto N° 391/18,

EL VICEJEFE DE GOBIERNO

A CARGO DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Y EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS

RESUELVEN

Artículo 1°.- Establecer, a partir del 1° de enero de 2019, el valor del Módulo

Retributivo Policial (MOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N° 47/17 en la suma

de DIECISIETE PESOS CON 0821/10000 ($ 17,0821).

Artículo 2°.- Establecer a partir del 1° de enero de 2019, el valor del Módulo Retributivo

para el Personal No Policial (MONOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N°

47/17 en la suma de VEINTIUN PESOS CON 3781/10000 ($ 21,3781).

Artículo 3°.- Los suplementos establecidos en los artículos 12, 13, 14, 15, 27, 28, 33

inciso b), 34, 35 inciso a), 36 y 40 del Decreto N° 47/2017 y sus modificatorios se

ajustan en la misma proporción que el salario básico en las fechas indicadas en los

artículos 1 y 2 de la presente.

Artículo 4°.- Aprobar el pago de una asignación económica extraordinaria no

remunerativa y no bonificable de pesos siete mil ($ 7.000), por única vez, a:

a. El personal con estado policial de la Policía de la Ciudad que revista en servicio

efectivo al 1 de enero de 2019;

b. El personal sin estado policial de la Policía de la Ciudad, que no se encuentre con

suspensión preventiva conforme los términos del Decreto N° 53/17;

c. El personal del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad que revista en servicio efectivo al

1 de enero de 2019;

d. El personal del Instituto Superior de Seguridad Pública que revista en el Escalafón

General aprobado por el artículo 2 de la Resolución N° 6/ISSP/2017.

El pago se efectuará en el mes de enero de 2019 mediante liquidación

complementaria.

Artículo 5°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente será

imputado a las partidas presupuestarias correspondientes.

Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en la

Orden del Día de la Policía de la Ciudad. Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión

de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y

Presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, a la Secretaría de Seguridad, a la

Secretaría Administración de Seguridad, a la Subsecretaría de Gestión Administrativa

y de Recursos Humanos de Seguridad, a la Dirección General Administración de

Recursos Humanos de Seguridad del Ministerio de Justicia y Seguridad y al Instituto

Superior de Seguridad Pública, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la

Secretaría de Seguridad. Cumplido, archívese. Mura - Santilli p/p