LEY 6082 2018

Síntesis:

ADHESIÓN -  SE ADHIERE A LA LEY NACIONAL  27287 - CREA SISTEMA NACIONAL PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DEL RIESGO Y LA PROTECCIÓN CIVIL - RESERVA DE JURISDICCIÓN - LEGISLACIÓN Y CONTROL DE COMPETENCIAS - AUTORIDAD DE APLICACIÓN DETERMINADA POR EL PODER EJECUTIVO - NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO)

Publicación:

08/01/2019

Sanción:

06/12/2018

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

03/01/2019


TEXTO ACTUALIZADO

El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su sanción o consolidación. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.

 

Fecha de Actualización: 29 de febrero de 2024

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Adhiérese a la Ley Nacional N° 27.287 que crea "El Sistema Nacional para

la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil".

Art. 2°.- La presente adhesión se efectúa con expresa reserva de jurisdicción,

legislación y control de las competencias que le corresponden a la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires y a las Comunas que la integran, pudiendo la Autoridad de Aplicación

establecer por vía reglamentaria cuestiones vinculadas a la disponibilidad y al uso de

los recursos que le son propios.

Art. 3°.- El Poder Ejecutivo determinará qué organismo será la Autoridad de Aplicación

de la presente Ley.

Art. 4°.- Facúltase al Poder Ejecutivo a designar al funcionario que integrará el

Consejo Federal de gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil creado por el

artículo 10 de la Ley N° 27.287.

Art. 5°.- Comuníquese, etc. Santilli - Pérez

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