ORDENANZA 42098 1987

Síntesis:

CREA EL REGISTRO MUNICIPAL DE TUMORES QUE FUNCIONARÁ EN EL HOSPITAL MUNICIPAL DE ONCOLOGÍA CON EL FIN DE CENTRALIZAR LA INFORMACIÓN ACERCA DE LOS PACIENTES AFECTADOS DE PATOLOGÍAS TUMORALES - NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO).

Publicación:

10/09/1987

Sanción:

13/08/1987

Organismo:

CONCEJO DELIBERANTE

Promulgación:

02/09/1987


TEXTO ACTUALIZADO

 

El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su sanción o consolidación. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.

 

Fecha de actualización: 29/02/2024

 

 

El Honorable Concejo Deliberante

de la Ciudad de Buenos Aires

Sanciona con Fuerza de

ORDENANZA:

Artículo 1 ° - Créase el Registro Municipal de Tumores que funcionará en el Hospital Municipal de Oncología cuyo objetivo será el de centralizar toda la información relativa a pacientes afectados de patologías tumorales.

Art. 2°- Cada Hospital Municipal, a través de su Comité de Tumores, enviará al Registro Municipal de tumores las fichas de sus pacientes afectados de patolo­gías tumorales, en los que se consignarán los siguientes datos:
a) Número de Historia Clínica del paciente, indicando sexo, fecha de nacimiento, nacionalidad, zona de resi­dencia y ocupación.
b) Nombre de los profesionales intervinientes en el tratamiento del paciente.
c) Diagnóstico, terapéutica efectuada y evolución

Art. 3° - El Departamento Ejecutivo procederá a reglamentar la presente ordenanza en el término de sesenta (60) días de su promulgación.

Art. 4° - Comuníquese, etcétera.

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