RESOLUCIÓN 1 2019 MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Síntesis:

SE MODIFICA - ANEXO II - RESOLUCIÓN CONJUNTA N° 2-MJGGC/17 - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN OPERATIVA - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS - SUPLEMENTO POR FUNCIÓN EJECUTIVA NIVEL I - SUPLEMENTO POR RESPONSABILIDAD EN EL CARGO - UNIDADES RETRIBUTIVAS

Publicación:

09/01/2019

Sanción:

02/01/2019

Organismo:

MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


VISTO:

La Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria N° 5.960, los

Decretos Nros. 363/15 y modificatorios, 75/17 y 384/18, la Resolución Conjunta N°

2/MJGGC/17 y el Expediente Electrónico N° 2018-34289445-MGEYA-DGDSCIV, y

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley N° 5.460 y su modificatoria N° 5.960 se sancionó la Ley de Ministerios

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

estableciéndose las responsabilidades primarias de cada una de las unidades de

organización y fijándose las remuneraciones de las autoridades superiores;

Que mediante Decreto N° 75/17 se creó el denominado "Suplemento por Función

Ejecutiva", de carácter mensual remunerativo, destinado a determinados cargos de

autoridades superiores con rango de Subsecretario o Director General;

Que asimismo, por artículo 3° de la citada norma se han establecido los parámetros

técnicos para la asignación de los niveles I y II del "Suplemento por Función Ejecutiva"

y, por el artículo 5° se delegó en el entonces Ministro de Hacienda y en el Jefe de

Gabinete de Ministros, la facultad de determinar conjuntamente aquellos cargos que

percibirán el suplemento referido y su correspondiente nivel;

Que en uso de las mencionadas facultades, mediante Resolución Conjunta N°

2/MJGGC/17, se determinaron las Subsecretarías que percibirán el "Suplemento por

Función Ejecutiva" y el nivel correspondiente, contemplando entre ellas a la

Subsecretaría de Gestión Operativa dependiente del entonces Ministerio de Hacienda;

Que en el Anexo II de la mencionada Resolución se determinó que a la citada

Subsecretaría, le corresponde percibir el nivel II del "Suplemento por Función

Ejecutiva";

Que por Decreto 384/18, se transfirió la Dirección General de Relocalización y Gestión

Integral de Edificios de Gobierno, del ámbito del Ministerio de Desarrollo Urbano y

Transporte a la órbita de la Subsecretaría de Gestión Operativa del Ministerio de

Economía y Finanzas;

Que en atención a la mencionada modificación de estructura, la Dirección General de

Desarrollo del Servicio Civil, procedió a reevaluar las funciones de la Subsecretaría de

Gestión Operativa, a la luz de los parámetros para la asignación de los niveles I y II del

"Suplemento por Función Ejecutiva", aprobados como Anexo I del Decreto 75/17;

Que en virtud de ello, corresponde modificar a partir del 1° de diciembre de 2018, el

nivel del "Suplemento por Función Ejecutiva" de la Subsecretaría de Gestión Operativa

del Ministerio de Economía y Finanzas determinado oportunamente por el Anexo II de

la Resolución Conjunta N° 2/MJGGC/17;

Por ello, y en uso de las facultadesconferidas por la Ley N° 5460 y su modificatoria, y

el Decreto N° 75/17,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Y EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVEN

Artículo 1°.- Modifícase el Anexo II de la Resolución Conjunta N° 2/MJGGC/17,

respecto a la Subsecretaría de Gestión Operativa, y determínase que dicha

Subsecretaría, dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas, percibirá a partir

del 1° de diciembre de 2018 el "Suplemento por Función Ejecutiva" nivel I.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a las Subsecretarías de Gestión Operativa y Gestión de Recursos

Humanos, a las Direcciones Generales Técnica, Administrativa y Legal, Administración

y Liquidación de Haberes y Desarrollo del Servicio Civil del Ministerio de Economía y

Finanzas. Cumplido, archívese. Mura - Miguel

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 1-MJGGC- MEYF-19 modifica el Anexo II de la Resolución Conjunta 2-MJGGC-MHGC17.</p>