ORDENANZA 45234 1991
Síntesis:
CREA EL BANCO DE MEDICAMENTOS PARA EL TRATAMIENTO DE LA ENFERMEDAD FIBROSIS QUÍSTICA - OBJETIVOS - NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO).
Publicación:
24/10/1991
Sanción:
26/09/1991
Organismo:
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su sanción o consolidación. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.
Fecha de actualización: 29/02/2024
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
Artículo 1° - Crea el Banco de Medicamentos para el tratamiento de la enfermedad Fibrosis Quística (Mucoviscidosis).
Art. 2° - El Banco de Medicamentos para el tratamiento de la emfermedad Fibrosis Quística (Mucoviscidosis) proveerá gratuitamente a los pacientes carentes de recursos suficientes y/o cuya obra social no cubra los gastos emergentes del tratamiento antedicho, los medicamentos específicos, insumos mecesarios y vitameinas complementarias, que hacen al tratamiento base, para el diagnóstico y uso exclusivo del tratamiento nutricional necesario para la emfermedad Fibrosis Quística (Mucoviscidosis).
Art. 3° - Facúltase al Departamento Ejecutivo a determinar el órgano de administración del "Banco de Medicamentos para el tratamiento de la enfermedad Fibrosis Quística (Mucoviscidosis)", el que tendrá su sede en la unidad tres del Hospital de Niños "Ricardo Gutiérrez" (Centro Respiratorio).
Art. 4° - Dentro de los sesenta (60) días corridos de comunicada la presente, el Departamento Ejecutivo reglamentará y pondrá en funcionamiento el "Banco de Medicamentos para el tratamiento de la enfermedad Fibrosis Quística (Mucoviscidosis)".
Art. 5° - Los gastos que demande la presente ordenanza serán imputables al presupuesto en vigor.
Art. 6° - Comuníquese, etcétera.